Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (18/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2026 El Peruano / sanitaria vigente por bien. Asimismo, precisa que las citadas modi fi caciones están referidas a ajustes de forma, orientados a la adecuación a los registros sanitarios vigentes homogeneizados y a la uniformización de su redacción y contenido, no impactando en la existencia de potencial oferta en el mercado; Que, mediante Informe N° 000292-2026-PERÚ COMPRAS-OAJ, del 10 de setiembre de 2026, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modi fi cación de dieciocho (18) Fichas Técnicas correspondientes al rubro alimentos y bebidas para consumo humano del Listado de Fichas Técnicas (LFT), conforme a lo propuesto; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modi fi catoria; la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048-2025-PERÚ COMPRAS- JEFATURA; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) y r) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), aprobado por el Decreto Supremo N° 066- 2025-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de dieciocho (18) Fichas Técnicas del rubro alimentos y bebidas para consumo humano del Listado de Fichas Técnicas (LFT), las cuales se encuentran señaladas en el Anexo N° 1, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la contratación de los bienes comprendidos en las Fichas Técnicas modi fi cadas continúe realizándose de manera obligatoria mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización que realice la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop). Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución Jefatural, así como los documentos aprobados en el artículo primero, en la sede digital de la Central de Compras Públicas (Perú Compras) (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú ComprasCentral de Compras Públicas Perú Compras 2555121-1 Aprueban modificación de una (01) Ficha Técnica del rubro productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT) RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000121-2026- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 15 de septiembre del 2026VISTOS:Informe Nº 000291-2026-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 07 de septiembre de 2026, emitido por la Dirección de Estandarización; el Memorando N° 000280-2026- PERÚ COMPRAS-DETN y el Informe N° 000057-2026- PERÚ COMPRAS-DETN-UFTN, ambos de fecha 20 de agosto de 2026 emitidos por la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa; el Informe N° 000291-2026-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 10 de septiembre de 2026, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público. Constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el numeral 96.1 del artículo 96 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modi fi catoria, (en adelante, el “Reglamento”), dispone que mediante subasta inversa electrónica se contratan bienes y servicios comunes que cuenten con fi cha técnica. La utilización del procedimiento de selección puede ser opcional u obligatoria conforme lo determine Perú Compras en el documento que aprueba la referida fi cha; Que, los numerales 264.3 y 264.4 del artículo 264 del Reglamento establecen que los requerimientos de bienes y servicios que cuenten con fi cha técnica se contratan mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica; y, que Perú Compras, al aprobar o modi fi car una fi cha técnica, puede disponer que el uso del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica no sea obligatorio, habilitando así a las entidades contratantes a utilizar el procedimiento de selección que corresponda; Que, el numeral 6 del Anexo I. De fi niciones del Reglamento señala que, “ son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan, siendo que la naturaleza de los mismos les permite cumplir sus funciones sin requerir de otros bienes o servicios conexos, por ende está en capacidad de desarrollar las mismas como una unidad. ”; Que el numeral 8.3 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la gestión de la lista de fi chas técnicas”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, la “Directiva”), establece que la Dirección de Estandarización implementa actividades de sostenimiento para mantener actualizado el Listado de Fichas Técnicas (LFT), asimismo, menciona que se ejecutan las siguientes actividades para el sostenimiento del Listado de Fichas Técnicas (LFT): a) Revisión del Listado de Fichas Técnicas; b) Monitoreo de documentos Técnicos de referencia; y, c) Evaluación de alertas; Que, el numeral 8.3.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, la Dirección de Estandarización mediante informe recomienda a la Jefatura de Perú Compras, la modi fi cación de la Ficha Técnica, en atención a los siguientes supuestos: “a) La variación de la información consignada en la Ficha Técnica sustentada en los documentos técnicos de referencia o en la homogeneización realizada por las entidades públicas, asegurando que no cambie la condición de bien o servicio común (…) b) Mejoras en la presentación de la información contenida en la Ficha Técnica identi fi cada en el sostenimiento del Listado de Fichas Técnicas, para coadyuvar a una mejor comprensión de dichos instrumentos.” ; Que, el numeral 8.3.11 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, la Jefatura de Perú Compras, a través de Resolución Jefatural, aprueba la modi fi cación de las Fichas Técnicas del bien o servicio en el Listado de Fichas Técnicas (LFT) publicado en la Pladicop y en la sede digital de Perú Compras; Que, a través del Informe N° 000291-2026-PERÚ COMPRAS-DE, la Dirección de Estandarización recomienda aprobar la modi fi cación de una (1) Ficha Técnica del rubro productos farmacéuticos incluidos