Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2001 (19/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL CUSCO; VISTO: El Oficio Nº 187-2001-CTAR-C-PEPMI-DE de fecha 26 de MORDAZA de 2001, por el que la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Plan de Mejoramiento de Riego en la MORDAZA y MORDAZA PLAN MERISS INKA, solicita la aprobacion de exoneracion de procesos de seleccion; y, CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Plan de Mejoramiento de Riego en la MORDAZA y MORDAZA PLAN MERISS INKA, en su condicion de organismo dependiente de la Direccion Superior del CTAR MORDAZA, conforme al Articulo 29º del Reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, mediante el documento del VISTO, solicita aprobacion de la exoneracion de procesos de seleccion para la ejecucion de la obra "Construccion de la Presa Soctaccocha" en el distrito de Kishuara del departamento de Apurimac; Que, de acuerdo al inciso a) del Articulo 19º el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, procede la exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa en las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia establecidos por el Reglamento; Que, la exoneracion, de conformidad a los Articulos 106º y 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se refiere exclusivamente al MORDAZA de seleccion para la adquisicion o contratacion de bienes, servicios o ejecucion de obras entre dos Entidades del Estado, y debe estar sustentada en un informe tecnicoeconomico emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, que detalle o muestre: - Que la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del mercado; - Que en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado; y - Que la adquisicion o contratacion resulta tecnicamente idonea y viable; Que, de la revision de los antecedentes, se tiene que obran en el expediente, los siguientes documentos: Informe Tecnico Economico para Alquiler de Maquinaria para Presa Soctaccocha, trasuntada en el Memorandum Nº 067/2001-CTAR-C-PEPMI-DT del 18 de MORDAZA de 2001, emitido por el Director Tecnico del PLAN MERISS INKA, Ing. MORDAZA MORDAZA Murillo; el Informe Nº 38-2001-PEPMI-CTAR-C-AJ del 19 de MORDAZA de 2001, emitido por el abogado Williams Padovani Dalguerre, Asesor Juridico del PLAN MERISS INKA; y, el Oficio Nº 47-2001-CTAR CPEPMI/OAI del 26 de MORDAZA de 2001, que contiene la opinion de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Organo de Auditoria Interna del PLAN MERISS INKA, de lo que se establece que se ha cumplido con el requisito establecido por la normatividad vigente para fines de la exoneracion solicitada; Que, las adquisiciones y contrataciones exoneradas se efectuan mediante el MORDAZA DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA, siendo de aplicacion lo dispuesto por el Articulo 105º del mismo dispositivo, y ademas la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara la dependencia y organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion, considerando ademas que los contratos suscritos al MORDAZA de la exoneracion, no admiten subcontratacion ni cesion de derechos o de posicion contractual; Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se establece que las exoneraciones, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, facultad que a merito del Articulo 114º del Reglamento, se constituye en indelegable, por lo que procede la aprobacion de la Exoneracion al MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de Bienes y Servicios solicitada por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial PLAN MERISS INKA, para la obra "Construccion de la Presa Soctaccocha" en el distrito de Kishuara del departamento de MORDAZA, debiendo observarse ademas, las formalidades legales establecidas por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias; Estando al Memorandum Nº 067/2001-CTAR-C-PEPMI-DT de 18 de MORDAZA de 2001, emitido por el Director Tecnico del PLAN MERISS INKA, Informe Nº 38-2001-

PEPMI-CTAR-C-AJ de 19 de MORDAZA de 2001, emitido por el Asesor Juridico del PLAN MERISS INKA, Oficio Nº 472001-CTAR-C-PEPMI/OAI de 26 de MORDAZA de 2001 emitido por la Jefe del Organo de Auditoria Interna del PLAN MERISS INKA, y al Informe Nº 162-2001-CTAR-CUSCO7GRAJ, emitido por la Gerencia Regional de Asesoria Juridica del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA y, con las visaciones de la Gerencia Regional de Administracion y la Secretaria Tecnica del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco; De conformidad a la Ley Nº 26922, al Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y con las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 1352000-PRES; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa para la contratacion de Alquiler de Maquinaria entre entidades del sector publico, a favor del Proyecto Especial Plan de Mejoramiento de Riego en la MORDAZA y MORDAZA PLAN MERISS INKA, para la ejecucion de la obra "Construccion de la Presa Soctaccocha" en el distrito de Kishuara del departamento de Apurimac. Articulo Segundo.- ENCARGAR, la adquisicion o contratacion exonerada, a la Direccion Ejecutiva del PLAN MERISS INKA, cuya ejecucion debe realizarse en estricta observancia a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias. Articulo Tercero.- Disponer, que el Proyecto Especial beneficiario, se encargue de las acciones inherentes al cumplimiento de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision. Articulo Cuarto.- Disponer, que la Secretaria General del CTAR MORDAZA, transcriba la presente Resolucion con las copias de los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, en el termino de diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Presidente Ejecutivo CTAR MORDAZA 23654

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Autorizan la realizacion de matrimonio civil masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2001-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 10 de MORDAZA de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, tiene como uno de sus principales objetivos; en el MORDAZA social, promover la consolidacion de la familia como nucleo basico de la estructura social; Que, es politica de la actual administracion promover la regularizacion de las uniones de hecho; formalizando la sociedad conyugal y por ende contribuyendo a la integracion social y la solidez de la institucion familiar; Estando a lo senalado, y de conformidad a lo estipulado en el Codigo Civil, Art. 233º y la Constitucion Politica del Estado, Art. 4º y estando a lo opinado por la Direccion de Servicios Sociales, la Direccion Municipal;

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