Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 1998 (24/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

I.ima, jueves 24 de setiembre de 1998

cf')krmaru, Pag. 164285
03 PARTICIPACIONENRENTAS DE ADUANAS Corresponde a los ingresos que deben recibir los Pliegos Presupuestarios, conforme a Ley, por las rentas recaudadas por las aduanas maritimas, aereas y postal del pais. Incluye el rendimiento financiero asi como los saldos de ejercicios anteriores. 04 CONTRIBUCIONES A FONDOS Considera los recursos provenientes de los aportes obligatorios efectuados por los trabajadores de acuerdo a la normatividad vigente, asi como los aportes obligatorios realizados por los empleadores al regimen de prestaciones de salud del Seguro Social del Peru. Asimismo, considera las transferencias de recursos que por disposicion legal constituyen fondos para reservas previsionales. Incluye el rendimiento financiero asi como los saldos de ejercicios anteriores. 07 FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL Comprende los ingresos provenientes del rendimiento del Impuesto de Promocion Municipal, Impuesto al Rodaje e Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. 08 OTROS IMPUESTOS MUNICIPALES Son los tributos a favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestacion directa de la Municipalidad al contribuyente. Dichos tributos son los siguientes: a) b) c) dl el f) g) h) Impuesto Predial Impuesto de Alcabala Impuesto al Patrimonio Automotriz Impuesto a las Apuestas Impuestos a los Juegos Impuesto a los Espectaculos Impuesto a los Casinos de Juegos Impuesto de Promocion Municipal MORDAZA de MORDAZA y Frontera i) Impuesto de Promocion Adicional O9RECURSOSDIEWCTAMENTERECAUDADOS Comprende los ingresos generados por las Entidades Publicas y administrados directamente por estas, entre los cuales se puede mencionar Rentas de la Propiedad, Tasas, Venta de Bienes y Prestacion de Servicios, entre otros; asi como aquellos ingresos que le corresponde de acuerdo a la normatividad vigente. ll RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO Comprende los recursos provenientes de operaciones de credito de fuente interna efectuadas por el Estado. 12 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO Comprende los recursos de fuente externa provenientes de operaciones de credito efectuadas por el Estado con instituciones, organismos internacionales y gobiernos extranjeros, asi como las asignaciones de Lineas de Credito. 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Comprende los recursos financieros no reembolsables recibidos por el Gobierno provenientes de agencias internacionales de desarrollo, gobiernos, instituciones y organismos internacionales, asi como de otras personas naturales o juridicas domiciliadas o no en el pais. Se consideran las transferencias provenientes de las Entidades Publicas y Privadas sin exigencia de contraprestacion alguna.

Municipalidad Distrital y Distrito Capital), MORDAZA de Financiamiento, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto, Modalidad de Aplicacion y Especifica del Gasto. Una vez culminado el procedimiento establecido en el Articulo 16" de la presente Directiva, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) es promulgado mediante Resolucion de Alcaldia, de acuerdo al Modelo N" 2 "Resolucion de Aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ejercicio Presupuestario 1999". Plazo para la aprobacion de los Presupuestos Municipales de Apertura Articulo 23".- La aprobacion y promulgacion de los Presupuestos Institucionales de Apertura de los Gobiernos Locales se efectua en un plazo que no excede el 31 de diciembre de 1993, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal, debiendo adjuntarse a la citada resolucion, los Formatos A-l, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6Ay A-7 asi como la Exposicion de Motivos (desarrollado en el Modelo N" 1). Remision de los Presupuestos Municipales de Apertura consolidados a Nivel Provincial Articulo 24".- Los Alcaldes Distritales remiten sus presupuestos aprobados, un (1 I original y dos (2) copias a la Municipalidad Provincial a la cual se vinculan geograficamente, a mas tardar el 10 de enero de 1999, debiendo adjuntarse los Formatos A-l, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A y A-7. Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, ala Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, bajo responsabilidad, el Presupuesto Institucional de Apertura, consolidado a nivel Provincial, utilizando para dicho tin los Formatos A-2, A-4 y el Anexo N" 9, a mas tardar el 31 de enero de 1999. Adicionalmente, remiten a los precitados organos, los Formatos A-l, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A y A-7 de cada una de las Municipalidades Distritales que integran la provincia (incluido el Distrito Capital), con las correspondientes Resoluciones Aprobatorias y Exposiciones de Motivos, dentro del plazo senalado en el parrafo precedente. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico solo acepta los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) que se remitan a traves de la respectiva Municipalidad Provincial,quedando enla condicion de omisas aquellas Municipalidades Distritales que remitan su PIA directamente ala citada Entidad. ANExoN" CLASIFICADOR DE MORDAZA DE FINANCIAMIENTO PARA 1999 1. RECURSOS PUBLICOS OO RECURSOS ORDINARIOS Corresponden a los ingresos provenientes de la recaudacion tributaria y otros conceptos, los cuales no estan vinculados a ninguna entidad y constituyen recursos disponibles de libre programacion; incluyendose los recursos provenientes de la venta de Empresas del Estado. Asimismo, comprende los recursos por la monetizacion de productos, entre los cuales se considera la donacion en alimentos otorgada por el Gobierno de los Estados Unidos, a traves de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) - Ley Publica W 480. 01 CANON Y SOBRECANON Corresponde a los ingresos que deben recibir los Pliegos Presupuestarios, conforme a Ley, por la explotacion de recursos naturales. Incluye el rendimiento financiero asi como los saldos de ejercicios anteriores.

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