Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 1998 (24/09/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N" 544-9%VII-RPNPSEC de fecha 22 de setiembre de 1998 cursado por el senor General PNP MORDAZA R. Gamero Febres, Jefe de la VII Region de la Policia Nacional del Peru, solicitando la designacion de Fiscales de la Fiscalia de Prevencion del Delito de MORDAZA para el dia miercoles 23 de setiembre de 1998 con motivo de la marcha estudiantil y movilizacion convocada por el Comite Civico Patriotico de la Juventud 4 de Junio y estando al Acuerdo N" 4741 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion ordinaria de fecha 23 de setiembre de 1998 con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada, no se encuentra presente por motivo de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes NS. 26623, 26695 y 26738; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA Santacruz MORDAZA, Fiscal Provincial de la Trigesima Novena Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA de turno el 23 de setiembre de 1998 para que con el apoyo de los doctores MORDAZA MORDAZA de Vicuna MORDAZA Grentz Ibanez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Julita MORDAZA Napan, Fiscales Provinciales de la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA, y doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Colonia, Fiscales Adjuntos Provinciales de la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA, intervengan de acuerdo a sus atribuciones con motivo de los hechos a los que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La doctora MORDAZA MORDAZA Santacruz MORDAZA, Fiscal Provincial de la Trigesima Novena Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA de turno el 23 de setiembre de 1998. de existir indicios de la comision de ilicitos penales procedera conforme a sus atribuciones. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la resente resolucion al senor General PNP MORDAZA R. EI amero Febres, Jefe de la VII Region de la Policia Nacional del Peru, al Fiscal Superior encargado de la gestion de gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA y a los Fiscales designados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo Provisional-Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 10903

MORDAZA, jueves 24 dc setiembre de I998 -

VISTO Y CONSIDERANDO: La Resolucion Administrativa N" 744-CME-PJ de fecha 22 de setiembre de 1998 y publicada en la fecha en el Diario Oficial El Peruano expedida por la Comision Ejecutiva del Poder Judicial y considerando que en la comision de delitos tributarios y aduaneros ;se vienen produciendo un concurso de MORDAZA penal que guardan relacion entre si en lo que el Estado resulta ser agraviado en los delitos previstos y enados en los Capitulos V, VI del Titulo V, Capitu Po III Seccitin Primera del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal, por lo que es necesario que tanto en la investigacion como en el juzgamiento de los procesados incursos en los ilicitos penales mencionados se debe ampliar las facultades de los Fiscales Especializados en los Delitos Tributarios y Aduaneros; y estando al Acuerdo N" 4742 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de fecha 23 de setiembre de 1998, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada, no se encuentra presente por motivo de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N"s. 26623, 26695 y 26738; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar las facultades de la Tercera Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros? Fiscalia Superiqor en lo Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, Fiscalia Provincial en lo Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros que despacha la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscalias Provinciales en lo Penal y Mixtas de Tacna-Moquegua. MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA para que conozcan en adicion a sus funciones y atribuciones tambien de los delitos previstos y enados en los Capitulos V, VI del Titulo V, Capitulo 1 P1 Seccion Primera del Titulo XVIII y Capitulos 1, II, y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal. Articulo Segundo.- La Fiscalia Superior en lo Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros conocera: 1. De los recursos de apelacion contra las resoluciones emitidas por los Juzgados Especializados en delitos previstos en los Capitulos V y VI del Titulo V, Capitulo III, Seccion 1 del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal. 2. De las quejas de derecho, de la contienda de competencia promovida entre los Juzgados Penales Especializados en delitos a los que se contrae la presente resolucion y los otros juzgados y demas asuntos que le corresponda conforme a ley. 3. Participara en el juzgamiento oral de los delitos previstos en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Las Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos Tributarios y Aduaneros que tengan a su cargo los procesos por los delitos previstos en los Capitulos V y VI del Titulo V, Ca itulo III, Seccion 1 del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III ael TituloXIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal conoceran: de las investigaciones de los procesos penales previstos en el Articulo Primero de la presente resolucion con las facultades y tramites senalados por ley y demas asuntos que le corresponda conforme a ley. Articulo Cuarto.- Cuando se trate de causas con reo en carcel la Fiscalia Superior y Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos Tributarios y Aduaneros que conozcan de los delitos a que se refiere la presente resolucion se constituira a los Establecimientos Penitenciarios de la Republica a efettos de llevar a cabo las diligencias propias del MORDAZA penal en los que participen los encausados, garantizando los principios de defensa, celeridad y publicidad del juicio oral. Articulo Quinto.- La Mesa de Partes Unica y Centralizada de las Fiscalias Suprema y Superior en lo Penal -

Amplian facultades de fiscalias supre ma, superior y provincial en lo penal especializada en delitos tributarios y aduaneros
RESOLUCION DE LA COMISION EJFXUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO N" 636-98-MP-CEMP MORDAZA, 23 de setiembre de 1998

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.