Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2000 (25/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 25 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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El presente permiso de pesca tendra vigencia hasta el cumplimiento del plazo indicado, o una vez alcanzada la cuota de captura adjudicada. Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo precedente queda sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a las Bases del Concurso Publico de Ofertas Nº 01-2000-PE, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 3º.- La eficacia de la presente Resolucion y el inicio de las operaciones de pesca de las embarcaciones pesqueras calamareras citadas en el Articulo 1º de la presente RESOLUCION DIRECTORAL Nº 166-2000-PE/DNE MORDAZA, 23 de junio del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00182002 con escritos del 12, 14 y 20 de junio del 2000, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru de los armadores japoneses IFD CORPORATION y MASUTOMI SUISAN, KABUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), se autorizo por Resolucion Ministerial Nº 157-2000-PE la convocatoria a Concurso Publico de Ofertas Nº 01-2000-PE, para la operacion de barcos calamareros, resultando de dicho MORDAZA la recurrente adjudicataria de un esfuerzo de pesca de 655 tonelaje neto de un total de 10,780 tonelaje neto adjudicadas, al que corresponde una cuota de captura total de 61,000 toneladas metricas del recurso calamar gigante o pota; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras calamareras "CHOKYU MARU Nº 18" y "YUKO MARU Nº 10" de 345 TN y 310 TN respectivamente, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; EMBARCACION CHOKYU MARU 18 YUKO MARU 10 TN INTERN 345 310 CAPAC. DE ALMAC. (M3) 956.10 1,003.43 INDICATIVO INTERNAC. JMDA JBLX

Resolucion, esta condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, despues de efectuada la inspeccion tecnica correspondiente y de la instalacion del sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de las referidas embarcaciones. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 7253 Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 212-2000PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 157-2000-PE y 1592000-PE, las Bases del Concurso Publico de Ofertas Nº 012000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa SIETE MARES S.A.C representante legal en el Peru de los armadores japoneses IFD CORPORATION y MASUTOMI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa.

SISTEMA DE PRESERV. CONGELADO CONGELADO

ARTE DE PESCA POTERA POTERA

VIGENCIA DEL PERMISO DE PESCA 25.6.2000-25.9.2000 25.6.2000-25.9.2000

El presente permiso de pesca tendra vigencia hasta el cumplimiento del plazo indicado, o una vez alcanzada la cuota de captura adjudicada. Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo precedente queda sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a las Bases del Concurso Publico de Ofertas Nº 01-2000-PE, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 3º.- La eficacia de la presente Resolucion y el inicio de las operaciones de pesca de las embarcaciones pesqueras calamareras citadas en el Articulo 1º de la presenRESOLUCION DIRECTORAL Nº 170-2000-PE/DNE MORDAZA, 23 de junio del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00190002 con escritos del 13, 16 y 21 de junio del 2000, presentado por la empresa PERUJAP S.A.C., representante legal en el Peru de los armadores japoneses OGI ENYO GYOGYO SEISAN KUMIAI, SHICHIGAHAMA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, OKANUMA GYOGYOBU, MARUMI SUISAN KABUSHIKI KAISHA y OOURA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), se autorizo por

te Resolucion, esta condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, despues de efectuada la inspeccion tecnica correspondiente y de la instalacion del sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de las referidas embarcaciones. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 7254 Resolucion Ministerial Nº 157-2000-PE la convocatoria a Concurso Publico de Ofertas Nº 01-2000-PE, para la operacion de barcos calamareros, resultando de dicho MORDAZA la recurrente adjudicataria de un esfuerzo de pesca de 1,677 tonelaje neto de un total de 10,780 tonelaje neto adjudicadas, al que corresponde una cuota de captura total de 61,000 toneladas metricas del recurso calamar gigante o pota; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras calamareras "GENYO MARU Nº 25", "RYOEI MARU Nº 68", "CHOKO MARU Nº 88", "CHOYO MARU Nº 5" y "DAIAN MARU Nº 178" de 348 TN, 354 TN, 293 TN, 333 TN y 349 TN respectivamente, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 216-2000-

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