Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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41 NORMAS LEGALES Martes 25 de agosto de 2026 El Peruano / las evidencias de la implementación del equipamiento tecnológico y el mantenimiento de la infraestructura de los talleres “Cámara Gesell” y “Sala de Audiencias”, según lo señalado en el “Plan de Implementación y Mejora Progresiva de Laboratorios y Talleres: Taller Cámara Gesell – Programa académico de Derecho, año 1 – año 6” y el “Plan de Implementación y Mejora Progresiva de Laboratorios y Talleres: Taller Sala de Audiencias – Programa académico de Derecho, Año 1 – Año 6”; requerimiento vinculado al indicador 15, CBC III. 6. Antes del inicio del primer semestre de los años 2, 3, 4 y 5, un informe de ejecución presupuestal que contenga evidencias y registros fotográ fi cos de: (i) la repotenciación tecnológica del equipamiento de los Laboratorios de Informática 1 y 2; (ii) la implementación de equipamiento y mobiliario del Laboratorio de Informática 3; y, (iii) la renovación del equipo multimedia de las aulas del Pabellón “E”; según lo señalado en el “Proyecto de equipamiento y repotenciación tecnológica de laboratorios de informática” y el “Proyecto de equipamiento para las aulas del Pabellón E de la Universidad”; requerimiento vinculado al indicador 15, CBC III. 7. Antes del inicio del primer semestre de los años 2, 3, 4, 5, 6 y 7, un informe de ejecución presupuestal que contenga evidencias y registros fotográ fi cos de la realización de las actividades y conceptos declarados en el “Plan Anual de Mantenimiento de la Infraestructura, Equipamiento y Mobiliario Institucional de la UCP Año 1” y en el “Anexo 17A. Presupuestos Anuales de Mantenimiento” del documento denominado “Presupuesto Mantenimiento Años 1 al 6”, correspondientes a los años 1, 2, 3, 4, 5 y 6 respectivamente; requerimiento vinculado al Indicador 15, CBC III. 8. Antes del inicio del primer semestre del año 2, un informe sobre la ejecución presupuestal correspondiente a la implementación y efectiva operatividad de los módulos de gestión académica, gestión administrativa y gestión del acervo bibliográ fi co, conforme a lo descrito en el “Plan de Implementación, Actualización y Gestión de los Sistemas de Información”, adjuntando los medios probatorios que lo sustenten (tales como capturas de pantalla de entornos de producción, registros de bases de datos, registros audiovisuales —fotografías y videos—, comprobantes de pago, conformidades, reportes u otros documentos equivalentes); requerimiento vinculado al indicador 16, CBC III. 9. Antes del inicio del primer semestre de los años 3, 4, 5 y 6, un informe sobre la ejecución presupuestal correspondiente a la realización de las actividades recurrentes contempladas en el “Plan de Implementación, Actualización y Gestión de los Sistemas de Información”, adjuntando los medios probatorios que lo sustenten (tales como bitácoras de actualización de seguridad, constancias de capacitación, pruebas operativas que acrediten la mejora continua de los sistemas, comprobantes de pago, conformidades, reportes u otros documentos equivalentes); requerimiento vinculado al indicador 16, CBC III. 10. Antes del inicio del primer semestre del año 2, un informe de ejecución presupuestal que contenga evidencias de la implementación y efectiva operatividad del repositorio institucional, conforme a lo descrito en el “Plan Anual del Repositorio Institucional”, el cual deberá incluir el documento de evaluación emitido por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica-Concytec, así como los medios probatorios complementarios que lo sustenten (tales como informes técnicos, capturas de pantalla del entorno de producción, registros audiovisuales del sistema —fotografías y videos—, comprobantes de pago, conformidades, reportes u otros documentos equivalentes); requerimiento vinculado al indicador 17, CBC III. 11. Antes del inicio del primer semestre de los años 3, 4, 5 y 6, un informe de ejecución presupuestal que contenga evidencias de la realización de las actividades descritas en el “Plan Anual del Repositorio Institucional” (tales como bitácoras de actualización de seguridad, constancias de capacitación, pruebas operativas que acrediten la mejora continua de la plataforma, comprobantes de pago, conformidades, reportes u otros documentos equivalentes); requerimiento vinculado al indicador 17, CBC III.12. Antes del inicio del primer semestre del año 1, un informe que contenga evidencias de la realización del proceso de rati fi cación docente; asimismo, antes del término del segundo semestre de los años 2, 3, 4, 5 y 6, un informe que contenga evidencias de la ejecución del “Plan Progresivo de Contratación y Ordinarización Docente Año 1 – Año 6” (tales como documentos de aprobación de plazas, convocatoria, bases, aplicación de instrumentos de evaluación, actas de resultados, resoluciones o actas de nombramiento y/u ordinarización, contratos, entre otros); requerimiento vinculado a los indicadores 19 y 20, CBC III. 13. Antes del inicio del primer semestre de los años 2, 3 y 4, un informe de ejecución del “Plan de Desarrollo de la Investigación Años 1 al 6”, que incluya una explicación de la ejecución presupuestal para cada una de sus partidas y las evidencias de cumplimiento de sus actividades. En particular, en lo referido a proyectos de investigación y publicaciones en revistas indexadas, la Universidad deberá detallar la línea de investigación con la que estos se relacionan; requerimiento vinculado al indicador 24 de la CBC IV. 14. Antes del inicio del primer semestre de los años 2, 3 y 4, un informe de ejecución de las actividades de incorporación y permanencia de los docentes Renacyt, conforme al “Plan Continuo de Incorporación de Docentes Investigadores Renacyt”. Dicho informe deberá incluir evidencias de los proyectos de investigación desarrollados (informes de avance, informes fi nales, publicaciones, o los enlaces a estos documentos en el repositorio institucional de la Universidad o en el portal de la revista o libro correspondiente), convenios de investigación suscritos y las capacitaciones brindadas a los docentes investigadores (convocatorias, programas de las capacitaciones, listas de asistentes fi rmadas, fotografías y enlaces a videos de las capacitaciones, archivos con el contenido de la capacitación, entre otros); requerimiento vinculado al indicador 25 de la CBC IV. 15. Antes del término del segundo semestre de los años 1, 2, 3, 4 y 5, un informe detallado sobre la ejecución de los programas y/o servicios de Bienestar Universitario, así como sobre el desarrollo de las actividades de Responsabilidad Social Universitaria. Dicho informe deberá incluir las resoluciones y/o contratos de trabajo vigentes del personal de la O fi cina de Responsabilidad Social y Bienestar Universitario —incluyendo a los responsables de los once (11) programas y/o servicios de bienestar—, el detalle de los presupuestos ejecutados, y las evidencias de la prestación efectiva de los programas y servicios y la realización de las actividades; requerimiento vinculado a los indicadores 27 y 28 de la CBC V. 16. Presentar, con carácter previo a cualquier propuesta de creación o ampliación de oferta académica —sea que emplee la capacidad instalada remanente del local SL01 o nueva infraestructura—, el estudio de pertinencia que la justi fi que. Dicho documento deberá acreditar la correspondencia entre la nueva oferta y el Modelo Educativo (incluyendo sus fundamentos, ejes formativos transversales, per fi l de egreso, entre otros), con especial atención a la matriz de competencias articulada con los resultados de aprendizaje por ciclo y al plan de evaluación correspondiente; requerimiento vinculado a los indicadores 1, 11 y 13 de las CBC I y III respectivamente. Cuarto .- PRECISAR que, en atención al carácter permanente de la licencia institucional, la información y/o documentación a presentar para evidenciar la implementación de los requerimientos, debe corresponder al documento o instrumento normativo vigente a dicha fecha. Quinto.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que quede consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente hábil de su noti fi cación. Sexto .- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Licenciamiento N° 00004-2026-SUNEDU-DS-