Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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13 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2026 El Peruano / Que, dicho evento reúne a profesionales, instituciones, especialistas y representantes del sector turístico, con el fi n de impulsar el intercambio de experiencias, la cooperación y la participación de instituciones y especialistas iberoamericanos vinculados al turismo rural y al agroturismo, y comprende actividades técnicas y visitas de campo en diferentes territorios de la provincia de Cáceres, orientadas a conocer experiencias vinculadas con el agroturismo, el patrimonio cultural y natural, la gestión de destinos rurales y la accesibilidad, tales como el Geoparque Mundial UNESCO Villuercas-Ibores-Jara, la comarca de La Vera y el Parque Nacional de Monfragüe, que permiten conocer iniciativas y modelos de gestión turística aplicados a diferentes realidades territoriales; Que, el programa del Encuentro contempla el desarrollo de espacios de trabajo colaborativo orientados a la creación de las Rutas de Agroturismo Iberoamericanas, a fi n de promover el diseño conjunto de productos y rutas turísticas mediante la articulación de instituciones, profesionales y actores locales; asimismo, se llevarán a cabo cuatro paneles temáticos, orientados a abordar aspectos estratégicos relacionados con el turismo rural y el agroturismo: 1) Modelo Destino Turístico Inteligente (DTI) aplicado a los territorios rurales y al agroturismo; 2) Creación de experiencias en agroturismo; 3) Tecnología inteligente: recopilación y análisis de datos al servicio del sector turístico; y 4) Modelos de gobernanza en agroturismo y turismo rural; Que, resulta de interés institucional la participación del MINCETUR en dicho evento, porque el Perú será ponente en el Panel 1: Modelo Destino Turístico Inteligente (DTI) aplicado a los territorios rurales y al agroturismo, durante el cual expondrá los avances y aprendizajes del destino, así como las estrategias de innovación aplicadas al turismo rural y la incorporación a la Red Iberoamericana de Destinos Turísticos Inteligentes. Además, constituye una oportunidad para intercambiar conocimientos y buenas prácticas con instituciones y especialistas iberoamericanos así como fortalecer la cooperación internacional y la articulación entre destinos rurales; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje del señor Franco Deyvis Flores Romero, profesional de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Despacho Viceministerial de Turismo, para que en representación del MINCETUR comparta la experiencia del Perú en el desarrollo de estrategias de innovación turística; Que, la Diputación Provincial de Cáceres cubrirá los costos por concepto de participación en el evento, alojamiento, alimentación y traslados internos del presente viaje, por lo que el MINCETUR asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos; Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector; Con el visado del Despacho Viceministerial de Turismo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Estrategia Turística, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Se autoriza el viaje del señor Franco Deyvis Flores Romero, profesional de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Despacho Viceministerial de Turismo, al municipio de Guadalupe, provincia de Cáceres, Extremadura, Reino de España, del 8 al 16 de noviembre de 2026, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Gastos Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$ Franco Deyvis Flores Romero 2 475,74 Artículo 3.- Rendición de cuentas e informe Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos y presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2570338-1 CUL TURA Designan Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000405-2026-MC San Borja, 30 de octubre del 2026 VISTOS: el Informe Nº 000426-2026-OGRH-SG/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 001234-2026-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 412- 2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial Nº 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao es considerado de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao, corresponde designar a la persona que asumirá el ejercicio de dicho cargo; Con los vistos de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2013-MC; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación