Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (23/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 23 de setiembre de 2025 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 32447 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DÍA NACIONAL DE LA HEPATOLOGÍA EL 15 DE SETIEMBRE DE CADA AÑO Artículo único. Día Nacional de la Hepatología Se declara Día Nacional de la Hepatología el 15 de setiembre de cada año, a fi n de concientizar a la población sobre la prevención y lucha contra las enfermedades hepáticas crónicas, especialmente la cirrosis hepática, por ser una de las principales causas de muerte en el país. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los ocho días del mes de setiembre de dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente del Congreso de la República FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO Primer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2441204-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 002-2025-PCM/SGSD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 009-2025-PCM/ SGSD Lima , 19 de setiembre de 2025VISTO: El Informe Nº D0000262-2025-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 002-2025-PCM/SGSD, se conforma el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Comité de Seguimiento de los compromisos de la Mesa de Trabajo para el desarrollo de los distritos de Ocuviri y Vilavila, provincia de Lampa, departamento de Puno” ; Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 002-2025- PCM/SGSD, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia de ciento ochenta (180) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación; Que, la mencionada resolución fue publicada el 28 de marzo de 2025; en consecuencia, está vigente hasta el 25 de setiembre de 2025; Que, mediante el Informe Nº D000262-2025-PCM- SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, informa que, pese a los esfuerzos desplegados por el Grupo de Trabajo, se encuentran pendiente de cumplimiento cinco (05) compromisos tipo proyecto de inversión pública y actividad, esto debido a la complejidad y envergadura; por lo que, persiste la necesidad de continuar articulando con las entidades públicas y/o privadas y otros actores que permitan el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo; Que, en ese sentido, la referida Subsecretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 10 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 002-2025-PCM/SGSD, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 28 de mayo de 2026, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 002-2025-PCM/SGSD Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 002-2025- PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: