Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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97 NORMAS LEGALES Viernes 27 de febrero de 2026 El Peruano / las demás unidades orgánicas competentes el estricto y oportuno cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de Secretaría la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. RUTH ELSA CUNO CHURA Alcaldesa 2490713-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA que aprueba el Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita DECRETO DE ALCALDÍA N° 00004-2026/MDSA Santa Anita, 25 de febrero de 2026 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe N° 0038-2026-SGRCRTGSATDE/ MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria (e); el Informe N° 0011-2026-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; el Informe N° 089-2026-OGAJ/MDSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; así como el Memorándum N° 286- 2026-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74 de la Constitución Política del Perú reconoce la potestad tributaria de los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, dentro de su jurisdicción y con arreglo a ley; Que, mediante Ordenanza N° 375/MDSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de julio de 2025, se aprobó el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita”, estableciendo beneficios de carácter temporal y excepcional para la regularización de obligaciones correspondientes al Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Cuotas de Fraccionamiento Tributario, Multas Tributarias, así como Costas y Gastos Procesales derivados de procedimientos de ejecución coactiva, en cualquier estado de cobranza, con vigencia hasta el 30 de octubre de 2025; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ordenanza faculta expresamente al Despacho de Alcaldía a prorrogar su vigencia mediante Decreto de Alcaldía, así como a dictar disposiciones complementarias necesarias para su adecuada implementación; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 00007-2025- ALC/MDSA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de octubre de 2025, se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31 de diciembre de 2025; y, posteriormente, mediante Decreto de Alcaldía N° 00008- 2025-ALC/MDSA, publicado el 21 de diciembre de 2025, se extendió su vigencia hasta el 28 de febrero de 2026; Que, mediante Informe N° 0011-2026-GSATDE/ MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico y el Informe N° 0038-2026-SGRCRT-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, sustentan la necesidad de ampliar el plazo de vigencia del régimen aprobado, señalando que la medida contribuye significativamente a la reducción de la morosidad tributaria, al incremento de la recaudación municipal y al fortalecimiento de la cultura tributaria en el distrito; Que, mediante Informe N° 089-2026-OGAJ/MDSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la prórroga propuesta, concluyendo que la misma se encuentra dentro del marco de competencia del Despacho de Alcaldía y conforme a la habilitación normativa contenida en la Ordenanza N° 375/MDSA, criterio que es compartido por la Gerencia Municipal mediante Memorándum N° 286-2026-MDSA/ GM; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 6) y 8) del artículo 20 y en el artículo 42 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRÓRROGA DE VIGENCIA Prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 375/MDSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de julio de 2025, que aprueba el “Régimen de Incentivos Tributarios y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita”, hasta el 31 de marzo de 2026. Artículo Segundo.- ENCARGO PARA EJECUCIÓN Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la Oficina General de Administración y Finanzas, a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación y a las demás unidades orgánicas competentes el estricto y oportuno cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- PUBLICACIÓN Encargar a la Oficina General de Secretaría la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. RUTH ELSA CUNO CHURA Alcaldesa 2490716-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 736-MSS, que otorga beneficios por el pago voluntario de multas administrativas en estado ordinario y estado coactivo DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2026-MSS Santiago de Surco, 25 de febrero de 2026 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum N° 256-2026-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 116-2026-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 173-2026-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° 219-2026-SGFCA-GSEGC- MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; entre otros documentos, sobre la prórroga de la Ordenanza N° 736-MSS, Ordenanza que establece el Beneficio en el Pago de Multas Administrativas; y,