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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (23/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Martes 23 de setiembre de 2025 El Peruano / Autorizan viaje de personal naval de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01206-2025-DE Lima, 22 de setiembre del 2025 VISTOS: El O fi cio Nº 8085/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Nº 02305-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01913-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 5710 Ser N5/0468 el Jefe de Asuntos Internacionales de la Comandancia de las Fuerzas Submarinas del Atlántico hace extensiva la invitación del Comandante de las Fuerzas Submarinas de los Estados Unidos de América a la Marina de Guerra del Perú, para que el Comandante de la Fuerza de Submarinos y dos (2) o fi ciales adicionales, participen en la Conferencia de Liderazgo Clave “Key Leadership Engagement” y en actividades asociadas a la participación de la Marina de Guerra del Perú en el Despliegue de la Iniciativa de Submarinos Diésel Eléctricos (DESI), a realizarse en la ciudad de Norfolk, estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 1 al 6 de octubre del 2025; Que, con O fi cio Nº 8085/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Luis Humberto DEL CARPIO AZÁLGARA, del Capitán de Navío Marco Antonio GOYTIZOLO CASTAGNOLA y del Capitán de Navío Ismael NECOCHEA PINO, como titulares; y, del Capitán de Navío Miguel Angel DELGADO CÉSPEDES, del Capitán de Navío Alberto Emilio ARRESE SCHENONE y del Capitán de Fragata Raúl Alonso UGARTE AGUAYO, como suplentes, para participar en la Conferencia de Liderazgo Clave “Key Leadership Engagement” y en actividades asociadas a la participación de la Marina de Guerra del Perú en el Despliegue de la Iniciativa de Submarinos Diésel Eléctricos (DESI), a realizarse en el lugar y fechas programadas; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 30 de setiembre y su retorno el 7 de octubre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal Nº 143-2025; la Hoja de Gastos Nº 201-2025; Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 205-2025; así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000003617 y Nº 0000004804 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, del referido personal naval, por cuanto les permitirá intercambiar ideas referentes a las competencias estratégicas, capacidades submarinas y a la perspectiva de las amenazas litorales y regionales que puedan afectar nuestra seguridad externa; Que, mediante el O fi cio Nº 02305-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 242-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar; Que, mediante el Informe Legal Nº 01913-2025- MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval de la Marina de Guerra del Perú que se detalla en la relación nominal del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, quienes participarán en la Conferencia de Liderazgo Clave “Key Leadership Engagement” y en actividades asociadas a la participación de la Marina de Guerra del Perú en el Despliegue de la Iniciativa de Submarinos Diésel Eléctricos (DESI), a realizarse en la ciudad de Norfolk, estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 1 al 6 de octubre del 2025, así como autorizar su salida del país el 30 de setiembre y su retorno el 7 de octubre de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – Norfolk, estado de Virginia (EEUU) – Lima Clase económicaUS$ 1,816.25 x 3 personas US$ 5,448.75 Viáticos US$ 440.00 x 6 días x 3 personas US$ 7,920.00Total a pagar en dólares americanos: US$ 13,368.75 Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Almirante en comisión debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2441201-1