Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (18/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2026 El Peruano / INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN Designan Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Instituto Tecnológico de la Producción RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000182-2026-ITP/DE San Isidro, 17 de setiembre de 2026 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Resolución Ejecutiva N° 000038-2026-ITP/DE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora FANY JANET SOTELO MARCOS en el puesto de con fi anza de Jefa de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Instituto Tecnológico de la Producción. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente resolución en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI Director Ejecutivo (e) 2555776-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000196-2026- SUNAFIL A solicitud de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, se publica Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 000196-2026-SUNAFIL, publicada en la edición extraordinaria del día 10 de setiembre de 2026. - En el Artículo 1.- ; DICE: “(…)Designar, a partir del 10 de setiembre de 2026, a la señora LORENA MERCEDES ALZOLA CUEVA (…)”DEBE DECIR: “(…)Designar, a partir del 11 de setiembre de 2026, a la señora LORENA MERCEDES ALZOLA CUEVA (…)” 2555865-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Modifican el “Reglamento para la Implementación de lo Establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que Establece los Derechos de las Personas Usuarios de los Servicios de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2015-SA” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000165-2026- SUSALUD/SUP Lima, 17 de septiembre del 2026VISTOS: El Memorándum Nº 001755-2026-SUSALUD/ SAREFIS de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, el Informe Nº 000817-2026-SUSALUD/ INA de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, y el Informe Nº 000388-2026-SUSALUD/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS); Que, con el objetivo de establecer los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, se promulga la Ley Nº 29414, Ley que Establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud, el cual modi fi ca el artículo 15 de la Ley Nº 26842, Ley General de la Salud, estipulando que toda persona tiene derecho al acceso a los servicios de salud, al acceso a la información, a la atención y recuperación de la salud, y al consentimiento informado; Que, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarios de los Servicios de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2015-SA, corresponde al Decano Nacional del Colegio Profesional correspondiente, comunicar por medio escrito a SUSALUD, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de haber quedado fi rme, la resolución que impone la sanción a sus agremiados. Asimismo, se