Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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16 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2026 El Peruano / como supervisar su desarrollo y elaborar su programa anual; y, a su vez determina que la oferta de vacantes se sujete a los créditos presupuestarios autorizados en la ley de presupuesto del sector público para el año 2027 y que, de corresponder, las entidades públicas, previa evaluación de saldos de libre disponibilidad, puedan ampliar su demanda de secigristas; Que, en ese sentido, corresponde aprobar el Programa SECIGRA DERECHO 2027, su periodo de prestación, así como el monto mínimo del estipendio que deben abonar mensualmente las unidades receptoras a los estudiantes o egresados que se les asignen, conforme con lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2014-JUS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Ley N° 26113, modi fi cado por la Ley N° 27687, que aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO; y, las normas reglamentarias establecidas en el Decreto Supremo N° 009-2014-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Programa SECIGRA DERECHO 2027, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Determinar los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos en el marco del Programa SECIGRA DERECHO 2027, conforme con el siguiente cronograma: Primer periodo : Del 15 de enero al 15 de julio de 2027. Segundo periodo : Del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2027. Artículo 3.- El monto mínimo del estipendio que las unidades receptoras deben abonar mensualmente a las y los secigristas que les sean asignados equivale a una Remuneración Mínima Vital, conforme a lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2026-TR y normas complementarias. En el marco de su disponibilidad presupuestal deben procurar abonar un estipendio superior al mínimo establecido. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO ÁLVAREZ MIRANDA Ministro de Justicia y Derechos HumanosMinisterio de Justicia y Derechos Humanos 2569038-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 401-2026-JUS Lima, 27 de octubre de 2026 VISTOS, el Memorando N° 2611-2026-JUS/OGA, de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 099-2026-JUS/SG/UF-PRODOC, de la Unidad Funcional del Proyecto de Fortalecimiento de la Lucha del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos contra la Corrupción y el Crimen Organizado; el Memorando N° 574-2026- JUS/OPRE y el Informe N° 255-2026-JUS/OPRE, de la Ofi cina de Presupuesto; el Memorando N° 3175-2026- JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1400-2026-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 32513, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y con Resolución Ministerial N° 0468-2025-JUS, del 22 de diciembre de 2025, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la suma de S/ 713 326 414,00 (Setecientos Trece Millones Trescientos Veintiséis Mil Cuatrocientos Catorce y 00/100 Soles); Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del Jefe de la O fi cina General de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que haga sus veces en el pliego; precisando además que las transferencias fi nancieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG y su modi fi catoria, la Resolución de Contraloría N° 259-2026-CG, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario aplicable a las entidades públicas, para regular conceptos de retribución económica, Impuesto General a las Ventas (IGV), así como los derechos de asignación y supervisión que deben ser transferidos para fi nanciar la contratación de las Sociedades de Auditoría designadas, previo concurso públicos de méritos, para la ejecución de las labores de control posterior externo; comprendiendo dicho tarifario al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en su condición de entidad bene fi ciaria del “Acuerdo entre la República del Perú, la Conferencia Suiza y el Gran Ducado de Luxemburgo sobre la transferencia de activos decomisados”; Que, mediante O fi cio N° 1255-2026-CG/GAD y O fi cio N° 1450-2026-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la Procuraduría General del Estado -PGE el requerimiento de recursos para la transferencia fi nanciera y pago de derechos para la contratación de la Sociedad de Auditoría que ejecutará la Auditoría Financiera Gubernamental de los periodos 2024 y 2025 del Proyecto PRODOC por la suma total de S/ 53 330,00 (Cincuenta y Tres Mil Trescientos Treinta y Tres y 00/100 Soles); Que, a través del Memorando N° 574-2026-JUS/ OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 5032 por el monto total de S/ 53 330,00 (Cincuenta y Tres Mil Trescientos Treinta y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, correspondiente a la retribución económica por los periodos 2024 y 2025, ascendente a S/ 50 750,00 (Cincuenta Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Soles), y al derecho de designación por dichos periodos, ascendente a S/ 2 580,00 (Dos Mil Quinientos Ochenta y 00/100 Soles); Que, mediante Memorando N° 2611-2026-JUS/OGA, la O fi cina General de Administración, sobre la base de lo señalado en el Informe N° 142-2026-JUS/OGA-OFIN, emitido por la O fi cina Financiera, solicita continuar con el trámite para la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría