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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 25 de setiembre de 2025 El Peruano / ENERGÍA Y MINAS Autorizan transferencia financiera a favor del OSINERGMIN, para financiar gastos de administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 305-2025- MINEM/DM Lima, 24 de setiembre de 2025 VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 093-2025-MINEM/ DGH-DGGN-DNH de la Dirección de Gestión del Gas Natural y la Dirección Normativa de Hidrocarburos de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 271- 2025/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 02007-2025/MINEM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 884-2025-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 469-2024-MINEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 751 615 274,00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 001- 2017, que dicta medidas urgentes y excepcionales para preservar el valor de los bienes de la concesión del Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del país y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, en adelante Decreto de Urgencia N° 001-20217, señala que, tiene por objeto dictar medidas urgentes y excepcionales necesarias para preservar el valor de los bienes de la concesión del citado proyecto y optimizar las acciones del Estado Peruano para una próxima transferencia de los bienes al sector privado; Que, el artículo 2 del citado dispositivo legal, encarga al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN la contratación directa del administrador que tendrá a su cargo la administración, en representación del Estado Peruano, de los bienes de la concesión del proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano, así como su supervisión, hasta su transferencia al sector privado; Que, en atención a ello, con fecha 15 de julio del 2025, mediante la Resolución Directoral N° 212-2025-MINEM/ DGH, la Dirección General de Hidrocarburos aprobó la adenda de la décimo cuarta prórroga del plazo del Contrato de Locación de Servicios N° 066-2017, Contratación Directa del Administrador, en el marco del Decreto de Urgencia N° 001-2017, en la que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, señala que, el plazo de vigencia de dicho contrato culmina el 31 de diciembre de 2024, por lo que se dispone que la misma sea suscrita en la fecha de noti fi cación de la citada Resolución Directoral, ampliando el plazo de vigencia de contrato hasta el 30 de setiembre de 2025; Que, el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 32416, Ley que aprueba Crédito Suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas (en adelante, Ley N° 32416), autoriza durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Energía y Minas a disponer de sus saldos de balance por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, que dicha entidad previamente incorpora en el presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, hasta por la suma de S/ 40 477 157,00 (CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, desde el mes de octubre a diciembre de 2025; asimismo, el numeral 12.2 del citado artículo 12, indica que se fi nancia con los saldos de balance de la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural, para tal efecto, se autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas a utilizar los recursos a los que se re fi ere el artículo 7 de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 32416, autoriza al Ministerio de Energía y Minas para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12 de la citada Ley, a realizar transferencias fi nancieras con cargo a los citados recursos, a favor del Pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, mediante resolución del titular del pliego que se publica en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 12.5 del artículo 12 de la Ley N° 32416, precisa, que los recursos fi nancieros más intereses generados por los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2025, deben ser revertidos al Ministerio de Energía y Minas, conforme a los procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Tesorería; Que, el numeral 12.7 del artículo 12 de la Ley N° 32416, señala, que los recursos que se trans fi eren en el marco de la presente Ley no pueden ser destinados, bajo responsabilidad del Titular de la entidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 280-2025-MINEM/DM, se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 40 477 157,00 (CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, desde el mes de octubre a diciembre de 2025; Que mediante Informe N° 271-2025/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria, señalando que el Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, cuenta con disponibilidad presupuestaria para realizar la transferencia fi nanciera a favor del pliego 020: OSINERGMIN, por el importe de S/ 40 477 157,00 (CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, desde el mes de octubre a diciembre de 2025 de conformidad con lo establecido en la Ley N° 32416; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2025-02743- 001 (SIAF N° 0000002798) de fecha 02 de setiembre del 2025, por el importe de S/ 40 477 157,00 (CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, desde el mes de octubre a diciembre de 2025; Que, mediante el Informe Técnico Legal N° 093-2025-MINEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección de Gestión del Gas Natural y la Dirección Normativa de Hidrocarburos de la Dirección General de Hidrocarburos señalan que corresponde al Ministerio de Energía y Minas realizar la transferencia fi nanciera respectiva a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía