Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (28/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2026 El Peruano / LOM. Asimismo, veri fi car la legalidad del procedimiento de vacancia instaurado en sede municipal, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, así como constatar si durante este procedimiento se observaron los derechos y las garantías inherentes al debido proceso (ver SN 1.3., 1.4., 1.6. y 1.7.). 2.2. Así, el señor alcalde, entre otros, remitió la documentación detallada en el antecedente 1.1. de esta resolución, entre ellos, el Acuerdo de Concejo N.° 02-2025-MDSJ, del 21 de febrero de 2025, que aprobó la vacancia de la señora regidora, así como la Constancia de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de San Joaquín, del 24 de marzo de 2026, donde se señala que quedó consentida dicho acuerdo de concejo. 2.3. De los documentos recibidos, se veri fi ca que el acto de noti fi cación se realizó tal como lo estipula el artículo 21 del TUO de la LPAG (ver SN 1.8.). A partir de ello la señora regidora tomó conocimiento de la decisión adoptada por el concejo municipal; por consiguiente, se encontró habilitada para ejercer su derecho a interponer el recurso de impugnación que hubiera considerado pertinente, de acuerdo con la Constancia de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de San Joaquín, del 24 de marzo de 2026, donde se señala que quedó consentida el acuerdo de concejo. 2.4. En ese sentido, se debe convocar a don Susanibar de La Rosa Reyes Reyes, identi fi cado con DNI N° 16304075, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Joaquín, a fi n de completar el número de integrantes del concejo en mención, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 31 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Guisela Wendy Castro Solís como regidora del Concejo Distrital de San Joaquín, provincia de Yauyos, departamento de Lima, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Susanibar de la Rosa Reyes Reyes, identi fi cado con DNI N° 16304075, para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad distrital de San Joaquín, provincia de Yauyos, departamento de Lima, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General1 Aprobado mediante la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026, en el diario oficial El Peruano. 2568817-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Characato RESOLUCIÓN N° 1267-2026-JNE Expediente N° JNE.2026103033 CHARACATO - AREQUIPA - AREQUIPA LICENCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 5 de junio de 2026 VISTO : el O fi cio N° 122-2026-MDCH-OGSG, del 29 de abril de 2029, mediante el cual doña Yadira Velazco Agramonte de Moscoso, jefa de la O fi cina General de la Secretaría General de la Municipalidad de Characato, provincia y departamento de Arequipa (en adelante, señora solicitante), comunicó la licencia sin goce de haber concedida a don Jorge Alfredo Vilca Aguilar, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con e fi cacia a partir del 3 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTE 1.1. Con el o fi cio del visto, la señora solicitante informó de la licencia sin goce de haber concedido al señor regidor, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 020-2026-MDCH, del 15 de abril de 2026, mediante el cual el Concejo Distrital de Characato acordó aprobar la licencia sin goce de haber solicitada por el señor regidor, desde el 3 de setiembre al 4 de octubre de 2026, debido a su participación como candidato en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que, a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM 1 1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república. En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 2 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos,