Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 1998 (24/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 24 de setiembre de 1 WX

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do, toda vez que las reparaciones efectuadas a las observaciones hechas por la Directora de la institucion se efectuaron a los 4 meses de conocida la situacion, por lo cual existe negligencia de parte del ex servidor en el cumplimiento de sus funciones. Ademas existe una deuda pendiente de SI. 114.37 (Ciento Catorce y 37/100 nuevos soles) por conceptos de llamadas no oficiales de larga distancia. Ademas, se ha verificado que el ex Delegado Administrativo hizo uso indebido del fondo para pagos en efectivo al haber cancelado multas, moras e intereses al IPSS por un monto de S/. 319.20 (Trescientos Diecinueve y 20/100 nuevos soles); Que, durante el presente MORDAZA el servidor procesado ha ejercido su derecho de defensa presentando su descargo escrito en el cual manifiesta que el contrato suscrito con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA estaba bajo la supervision directa de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Division Medico Legal, por razones de ubicacion e interes. Asimismo, al requerimiento del contratista MORDAZA MORDAZA de la culminacion de los trabajos de refaccion del Instituto de Medicina Legal, se constituyeron con el Fiscal Superior Decano a la sede de la institucion para verificar las obras efectuadas para lo cual se basaron en el presupuesto que tenia el contratista por carecer de la MORDAZA del contrato, levantando la correspondiente acta de recepcion de trabajos de refaccion, instalacion y pintado del instituto, firmando dicha Acta el Fiscal Superior Decano, el contratista y el suscrito como secretario del Decano. Pero posteriormente, la Directora de la Division Medico Legal con Oficio N" 177-96-MP-FN-DIL-Cusco, le comunica de las deficiencias en las instalaciones de agua de la llave principal de la morgue asi como algunas filtraciones por efecto de una fuerte granizada, por lo que procedio a requerir de inmediato al contratista MORDAZA MORDAZA para que reparara dichas deficiencias, requerimiento que cumplio en su totalidad suscribiendose el acta de entrega de las observaciones efectuadas en la refaccion y acondicionamiento de la Division Medico Legal del MORDAZA, suscrito entre el Fiscal Superior Decano, la Directora de la Division Medico Legal, el contratista MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Jefe de obras MORDAZA MORDAZA Molina. Sin embargo con fecha 10 de MORDAZA de 1996 con Oficio N" 309-96.MP-IMLDML-Cusco la Directora de la Division Medico Legal remite al Fiscal Superior Decano la MORDAZA de la MORDAZA que habia suscrito con el capataz del contratista mediante el cual les da a conocer que se estaban reparando o salvando las observaciones que la mencionada habia efectuado a los referidos trabajos, por lo que se constituyeron con el Fiscal Superior Decano a la sede de la Division Medico Legal para verificar la conclusion de los trabajos, suscribiendose el acta de entrega de las observaciones efectuadas, con la participacion del Fiscal Superior Decano, la Directora de la Division Medico Legal, el contratista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el capataz MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el suscrito en su condicion de secretario del Fiscal Superior Decano,. dandose por concluida la refaccion, arreglos y acondicionamiento o estipulado con la conformidad del Fiscal Superior Decano y de la Directora de la Division Medico Legal. Referente a la deuda que se le atribuye de S/. 1'14.37 nuevos soles por concepto de llamadas no oficiales de larga distancia, manifiesta que en la oficina que tenia a su cargo funcionaba la Sexta Fiscalia Provincial Penal y el personal de dicha Fiscalia efectuaba llamadas larga distancia y al final de cada mes pagaban por las llamadas realizadas; es asi que las llamadas que se le atribuyen facturadas en los meses de junio y MORDAZA al momento de su renuncia dio a conocer que habian deudas pendientes de pago por llamadas no oficiales de las diferentes Fiscalias, las mismas que habian sido canceladas con el fondo para pagos en efectivo. En cuanto al uso indebido de la suma de SI. 319.00 nuevos soles del fondo para pagos en efectivo, expresa que dicha suma se pago al Instituto Peruano de Seguridad Social por intereses y moras por la no cancelacion oportuna de los descuentos y de las aportaciones a dicha institucion por parte del Ministerio Publico, debido a que los cheques llegaron con retraso; es mas con Resolucion de Gerencia Central de Personal N" 005-97-MP-GECRE de fecha 23 de MORDAZA de 1997 se le levanta responsabilidad economica sobre este hecho;

Que, de lo expuesto, se colige que el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Delegado Administrativo del Distrito Judicial del MORDAZA, ha incurrido en falta de caracter administrativo al haber transgredido los Articulos: 21" mcisos al y b) y 28" incisos d) y f) del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por Decreto Legislativo N" 276 y Articulo 150" del Decreto Supremo No 005-90PCM Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, por no haber salvaguardado los intereses de la institucion, no aportando su descargo elemento MORDAZA que desvirtue la negligencia cometida; Contando con las visaciones de los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA y Cuarta Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley N" 26623 y sus ampliatorias Leyes N"s. 26695 y 26738, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico aprobado por Resolucion N 03596-MP-FN-CEMP modificado por Resolucion N" 335-9%MP-CEMP, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Disciplinarios y sus modificatorias, Articulo 170" del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM, con el informe emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las facultades delegadas por el Titular del Pliego en merito al Articulo 1" de la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Publico N" 121.97-SE-TP-CEMP: SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Delegado Administrativo del Distrito Judicial del MORDAZA, la sancion administrativa deTREINTICINCO (35) dias de cese temporal sin goce de remuneraciones, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion ala Gerencia Central del Personal, Auditoria Interna,, Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y al interesado para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Personal la notificacion de la presente resolucion, debiendo remitir a la Presidencia de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios el cargo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MUNO Gerente General 10912

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Designan fiscales para que presten apoyo durante movilizacion estudiantil en prevencion de actos que afecten el orden publico
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO W 63598-MP-CEMP
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MORDAZA, 23 de setiembre de 1998

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