Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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149 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2026 El Peruano / c. Iluminado : bandera, paleta publicitaria, panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem y volumétrico. d. Especial : paleta publicitaria, panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem y volumétrico. Se excluyen los EPE que, conforme a la clasi fi cación establecida en el artículo 6 de la presente ordenanza, se encuentran contenidos en un proyecto lumínico, correspondan a un proyecto lumínico. Artículo 8°.- TIPOS DE EPE VINCULADOS A LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 163-2020-PCM, a solicitud del administrado se podrán emitir Autorizaciones para la Ubicación de Elementos de Publicidad Exterior de forma conjunta con la Licencia de Funcionamiento. Los Tipos de Elementos de Publicidad Exterior que podrán autorizarse de manera conjunta con la Licencia de Funcionamiento, son los siguientes: a. Sencillos : letras recortadas, letrero y toldo. b. Luminoso : letras recortadas y letrero. c. Iluminado : letras recortadas y letrero. Artículo 9°.- TIPOS DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR CONTENIDOS EN PROYECTO LUMÍNICO DE EPE SEGÚN SU UBICACIÓN. Serán considerados como proyectos lumínicos de EPE, aquellos que cuentan con un área de exhibición individual (por cara) igual o superior 12 m2, que tiene en el interior de su estructura uno o más elementos de iluminación (como pantallas LED o electrónicas, entre otros), o que tiene en su exterior uno o más elementos de iluminación, conforme a la defi nición del Reglamento de la Ley N° 31316. Los tipos de Elementos de Publicidad Exterior que califi can como proyectos lumínicos de EPE, según su ubicación, son los siguientes: a. En bienes de dominio privado : panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem y volumétrico (con área de exhibición igual o mayor a 12 m2). b. En vías locales : panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem y volumétrico (con área de exhibición igual o mayor a 12 m2). TÍTULO II PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Y OPERACIÓN DE PROYECTOS LUMÍNICOS DE EPE CAPÍTULO I PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 10°.- CLASIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR. Toda persona natural y/o jurídica que requiera ubicar un Elemento de Publicidad Exterior (EPE) en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, deberá iniciar el procedimiento administrativo de autorización para la instalación de elementos de publicidad exterior, en propiedad privada o en bienes de dominio público (en vías locales), según corresponda, de acuerdo a las siguientes modalidades: 10.1 Procedimientos Administrativos de autorización para la instalación de elementos de publicidad exterior en bienes de dominio privado : 1. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior, vinculado a licencia de funcionamiento, sencillos - tipo: letras recortadas, letrero y toldo. En bienes de dominio privado. 2. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior, vinculado a licencia de funcionamiento, luminoso o iluminado - tipo: letras recortadas y letrero. En bienes de dominio privado. 3. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: bandera, escaparate, paleta publicitaria, plancheta publicitaria y rótulo adhesivo. En bienes de dominio privado. 4. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso, iluminado o especial - tipo: bandera (aplica solo para iluminado), escaparate y paleta publicitaria. En bienes de dominio privado. 5. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem, valla y volumétrico. En bienes de dominio privado. 6. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso, iluminado o especial (con excepción de los EPE contenidos en un proyecto lumínico) - tipo: panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem, valla y volumétrico. En bienes de dominio privado. 7. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: a fi che, banderola de campaña o evento temporal e in fl able publicitario (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio privado. 8. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso, iluminado o especial - tipo: a fi che (aplica solo para iluminado), banderola de campaña o evento temporal (aplica solo para iluminado) e infl able publicitario (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio privado. 10.2 Procedimientos Administrativos de autorización para la instalación de elementos de publicidad exterior en vías locales : 1. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: bandera. En vías locales. 2. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior iluminado - tipo: bandera. En vías locales. 3. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: paleta publicitaria, panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem y volumétrico. En vías locales. 4. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso, iluminado o especial (con excepción de los EPE contenidos en un proyecto lumínico) - tipo: paleta publicitaria, panel simple, panel monumental, panel monumental unipolar, tótem y volumétrico. En vías locales REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 11°.- REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR. Los requisitos exigibles para la autorización de la ubicación de elementos de publicidad exterior, según las modalidades consideradas en el artículo 10° de la presente Ordenanza, son los siguientes: (i) En bienes de dominio privado: 1. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior, vinculado a licencia de funcionamiento, sencillos - tipo: letras recortadas, letrero y toldo. En bienes de dominio privado. a) El Formato de Solicitud - Declaración Jurada (Anexo I), llenado y fi rmado por el solicitante. b) Las dimensiones del área de exhibición del elemento de publicidad exterior.