Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2000 (25/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Se define: PEBP1 = PEBF1 = Donde: PEBP0 * FPME + CBPSE PEBF0 * FPME + CBPSE

NORMAS LEGALES
Donde: (7) (8) FPPT

MORDAZA, miercoles 25 de octubre de 2000

PPL

PEBP0 :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, definido. PEBF0 :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. PEBP1 :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, por determinar. PEBF1 :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar Los cargos por transmision (CPSEE y CBPSE) son aplicables en la formacion de los precios en MORDAZA entre generador y distribuidor y se encuentran definidos en la Resolucion Nº 004-2000 P/CTE y sus modificatorias. B) Precios en MORDAZA de Potencia de Punta Los Precios en MORDAZA de Potencia de Punta seran el resultado de multiplicar los Precios en MORDAZA de la Potencia de Punta en la Subestacion de Referencia por el respectivo Factor de Perdidas Marginales de Potencia (FPMP). Se define: PPB1 Donde: PPB0 PPB1 :Precio en MORDAZA de la Potencia en Horas de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Potencia en Horas de Punta, por determinar. = PPB0 * FPMP (9)

: Factor de Perdidas marginales de Potencia por Transformacion. En caso de no existir la transformacion el valor de FPPT es igual a 1,0. : Perdidas marginales de Potencia por Transmision, en %/km.

2.2.2 Para la S.E.B. MORDAZA (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Perdidas Marginales de Potencia FPMP se encuentra definido en la Resolucion Nº 004-2000 P/ CTE y sus modificatorias. Los valores de FPET, FPPT, PEL, PPL y C, son los fijados en la Resolucion Nº 004-2000 P/CTE y sus modificatorias. 3 GRAVAMENES E IMPUESTOS Las tarifas del presente pliego, o sus reajustes de acuerdo a las formulas de actualizacion del Articulo MORDAZA, no incluyen impuestos o tributos que MORDAZA de cargo de los clientes. Articulo Segundo.- Fijase las Formulas de Actualizacion de las Tarifas en MORDAZA para los suministros a que se refiere el Articulo 43º, inciso c) de la Ley de Concesiones Electricas, segun lo siguiente: 1 FORMULAS DE ACTUALIZACION TARIFARIA De acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 46º y 52º de la Ley de Concesiones Electricas, las tarifas obtenidas segun los procedimientos definidos en el Articulo Primero de la presente Resolucion, seran actualizadas utilizando las siguientes formulas de actualizacion. Los factores FACBPST, FACBPSL, FAPCSPT y FACBPSE y sus correspondientes formulas de reajuste son los fijados en la Resolucion Nº 004-2000 P/CTE y sus modificatorias. 1.1 ACTUALIZACION DEL PRECIO DE POTENCIA DE PUNTA A NIVEL GENERACION (PPM) PPM1 FAPPM FTC FTA FPM = = = = = PPM0 * FAPPM a * FTC * FTA + b * FPM TC / TCo (1,0 + TA) / (1,0 + TAo) IPM / IPMo a 0,757 0,757 b 0,243 0,243 (1) (2) (3) (4) (5)

En todos los casos las empresas deberan verificar que los costos por transmision no excedan los limites denominados costos de conexion directa, de acuerdo con las Condiciones de Aplicacion fijadas en el numeral 4, Articulo Primero, de la Resolucion Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias. 2 FACTORES DE PERDIDAS MARGINALES POR TRANSMISION

2.1 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE ENERGIA (FPME) Se define: 2.1.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. MORDAZA (Luz del Sur y Edelnor) FPME = FPET * (1 + PEL/100 * L) Donde: FPET :Factor de Perdidas marginales de Energia por Transformacion. En caso de no existir la transformacion el valor de FPET es igual a 1,0. :Perdidas marginales de Energia por Transmision, en %/km. :Longitud de la linea de transmision, en km. (10)

Sistema S.I.C.N. S.I.S.

Para la actualizacion de los precios de potencia en los sistemas aislados se utilizara el valor resultante del factor FAPEM correspondiente que se senala en el numeral 1.2 siguiente (FAPPM=FAPEM). Donde: PPM0 = Precio de Potencia de Punta, publicada en la presente Resolucion, en S/./kW-mes. PPM1 = Precio de Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. FAPPM = Factor de Actualizacion del Precio de Potencia de Punta FTC = Factor del MORDAZA de Cambio. FTA = Factor de la Tasa Arancelaria. FPM = Factor del Precio al Por Mayor. TC = Valor de referencia para el dolar de los Estados Unidos de Norteamerica, determinado por el valor promedio para cobertura de importaciones (valor venta) calculado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, cotizacion de oferta y demanda - MORDAZA de cambio promedio ponderado o el que lo reemplace. Se tomara en cuenta el valor venta correspondiente al ultimo dia habil del mes anterior, publicado en el Diario Oficial El Peruano.

PEL L

2.1.2 Para la S.E.B. MORDAZA (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Perdidas Marginales de Energia FPME se encuentra definido en la Resolucion Nº 004-2000 P/CTE y sus modificatorias. 2.2 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE POTENCIA (FPMP) Se define: 2.2.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. MORDAZA (Luz del Sur y Edelnor) FPMP = FPPT * (1 + PPL/100 * L) (11)

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