Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2000 (25/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

AUTORIDAD QUE IMPUGNATIVOS Direccion Regional DNA DVM

N° AUT. X 8 Oficina de Administracion Documentaria del MIPE o Direccion Regional de Pesqueria DNA Direccion Regional de Pesqueria

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

Pag. 188446

REQUISITOS

PAGO DERECHOS TRAMITE

CALIFICACION EVALUACIONEN POS. NEG.

PLAZO INICIA DIAS

DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE APRUEBA RESUELVE RECUR. TRAMITE TRAMITE

47 Certificacion para la importacion de nauplios, post-larvas y reproductores de langostinos (Penaeus spp); Artemia, poliquetos y otros invertebrados en cualquier estadio biologico y forma de MORDAZA con fines de acuicultura; asi como crustaceos vivos o muertos con destino al consumo humano directo, a excepcion de los enlatados.

1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Acuicultura o Direccion Regional de Pesqueria correspondiente, adjuntando el Formato N° 25, la misma que se presentara 8 dias MORDAZA de la fecha de importacion. 2.- Declaracion jurada, comprometiendose a alcanzar dentro de los seis (6) dias de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o patologico, emitido por la Entidad Oficial del MORDAZA de origen, el mismo que consignara que los especimenes o productos materia de la importacion se encuentran libres de agentes patogenos causantes de las enfermedades denominadas de la "Mancha MORDAZA (WSSV) y de la "Cabeza Amarilla" (YHV), especificando que en las pruebas realizadas y los resultados obtenidos se ha utilizado prioritariamente la tecnica de la PCR (Reaccion en Cadena de la Polimerasa), en el primer caso. 3.- Declaracion jurada, comprometiendose a alcanzar dentro de los seis (6) dias de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o patologico nacional, emitido por la Autoridad Competente o laboratorios autorizados por el Ministerio de Pesqueria, donde se senale que con el uso de la tecnica de la PCR, para el caso de la "Mancha Blanca", se ha determinado que los especimenes, productos o subproductos de las especies de crustaceos u otros, se encuentran libres de agentes virales causantes de las llamadas enfermedades "Mancha Blanca" y de la "Cabeza Amarilla". 4.- MORDAZA del pago por derecho de tramite. 0.05 UIT 5.- MORDAZA de pago por servicios de Inspeccion Tecnica a efectuarse por la Direccion Nacional de Acuicultura o Direccion Regional de Pesqueria,de acuerdo a su jurisdiccion.(1) 0.05 UIT TOTAL 0.10 UIT X 15 Oficina Adm . Doc. MIPE o Direccion Regional o SubRegional de Pesqueria DNA Direccion Regional de Pesqueria Direccion Regional DNA DVM

48 Certificacion para la importacion o introduccion de especies con fines de acuicultura, con Certificado Ambiental del EIA (solo para el caso de introduccion de especies).

NORMAS LEGALES

1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Acuicultura o Direccion Regional de Pesqueria correspondiente, adjuntando el Formato N° 25, la misma que se presentara 15 dias MORDAZA de la fecha de importacion. 2.- Declaracion jurada, comprometiendose a alcanzar dentro de los diez (10) dias de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o patologico, emitido por la Entidad Oficial del MORDAZA de origen. 3.- MORDAZA del pago por derecho de tramite. 0.05 UIT 4.- MORDAZA de pago por servicios de Inspeccion Tecnica a efectuarse por la Direccion Nacional de Acuicultura o Direccion Regional de Pesqueria,de acuerdo a su jurisdiccion.(1) 0.05 UIT TOTAL 0.10 UIT

NOTA: EIA: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. DIA: DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL. PAMA:PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL. CTAR: CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL. (A) = AUTORIZACION. (C) = CONCESION. (1) MONTO APLICABLE A MORDAZA - CALLAO POR DIA/INSPECTOR. SI LA INSPECCION SE EFECTUARA FUERA DE MORDAZA Y CALLAO, EL INTERESADO DEBERA ADEMAS SUFRAGAR LOS GASTOS DE TRASLADO. SI SE EFECTUARA DIA MORDAZA O FERIADO, EL COSTO SE INCREMENTARA EN UN 50%.

UNIDAD ORGANICA: DIRECCION DE MEDIO AMBIENTE

49 Certificacion Ambiental de los estudios ambientales y MORDAZA de Verificacion de Implementacion. X 45 Of. De Adm. Documentaria del MIPE DIREMA DIREMA DVM

°Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de las actividades pesqueras y acuicolas. (G)

MORDAZA, MORDAZA 25 de junio de 2000

1.- Solicitud dirigida a la Direccion de Medio Ambiente. 2.- Estudio de Impacto Ambiental (EIA), dos ejemplares elaborado por una Consultora registrada y habilitada en el MIPE. 3.- MORDAZA de pago por derecho de tramite. 4.- MORDAZA de pago por servicios de Inspeccion Tecnica, para la verificacion

0.10 UIT

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