NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Jueves 25 de setiembre de 2025 El Peruano / y Modernización, el Informe N° D000709-2025-MIDIS- OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública especí fi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2013- VIVIENDA, se constituye el Programa Nacional Tambos, como plataforma de prestación de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como de otros sectores que brinde servicios y actividades orientados a la población rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de vida, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2016-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa Nacional Tambos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, a través del Decreto Supremo N° 013-2017-MIDIS, se modi fi ca el Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA, que constituyó el Programa Nacional Tambos, y se establece su denominación como Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante, los LOE), aprobados mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, establece que un Programa es una forma de organización desconcentrada que adopta una entidad para resolver un problema, una situación crítica o implementar una política pública, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece; Que, asimismo, el numeral 17.1 del artículo 17 de los LOE establece que un Programa no tiene personería jurídica, pero puede contar con identidad organizacional para el cumplimiento de las funciones que determine su norma de creación y para la ejecución de sus procesos conforme se establezca en su Manual de Operaciones; Que, el literal a) del artículo 53 de los LOE, prevé que el Manual de Operaciones (en adelante, MOP) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura funcional de los programas; Que, conforme al numeral 55.1 del artículo 55 de los LOE, la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP; Que, el numeral 55.2 del artículo 55 de los LOE señala que el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 263-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”; instrumento de gestión que defi nió su estructura, funciones y procesos básicos de las unidades que lo conforman; Que, a efectos de actualizar y adecuar el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” a la normativa vigente, en lo que respecta a la estructura orgánica, funciones de las unidades orgánicas que lo integran y procesos técnicos y/o administrativos, la Dirección Ejecutiva del referido Programa Nacional, mediante el Ofi cio N° D000845-2025-MIDIS/PNPAIS-DE, remite la propuesta del nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional, recomendando su aprobación; Que, mediante Memorando N° D000633-2025- MIDIS-DGCGPS, la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales expresa su conformidad y hace suyo el Informe N° D000196-2025-MIDIS-DCMG de la Dirección de Calidad y Mejora Continua de la Gestión de las Prestaciones Sociales, en el cual se emite conformidad al proyecto de MOP del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”; Que, a través del Informe N° D000285-2025-MIDIS- OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000141-2025- MIDIS-OM, emitido por la O fi cina de Modernización, en su calidad de órgano técnico competente en la materia, mediante el cual se emite opinión técnica favorable sobre el proyecto de MOP del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”, recomendado continuar con los trámites necesarios para su aprobación; Que, a través del Informe N° D000709-2025-MIDIS- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal, considerando viable emitir el acto resolutivo que apruebe el proyecto de nuevo MOP del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” y derogue la Resolución Ministerial N° 263-2017-MIDIS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Modernización; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, y modi fi catorias; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° D000026-2025-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”, documento que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial N° 263-2017-MIDIS. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) y del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” (www.gob.pe/ pais), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2441730-1