Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (25/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Martes 25 de agosto de 2026 El Peruano / o semipresencial, orientada al fortalecimiento de las competencias laborales para la población en situación de pobreza extrema, pobreza y/o vulnerabilidad sociolaboral; b) Desarrollar acciones para la certificación de las competencias laborales; c) Desarrollar acciones de promoción para el autoempleo productivo a través de capacitación, asistencia técnica y acompañamiento para las y los beneficiarios (…)”; Que, el literal r) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” suscriba convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los servicios de: capacitación laboral, certi fi cación de competencias laborales, y capacitación y asistencia técnica para el autoempleo productivo; estableciendo el numeral 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, el literal e) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, señala que, la Dirección Ejecutiva tiene, entre otras funciones, celebrar convenios con entidades públicas nacionales o extranjeras, así como con personas naturales o jurídicas, en el marco de las competencias del Programa; Que, a través de la Resolución Directoral N° 000029- 2026-MTPE/3/24.2, se aprueba la actualización del Protocolo N° 001-2025-MTPE/PNEJP/UTO “Protocolo para la selección de modalidad de prestación de servicio y selección de entidades de capacitación y centros de certi fi cación de competencias laborales”, aprobado por Resolución Directoral N° 000024-2025-MTPE/3/24.2, el cual se constituye en un documento que regula el procedimiento para la selección de la modalidad de prestación del servicio y selección de entidades de capacitación y centros de Certi fi cación de Competencias Laborales; y tiene por fi nalidad estandarizar los criterios de evaluación, optimizar el uso de los recursos públicos y garantizar la calidad de la prestación de los servicios de capacitación y/o certi fi cación de competencias laborales en bene fi cio de la población objetivo y cumplimiento de la meta física institucional del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”; Que, el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” suscribió los Convenios N° 002, 003 y 004-2026-MTPE/PNEJP, Convenios de Colaboración Interinstitucional entre el citado Programa y la Universidad Nacional de Piura, Universidad Nacional del Altiplano Puno y la Universidad Nacional de Juliaca, respectivamente, con la fi nalidad de consolidar una alianza estratégica entre las partes para promover la mejora de la empleabilidad y la generación de ingresos sostenibles en personas de 15 años a más, con énfasis en la población juvenil en situación de pobreza, pobreza extrema y/o vulnerabilidad sociolaboral, mediante la ejecución del Servicio de Capacitación Laboral, poniendo a disposición las capacidades académicas y operativas de la Universidad Nacional de Juliaca para fortalecer las habilidades y competencias de la población bene fi ciaria en las zonas de in fl uencia determinadas por el Programa; dicho servicio, conforme a los citados convenios tendrá (610) bene fi ciarios en 05 regiones del país en situaciones de vulnerabilidad socio laboral; Que, mediante O fi cio N° 000479-2026-MTPE/3/24.2, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la Primera Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Piura, la Universidad Nacional del Altiplano Puno y la Universidad Nacional de Juliaca en el marco de los Convenios de Colaboración Interinstitucional N° 002-2026-MTPE/PNEJP, Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 003-2026-MTPE/PNEJP y Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 004-2026-MTPE/PNEJP, respectivamente, por el monto total ascendente a S/ 1 221 029,60 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIUN MIL VEINTINUEVE Y 60/100 SOLES) equivalente al 80% del monto total establecidos en los citados convenios, para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes, mediante las cuales se sustentan dicha transferencia fi nanciera; Que, mediante Memorándum N° 001020-2026- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 000413-2026- MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 000182-2026-MTPE/4/8 contiene la opinión legal favorable sobre la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la primera Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, hasta por la suma de S/ 1 221 029,60 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIUN MIL VEINTINUEVE Y 60/100 SOLES), equivalente al 80% del monto total del fi nanciamiento previsto en los tres 03 Convenios de Colaboración Interinstitucional suscritos: Convenio N° 002-2026-MTPE/PNEJP (S/ 516 856,00), Convenio N° 003-2026-MTPE/PNEJP (S/ 471 949,60), Convenio de N° 004-2026-MTPE/PNEJP (S/ 232 224,00); y, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor de la Universidad Nacional de Piura, la Universidad Nacional del Altiplano Puno, y la Universidad Nacional de Juliaca, respectivamente, con quienes se han suscrito los citados Convenios de Colaboración Interinstitucional, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2026 del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, Categoría Presupuestal: “0116. Mejoramiento de la Empleabilidad e Inserción Laboral-PROEMPLEO”, Producto: “3000576. Personas con competencias laborales para el empleo dependiente formal en ocupaciones básicas”, Actividad: “5006246. Fortalecimiento de capacidades laborales para la empleabilidad de la población en edad de trabajar”, Finalidad: “0258430. Fortalecimiento de capacidades laborales para la empleabilidad de la población en edad de trabajar”, Categoría Gasto: 5. Gasto Corriente, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones