Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2026 (18/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 147

147 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2026 El Peruano / del titular de los organismos constitucionalmente autónomos; Que, mediante Informe N° 149-2026-SGLAC-GDEPE/ MDSMP de fecha 15 de junio de 2026, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales, sustenta la necesidad de regular el procedimiento de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior y la autorización de operación de un Proyecto Lumínico de EPE en el distrito de San Martín de Porres, estableciendo los requisitos, cali fi cación, plazos, silencio administrativo aplicable, competencias y procedimiento para la atención de las solicitudes de autorización, en el marco de la Ordenanza N° 2682-MML y modi fi catorias, así como la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, y su Reglamento; Que, mediante Memorando N° 260-2026-GDEPE/ MDSMP de fecha 16 de junio de 2026, la Gerencia de Desarrollo Económico y Promoción Empresarial, emite opinión favorable respecto del citado proyecto de Ordenanza; Que, mediante Informe N° 091-2026-OGPP/MDSMP de fecha 16 de junio de 2026, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable sobre el proyecto de Ordenanza, señalando que se encuentra acorde con la normatividad vigente en materia de procedimientos administrativos, simpli fi cación administrativa y con lo establecido en la Ordenanza N° 2682-MML y modi fi catorias, así como en la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica y su Reglamento; Que, con Informe N° 387-2026-SGCyHU-GDU/ MDSMP de fecha 17 de junio de 2026, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, emite opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, al encontrarse enmarcado en la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, su Reglamento, y las funciones y competencias asignadas a dicha Subgerencia a través del ROF; Que, a través del Informe N° 607-2026-GGA/ MDSMP de fecha 17 de junio de 2026, la Gerencia de Gestión Ambiental emite opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, al encontrase acorde con lo establecido por la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica y su Reglamento; Que, mediante Informe N° 197-2026-SGGRD-GDEPE/ MDSMP de fecha 18 de junio de 2026, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, emite opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, señalando que se encuentra enmarcado en la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, su Reglamento, y la normativa aplicable en materia de seguridad en edi fi caciones; Que, a través del Informe N° 332-2026-SGSVTT-GFT/ MDSMP de fecha 18 de junio de 2026, la Subgerencia de Seguridad Vial, Transporte y Tránsito, emite opinión técnica favorable, respecto del proyecto de Ordenanza, señalando que la propuesta normativa ejerce de manera válida y legal las competencias exclusivas en materia de regulación de avisos publicitarios otorgadas por el artículo 79° de la Ley N° 27972, así como la facultad complementaria reconocida en el artículo 6° de la Ordenanza N° 2682-MML. Asimismo, señala que resguarda el interés público y la seguridad vial de los usuarios de las vías de San Martín de Porres al vincular las autorizaciones de publicidad con parámetros técnicos de prevención de riesgos visuales y físicos; Que, mediante Informe N° 093-2026-OGPP/MDSMP de fecha 18 de junio de 2026, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto complementa lo señalado en el Informe N° 091-2026-OGPP/MDSMP y remite los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica para la emisión de la opinión legal correspondiente; Que, mediante Informe N° 264-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 19 de junio de 2026, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera viable la aprobación del proyecto de Ordenanza denominado: “Ordenanza que regula el procedimiento de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Martín de Porres”, por encontrarse acorde con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza N° 2682-MML y modi fi catorias, así como la Ley N° 31316 - Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica y su Reglamento; Que, mediante Memorándum N° 665-2026-MDSMP- GM de fecha 19 de junio de 2026, la Gerencia Municipal remite los actuados a Secretaria General a fi n de que sea elevado al Concejo Municipal para su pronunciamiento, en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1°.- OBJETO. La presente Ordenanza tiene como objeto la regulación del procedimiento administrativo de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior y autorización de operación de un Proyecto Lumínico de EPE, en el distrito de San Martín de Porres, estableciendo los requisitos, cali fi cación, plazos, silencio administrativo aplicable, competencias y procedimiento para la atención de las solicitudes de autorización, en el marco de lo regulado por la Ordenanza N° 2682-MML y modi fi catorias, que regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en la Provincia de Lima, así como lo regulado por la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica y su Reglamento. Artículo 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y/o jurídicas que requieran la autorización para la ubicación de Elementos de Publicidad Exterior (EPE) y/o autorización de operación de un Proyecto Lumínico de EPE, dentro de la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, sea en bienes de dominio privado o bienes de dominio público ubicados en vías locales. Artículo 3°.- ÓRGANOS COMPETENTES. La Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales de la Gerencia de Desarrollo Económico y Promoción Empresarial, es competente para evaluar y resolver las solicitudes de autorización para ubicación de Elementos de Publicidad Exterior y autorización de operación de Proyecto Lumínico de EPE, así como pronunciarse sobre los recursos de reconsideración que se interpongan sobre dichas resoluciones. Asimismo, corresponde a la Gerencia de Desarrollo Económico y Promoción Empresarial pronunciarse sobre los recursos de apelación que se interpongan contra las resoluciones emitidas por la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales, que resuelvan solicitudes de autorización para ubicación de Elementos de Publicidad Exterior y autorización de operación de Proyecto Lumínico de EPE. CAPÍTULO II CARACTERÍSTICAS Y TIPOLOGÍA DE LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 4°.- DEFINICIONES. Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, considérense las defi niciones señaladas en el artículo 11 de la Ordenanza N° 2682-MML y modi fi catorias, así como las de fi niciones establecidas en el artículo 3 de la Ley N° 31316 y las señaladas en el artículo 5 de su Reglamento, en lo que resulte aplicable.