Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (25/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 25 de agosto de 2026 El Peruano / El 19 de septiembre de 2025, la Universidad presentó el O fi cio N° 205-2025-SG-UCP1, mediante el cual remitió información y documentación adicional a la SLI, con la fi nalidad de atender los requerimientos contenidos en el Ofi cio N° 03364-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE. El 3 de diciembre de 2025, se noti fi có a la Universidad el O fi cio N° 00162-2025-SUNEDU-DS- DIRESESU, que traslada el Informe de Observaciones N° 01744-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, el cual contiene observaciones a la SLI y otorga el plazo de diez (10) días hábiles para subsanarlas. El 16 de diciembre de 2025, con O fi cio N° 05222-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 7, que dispuso suspender el cómputo del plazo del procedimiento de licenciamiento institucional por diez (10) días hábiles, en mérito al plazo otorgado para cumplir con atender las observaciones contenidas en el Informe de Observaciones N° 01744-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE. El 19 de diciembre de 2025, mediante el O fi cio N° 075-2025-R-UCP, la Universidad remitió información y documentación adicional a la SLI con la fi nalidad de subsanar las observaciones contenidas en el Informe de Observaciones N° 01744-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE. El 17 de febrero de 2026, con O fi cio N° 00539-2026-SUNEDU-DS-DIRESESU, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 9, que dispuso realizar una DAP del 24 al 27 de febrero de 2026, así como suspender el cómputo del plazo del procedimiento por quince (15) días hábiles, contabilizados desde el día de inicio de la DAP. La citada diligencia se realizó según lo programado. El 16 de marzo de 2026, con O fi cio N° 00875-2026-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, se noti fi có a la Universidad las actas y registros audiovisuales de la DAP, así como un listado de requerimientos a atender, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles para ello. El 16 de marzo de 2026, con O fi cio N° 00877-2026-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, se notifi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 10, que dispuso suspender el cómputo del plazo del procedimiento de licenciamiento institucional por diez (10) días hábiles, en mérito al plazo otorgado para cumplir con atender los requerimientos contenidos en el O fi cio N° 00875-2026-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE. El 27 de marzo de 2026, la Universidad presentó, dentro del plazo otorgado, el O fi cio N° 016-2026-R-UCP mediante el cual remitió información y documentación adicional a la SLI, con la fi nalidad de atender los requerimientos contenidos en el O fi cio N° 00875-2026-SUNEDU-DS- DIRESESU-UVE. El 16, 22, 26 y 28 de mayo de 2026, la Universidad presentó, fuera del plazo otorgado, los Ofi cios N° 042-2026-R-UCP, N° 044-2026-R-UCP, N° 046-2026-R-UCP y N° 048-2026-R-UCP, respectivamente, mediante los cuales remitió información y documentación adicional a la SLI, con la fi nalidad de atender los requerimientos contenidos en el O fi cio N° 00875-2026-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE. El 28 de mayo de 2026, con O fi cio N° 02616-2026-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 11, que dispuso suspender el cómputo del plazo del procedimiento de licenciamiento institucional de la Universidad en mérito a la información y documentación presentada de manera extemporánea. 4. Sobre el Informe Técnico de LicenciamientoCBC I: La fi nalidad pública de la CBC I es que la propuesta de la Universidad sustente sus funciones y se oriente a la investigación y a la docencia, con procesos formativos puestos en conocimiento de la sociedad y que orienten el desarrollo de sus procesos misionales, estratégicos y de soporte. La Universidad cumple con la fi nalidad de esta CBC, toda vez que el Modelo Educativo de la Universidad articula fundamentos fi losó fi cos, psicológicos, sociológicos, pedagógicos, tecnológicos, cientí fi cos y humanísticos en una propuesta formativa integral con enfoque amazónico, coherente con la misión, visión y valores institucionales, y dotada de mecanismos de fi nidos para su implementación. CBC II: Señala que el proyecto universitario es la expresión de la voluntad (del Estado, de una persona natural o de una persona jurídica) de gestionar una universidad pública o privada que cumpla los requisitos establecidos en la Ley Universitaria. Tiene como fi nalidad pública garantizar la autonomía normativa, de gobierno, académica, administrativa y económica de la universidad; así como, demostrar que cuenta con la capacidad de realizar inversiones y gastos signi fi cativos para licenciarse, mantener y mejorar las CBC. De la misma manera, busca asegurar que quienes conduzcan la Universidad tengan la idoneidad para hacerlo. La Universidad cumple con lo requerido por la presente CBC, toda vez que cuenta con una estructura orgánica, instrumentos normativos y de gestión que organizan consistentemente sus dimensiones académicas, administrativas y de gobierno conforme a la Ley Universitaria. Acredita la viabilidad de sus planes de inversión y fi nanciamiento, al contar desde la fase preoperativa con un respaldo fi nanciero conformado por inversiones en fondos mutuos, liquidez disponible y los ingresos generados por sus centros de producción, garantizando así los recursos necesarios para el funcionamiento y sostenibilidad de la nueva oferta académica durante todo el horizonte de proyección. Se verifi có que sus autoridades poseen las cali fi caciones necesarias para la conducción institucional, que la gestión se enmarca en la normativa sobre ética y con fl ictos de intereses, y que mantiene mecanismos vigentes de transparencia y atención de denuncias, habiendo cumplido además con las obligaciones de su cronograma de cese. Se constató la presentación de las declaraciones juradas correspondientes a los integrantes de la Asamblea General de Asociados, Consejo Directivo, Presidencia de la Asociación, Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rector, Consejos de Facultad, Decanos y responsables de áreas de gestión. La Universidad cuenta, asimismo, con disposiciones para la obtención de grados y títulos de pregrado conforme a la Ley Universitaria. CBC III: La fi nalidad pública de la CBC III es que la universidad cuente con una propuesta de programas académicos coherente con su modelo educativo, que responda a las políticas nacionales, regionales e internacionales, así como a las necesidades y demandas productivas, laborales, sociales y/o académicas de la sociedad. Esta propuesta tiene una ruta formativa defi nida, infraestructura física, soporte tecnológico, y recurso docente y no docente disponible para iniciar su funcionamiento. Además, tiene una plani fi cación para su implementación, que garantiza la sostenibilidad de estos. La Universidad cumple con lo requerido por la presente CBC, toda vez que sustentó la existencia de demanda laboral y educativa insatisfecha para los dos (2) programas académicos propuestos — Administración de Empresas (P01) y Derecho (P02) — en su ámbito de infl uencia, mediante estudios de pertinencia que integran el análisis socioeconómico, estimación de brechas y contraste con referentes académicos nacionales. La Universidad cuenta con documentos normativos y de gestión académica que de fi nen y plani fi can la oferta educativa bajo el marco del Modelo Educativo, alineados a su normativa interna y a la Ley Universitaria. Estos instrumentos estructuran la ruta formativa de los dos (2) programas de pregrado, orientada al desarrollo de competencias profesionales desde la admisión hasta el egreso, comprendiendo planes curriculares, per fi les de ingreso y egreso, mecanismos de selección y admisión, y las disposiciones sobre grados y títulos. Con relación a la infraestructura física, la Universidad acreditó el uso exclusivo del local SL01, en el cual se desarrollarán actividades académicas conducentes a grado y servicios complementarios. El local demuestra condiciones de seguridad, salubridad y accesibilidad; así como la operatividad y capacidad necesaria para atender la demanda horaria durante los dos (2) primeros años, declarando doce (12) aulas, dos (2) laboratorios de informática y dos (2) talleres. Se verifi có la existencia de planes de implementación y mejora progresiva de talleres y laboratorios, así