Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2000 (25/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

Pag. 188478

NORMAS LEGALES
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

MORDAZA, MORDAZA 25 de junio de 2000

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2000
Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS PAGO DE DERECHO AU TOMA TI CO X
S/. 10.00 S/. 50.00 X S/. 10.00 S/. 50.00 X S/. 10.00 S/. 30.00 X S/. 10.00 S/. 30.00 X S/. 10.00 S/. 50.00 Oficina de Tram. Docum. Secretaria General Comision Permanente de Evaluacion Pleno del C.N.M. Oficina de Tram.Docum. Comision de procesos disciplinarios Pleno del C.N.M. Oficina de Tram.Docum. Secretaria Tecnica Secretaria General Pleno del C.N.M. Reconsidecion Oficina de Tram.Docum. Secretaria General Secretario General No Oficina de Tram.Docum. Secretaria General Secretario General No

CAL. PRE PO SI TI VO NE GA TI VO

NO RE GU LA DO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Y ETAPAS

NIVEL DE AUTORIDAD QUE APRUEBA

RE CUR SOS

1

MORDAZA Certificada de Acta de Juramentacion de Jueces y Fiscales
MORDAZA Certificada de Resolucion de Nombramiento MORDAZA de piezas del expediente de Procesos Disciplinarios (por cada diez paginas) MORDAZA Certificada de Postulacion

Solicitud del Titular Formulario (FUT) Recibo de pago de derechos
Solicitud del titular Formulario (FUT) Recibo de pago de derechos Solic. del interesado Formulario (FUT) Recibo de Pago de derechos Solic.del interesado Formulario (FUT) Recibo de pago de derecho Solicitud Formulario (FUT) Carpeta de postul. Documentacion de acuerdo al Reglamen. Recibo de pago de derechos: Vocal y Fiscal Supremo Vocal y Fiscal Superior Juez Especializado y Fiscal Provincial Juez de Paz Letrado y Fiscal Provincial Adjunto Solic. del interesado Formulario (FUT) MORDAZA de pago de derechos Solicitud Formulario (FUT) Prueba documental MORDAZA de pago de derechos Solic. del interesado Formulario (FUT) MORDAZA de pago de derechos Solicitud Formulario (FUT) Solicitud Formulario (FUT) MORDAZA de pago de derechos MORDAZA de pago de derechos

2

3

4

Secretario General

No

5

Postular a plaza de Magistrado o Fiscal

20% UIT 15% UIT 10% UIT 10% UIT X S/. 10.00 S/. 50.00 X S/. 10.00

Pleno del C.N.M.

No

6

Solicitud para senalar dia hora y local para prestar juramento, en fecha diferida. Tacha contra postulantes

Oficina de Tram.Docum. Secretaria General Presidente C.N.M. Of. Tram. Doc. Secretaria Tecnica de Seleccion y Nombramiento Conocimiento del postulante Presidencia Of. Tramite Document. Secretaria General Presidente del C.N.M. Of. Tramite Document. Secretaria General Presidente del C.N.M. Oficina de Tramite Doc. Presidencia Comision de Proc. Disc.

Presidente del C.N.M.

No

7

Pleno del C.N.M.

No

S/. 50.00 S/. 10.00 S/. 30.00 X

8

MORDAZA Certificada de otros documentos (por cada 10 paginas)

Presidente del C.N.M.

No

9

Solicitudes

X S/. 10.00 S/. 10.00 S/. 50.00 Segun MORDAZA de actividad X X

Presidente del C.N.M.

No Reconsidecion

10

Queja contra Magistrados Supremos

Pleno del C.N.M.

11

Exposicion de Charlas y Seminarios Atencion Bibliografica Especializada a terceros con acceso a consulta de disposiciones legales Fotocopias

Secretaria General Presidente del C.N.M. X Of. Tramite Document. Secretaria General Of. Tramite Document.

Pleno del C.N.M.

No

12

Solicitud Formulario (FUT) Por cada pagina

S/. 10.00 S/. 0.50

Secretaria General

No

NOTA.- (FUT) FORMULARIO UNICO DE TRAMITE ESTE FORMULARIO SE ADQUIERE EN TESORERIA DE LA INSTITUCION.

7226

SBS
Aprueban normas prudenciales para operaciones con subsidiarias y otras empresas del grupo economico
RESOLUCION SBS Nº 436-2000 MORDAZA, 23 de junio del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General, en su Articulo 203º senala que se debe evitar la concentracion de riesgos que se produce cuando se realizan operaciones con personas juridicas que conforman un mismo grupo economico; Que, por lo tanto resulta necesario establecer el tratamiento prudencial que debe aplicarse a las operaciones que se realizan entre empresas que conforman un mismo grupo economico;

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