Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2000 (25/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 25 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar, disponer la inscripcion de valores y/o registro de prospectos derivados de tramites anticipados; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion de los valores correspondientes a las series A y B, de los Bonos Backus - MORDAZA Emision de UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A., hasta por el monto equivalente a Veinticinco Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 25 000 000,00), y el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La oferta publica de los bonos a que se refiere el articulo anterior, debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el Articulo 25º y, de ser el caso, en el Articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocacion de los bonos a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los Articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- El registro y la inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a UNION DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A.; a Citibank N.A. Sucursal de MORDAZA, en su calidad de entidad estructuradora; a Citicorp Peru S.A. SAB, en su calidad de agente colocador y de representante de los obligacionistas; a CAVALI ICLV S.A., y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NOBLECILLA MORDAZA Gerente General (e) 12236

Que, el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, creo la Oficina de Normalizacion Previsional ONP- como la entidad encargada de administrar centralizadamente el Sistema Nacional de Pensiones, asi como otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, estando a lo dispuesto en el Articulo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 04895-EF, el Jefe de la ONP podra delegar la representacion de la Institucion a fin de proteger los intereses del Sistema Nacional de Pensiones y llevar una adecuada administracion de todos los sistemas previsionales a cargo de la ONP; Que, se requiere delegar facultades de representacion ante las autoridades policiales, municipales y administrativas en los Coordinadores en provincias, para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; Que, siendo funcion de la ONP realizar las acciones de control, revision, verificacion y fiscalizacion de aportes y derechos pensionarios; es necesario delegar en los Coordinadores Departamentales las facultades de inspeccionar en las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra; asimismo, es necesario otorgarles facultades para solicitar informacion y plantear reclamos ante los Bancos que participan en el MORDAZA de pago de pensiones; Que, por Resolucion Jefatural Nº 117-2000-JEFATURA/ONP, se otorgaron facultades a los Coordinadores Departamentales de los diferentes departamentos, a fin de que ejerzan la representacion de la ONP ante las autoridades policiales, municipales y administrativas, asi como para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; con capacidad para inspeccionar las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra; Que, la mencionada Resolucion Jefatural tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2000; Que, por necesidades del servicio, resulta conveniente - segun corresponda - otorgar y renovar las facultades a los diversos Coordinadores Departamentales de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323; en el inciso f) del Articulo 4º, Articulo 7º y la Primera Disposicion Complementaria del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y elevado a rango de Ley por el Articulo 17º de la Ley Nº 26504; en el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONP aprobado por la Resolucion Suprema Nº 048-95-EF, y de conformidad con la Resolucion Suprema Nº 075-97-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar, a partir de la fecha, a las personas que a continuacion se mencionan, las facultades establecidas en el Articulo 2º de la presente Resolucion:
NOMBRE 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. MAGNA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA TRIVENO TRIVENO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GORDALIZA MORDAZA MORDAZA CASANA ALENCASTRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUCOS MORDAZA ROSSANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERAMENDI BALCAZER MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MACHICADO CHAPARRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEPARTAMENTO AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ICA MORDAZA / PASCO LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUR - CANETE MORDAZA NORTE - MORDAZA MORDAZA MORDAZA / TACNA MORDAZA / TUMBES

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Otorgan a coordinadores departamentales facultades para apersonarse ante entidades financieras y autoridades policiales y administrativas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 171-2000-JEFATURA/ONP MORDAZA, 5 de octubre de 2000

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