NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (18/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 208
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 40
40 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2026 El Peruano / de las Fichas Técnicas vigentes al 31 de diciembre del ejercicio anterior, conforme al Cronograma de Actividades que aprueba la Dirección de Estandarización, el cual se publica en la sede digital de Perú Compras hasta el 31 de julio de cada año; Que, el numeral 8.3.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, la Dirección de Estandarización mediante informe recomienda a la Jefatura de Perú Compras, la modi fi cación de la Ficha Técnica, en atención a los siguientes supuestos: “a) La variación de la información consignada en la Ficha Técnica sustentada en los documentos técnicos de referencia o en la homogeneización realizada por las entidades públicas, asegurando que no cambie la condición de bien o servicio común (…) b) Mejoras en la presentación de la información contenida en la Ficha Técnica identi fi cada en el sostenimiento del Listado de Fichas Técnicas, para coadyuvar a una mejor comprensión de dichos instrumentos.” ; Que, el numeral 8.3.11 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, la Jefatura de Perú Compras, a través de Resolución Jefatural, aprueba la modi fi cación de las Fichas Técnicas del bien o servicio en el Listado de Fichas Técnicas (LFT) publicado en la Pladicop y en la sede digital de Perú Compras; Que, a través del Informe N° 000278-2026-PERÚ COMPRAS-DE, la Dirección de Estandarización recomienda aprobar la modi fi cación de treinta (30) Fichas Técnicas del rubro productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT), al veri fi car que los bienes mantienen la condición de bien común; asimismo, sustenta que las modi fi caciones propuestas responden a la actualización de la información contenida en los registros sanitarios vigentes, a las necesidades de las entidades usuarias y a la uniformización de dichos instrumentos de estandarización, sin alterar el alcance, la naturaleza ni las características esenciales de los bienes, por lo que corresponde que su contratación continúe realizándose obligatoriamente mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica; Que, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, mediante el Informe N° 000053-2026-PERÚ COMPRAS- DETN-UFTN, remitido a través del Memorando N° 000267-2026-PERÚ COMPRAS-DETN, emitió opinión técnica respecto de la propuesta de modi fi cación de treinta (30) Fichas Técnicas, concluyendo que los bienes evaluados presentan demanda y potencial pluralidad de oferta en el mercado; asimismo, señala que las modi fi caciones propuestas corresponden a ajustes de forma orientados a la adecuación de las Fichas Técnicas a los registros sanitarios vigentes homogeneizados y a la uniformización de su redacción y contenido, sin impactar en la existencia de potencial oferta en el mercado; Que, mediante Informe N° 000288-2026-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modi fi cación de treinta (30) Fichas Técnicas correspondientes al rubro de productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT), conforme a lo propuesto; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), aprobado por el Decreto Supremo N° 066-2025-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de treinta (30) Fichas Técnicas del rubro productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Fichas Técnicas (LFT), las cuales se encuentran contenidas en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la contratación de bienes comprendidos en las Fichas Técnicas modi fi cadas continúe realizándose de manera obligatoria mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización que realice la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop). Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución Jefatural, así como los documentos aprobados en el artículo primero, en la sede digital de la Central de Compras Públicas - Perú Compras (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras 2555124-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar inversión a favor de la Municipalidad Distrital de San Gabán RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000206-2026-DV-PE Mira fl ores, 17 de septiembre del 2026 VISTO:El Memorando Nº 002266-2026-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que detalla la Inversión, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”;