Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (18/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 18 de octubre de 2026 El Peruano / justa y equitativa en los bene fi cios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. El órgano rector del Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Conferencia de las Partes (COP), se reúne cada dos años para examinar el progreso, fi jar prioridades y adoptar planes de trabajo; Que, el principal objetivo de la COP 17 será realizar la primera revisión mundial de los avances en la implementación del Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal, adoptado en 2022. En ese contexto, se examinará el progreso alcanzado por las Partes en el cumplimiento de sus compromisos nacionales. Asimismo, se abordarán asuntos centrales para la implementación del Marco Mundial, como la movilización de recursos y el mecanismo fi nanciero, el fortalecimiento de los mecanismos de apoyo para su implementación y el desarrollo del marco de seguimiento; Que, de igual manera, se continuará con la operativización del mecanismo multilateral sobre la participación justa y equitativa en los bene fi cios derivados del uso de información digital sobre secuencias de recursos genéticos (DSI), incluido el Fondo de Cali, así como con el tratamiento de las cuestiones relacionadas con los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales y el artículo 8 j) del Convenio, entre otros asuntos de especial relevancia para los intereses nacionales; Que, la Cancillería participará en la COP 17 en diversos temas de su agenda, entre ellos, las cuestiones de organización y candidaturas; la aplicación del artículo 8 j) y otras disposiciones del Convenio relativas a los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales; los mecanismos de apoyo para la aplicación y la concienciación sobre el CDB y el Marco Mundial; la cooperación con organizaciones internacionales y organismos establecidos en virtud de otros convenios; la integración de la diversidad biológica y la colaboración con gobiernos subnacionales; otras cuestiones cientí fi cas y técnicas, incluidas las relativas a la diversidad biológica y el cambio climático, así como a la diversidad biológica marina, costera y de las islas; la revisión de la e fi cacia de los procesos del CDB y sus Protocolos; y el programa de trabajo plurianual de la COP. Asimismo, la Cancillería brindará acompañamiento político-técnico en las sesiones relativas a la revisión mundial del progreso en la implementación del Marco Mundial, la movilización de recursos y el mecanismo fi nanciero, así como al Fondo de Cali sobre información digital sobre secuencias de recursos genéticos (DSI). Que, en tal sentido, se requiere rea fi rmar la participación activa del Perú en el proceso de toma de decisiones en el marco de la COP17 del CDB y reuniones conexas; hacer conocer y defender la posición peruana sobre el particular; coordinar posiciones con otros países de la región y extrarregionales; y, trabajar de manera conjunta con los representantes del Ministerio del Ambiente en el contexto de la citada reunión, por lo que se recomienda asegurar la participación de la Cancillería, a fi n de garantizar un adecuado manejo político-técnico de los principales temas de la agenda multilateral en materia de diversidad biológica; Que, por lo anteriormente expuesto, se estima necesaria la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Andrés Martín Garrido Sánchez, Director de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, en las referidas reuniones, del 26 al 30 de octubre de 2026; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Ereván, República de Armenia, se realizará del 23 de octubre al 1 de noviembre de 2026; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Andrés Martín Garrido Sánchez, Director de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Ereván, República de Armenia, del 23 de octubre al 1 de noviembre de 2026, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Gastos Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (176) 0137176 Representación y negociación en organismos y foros internacionales - Dirección de Medio Ambiente; y, Código POI AOI00004500251 “Negociación y gestión de tratados internacionales y acuerdos multilaterales globales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal de viáticos USD Andrés Martín Garrido Sánchez4 940.64 500.00 5 + 2 3 500.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se han adicionado dos días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Informe Dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar, al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESPÁ Ministro de Relaciones Exteriores 2565741-1 SALUD Aprueba lista complementaria al Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud, de medicamentos para el tratamiento de VIH/SIDA y hepatitis RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 929-2026/ MINSA Lima, 16 de octubre del 2026 VISTO, el Expediente N° DIGEMID- DFAU20260000140, que contiene la Nota Informativa N° D001209-2026-DIGEMID-MINSA, la Nota Informativa N° D000652-2026-DIGEMID-EA-MINSA y el Informe N° D000006-2026-EURM-DFAU-EMC-MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, el Informe N°D000917-2026-OGAJ-MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;