Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (18/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2026 El Peruano / anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT), correspondiente al bien “TRIAMCINOLONA, 50 mg/5 mL, INYECTABLE, 5 mL”, al veri fi car que dicho bien mantiene la condición de bien común; asimismo, sustenta que la modi fi cación propuesta responde a la actualización de la información contenida en los registros sanitarios vigentes homogeneizados, especí fi camente respecto de la característica “Vía de administración”, sin alterar el alcance, la naturaleza ni las características esenciales del bien, por lo que corresponde que su contratación continúe realizándose obligatoriamente mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica; Que, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, mediante el Informe N° 000057-2026-PERÚ COMPRAS-DETN-UFTN, adjunto al Memorando N° 000280-2026-PERÚ COMPRAS-DETN, emitió opinión técnica respecto de la propuesta de modi fi cación de una (1) Ficha Técnica, concluyendo que el bien evaluado presenta demanda y potencial pluralidad de oferta en el mercado; asimismo, señala que la modi fi cación propuesta se encuentra orientada a la adecuación de la Ficha Técnica a los registros sanitarios vigentes homogeneizados, mediante la actualización de la especi fi cación técnica “Vía de administración”, sin impactar en la existencia de potencial oferta en el mercado; Que, mediante Informe N° 000291-2026-PERÚ COMPRAS-OAJ del 10 de septiembre de 2026, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modi fi cación de una (01) Ficha Técnica correspondiente al rubro de productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT), conforme a lo propuesto; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modi fi catoria; la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), aprobado por el Decreto Supremo N° 066-2025-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de una (01) Ficha Técnica del rubro productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT), de acuerdo al siguiente detalle: Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 TRIAMCINOLONA, 50 mg/5 mL, INYECTABLE, 5mL 11 Artículo Segundo.- Disponer que la contratación del bien comprendido en la Ficha Técnica modi fi cada continúe realizándose de manera obligatoria mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización que realice la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop). Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución Jefatural, así como los documentos aprobados en el artículo primero, en la sede digital de la Central de Compras Públicas - Perú Compras (www.gob. pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2555123-1Aprueban modificación de treinta (30) Fichas Técnicas del rubro productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT) RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000122-2026- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 15 de septiembre del 2026 VISTOS: Informe Nº 000278-2026-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 27 de agosto de 2026, emitido por la Dirección de Estandarización; el Memorando N° 000267-2026-PERÚ COMPRAS-DETN y el Informe N° 000053-2026-PERÚ COMPRAS-DETN-UFTN, ambos de fecha 12 de agosto de 2026 y emitidos por la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa; el Informe N° 000288-2026-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 09 de septiembre de 2026, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público. Constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el numeral 96.1 del artículo 96 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025- EF (en adelante, el “Reglamento”), dispone que mediante subasta inversa electrónica se contratan bienes y servicios comunes que cuenten con fi cha técnica. La utilización del procedimiento de selección puede ser opcional u obligatoria conforme lo determine Perú Compras en el documento que aprueba la referida fi cha; Que, los numerales 264.3 y 264.4 del artículo 264 del Reglamento establecen que los requerimientos de bienes y servicios que cuenten con fi cha técnica se contratan mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica; y, que Perú Compras, al aprobar o modi fi car una fi cha técnica, puede disponer que el uso del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica no sea obligatorio, habilitando así a las entidades contratantes a utilizar el procedimiento de selección que corresponda; Que, el numeral 6 del Anexo I. De fi niciones del Reglamento señala que, “ son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan, siendo que la naturaleza de los mismos les permite cumplir sus funciones sin requerir de otros bienes o servicios conexos, por ende está en capacidad de desarrollar las mismas como una unidad. ”; Que el numeral 8.3 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la gestión de la lista de fi chas técnicas”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048- 2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, la “Directiva”) establece que, la Dirección de Estandarización implementa actividades de sostenimiento para mantener actualizado el Listado de Fichas Técnicas (LFT), asimismo, menciona que se ejecutan las siguientes actividades para el sostenimiento del Listado de Fichas Técnicas (LFT): a) Revisión del Listado de Fichas Técnicas; b) Monitoreo de documentos Técnicos de referencia; y, c) Evaluación de alertas. Asimismo, señala que, la revisión del Listado de Fichas Técnicas (LFT) se ejecuta con una periodicidad anual, mediante la evaluación integral del contenido