Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2001 (19/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 203006
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2001

Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del Matrimonio Civil Masivo, en el distrito de San MORDAZA de Porres, como parte de la celebracion del 51º Aniversario de la Creacion Politica del distrito, a realizarse el dia 20 de MORDAZA del 2001. Articulo Segundo.- Senalar como requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil, lo siguiente: 1.- Partida de Nacimiento original de ambos, con una vigencia de 1 ano para MORDAZA y Callao y de 6 anos para provincias. 2.- MORDAZA de L.E. o DNI fedateada, de ambos y de sus dos testigos. 3.- Certificado Medico Prenupcial extendido por la Municipalidad. 4.- MORDAZA de Consejeria de Prevencion contra el SIDA. Articulo Tercero.- De conformidad con el Art. 252º del Codigo Civil, se dispensa a los contrayentes de la publicacion del Aviso Matrimonial. Articulo Cuarto.- Establecer como pago unico por todo concepto, la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 nuevos soles) por Acta Matrimonial. Articulo Quinto.- Mantengase los demas requisitos exigidos cuando se trate de menores de edad, viudos, divorciados y extranjeros. Articulo Sexto.- Determinar que la celebracion del PRIMER MATRIMONIO CIVIL MASIVO - 2001 se realizara el MORDAZA 20 de MORDAZA del 2001 en el horario de 11.00 a.m. en el frontis del Palacio Municipal de San MORDAZA de Porres. Articulo Setimo.- Todo egreso que ocasione el acto sera con cargo al Presupuesto del ano y a traves del apoyo de Instituciones y/o Empresas, responsabilizando a la Direccion de Servicios Sociales, el desarrollo del evento senalado. Articulo Octavo.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, a la Division de Registros Civiles, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Articulo Noveno.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional y Corporativa la publicacion y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 23723

Articulo Tercero.- Los vecinos que incumplan lo dispuesto por el presente Decreto se haran acreedores a las sanciones establecidas en el Reglamento de Aplicacion y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Direccion de Servicios Comunales. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 23721

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de beneficios tributarios a que se refieren la Ordenanza Nº 10-2001-MDSM y el D.A. Nº 09-2001MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 15-2001-MDSM San MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 10-2001-MDSM del 30 de marzo del 2001, publicada el 2 de MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo la Amnistia Tributaria que dispuso la condonacion de intereses, sanciones y recargos y reajustes por la deuda tributaria del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondiente a los ejercicios 1999 al 2000 inclusive; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 09-2001-MDSM se prorrogo el plazo de la Amnistia Tributaria hasta el 15 de MORDAZA del ano 2001, y se amplio los alcances de esta Ordenanza incluyendose las deudas por concepto de Tasa de Licencia de Funcionamiento pendientes hasta el 31 de diciembre de 1999 y las deudas por multas tributarias; asimismo las multas administrativas cualquiera sea su estado de cobranza seran rebajadas en un 50% del monto insoluto de las mismas, siempre que se encuentren pendientes de pago al 29 de marzo del ano 2001; Que, los contribuyentes han manifestado su intencion y voluntad de pago por lo que resulta pertinente incentivar a los interesados en realizar al pago de sus obligaciones con la Municipalidad, para que cumplan con su obligacion en forma atenuada, esto es sin intereses, moras, ni recargos; Que, de conformidad con el Articulo MORDAZA de la Ordenanza referida, se faculta a la Alcaldia para reglamentar la misma via Decreto de Alcaldia; En atencion a los considerandos MORDAZA expuestos y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese el plazo para el beneficio de amnistia otorgado por la Ordenanza Nº 10-2001MDSM, modificada por el Decreto de Alcaldia Nº 09-2001MDSM hasta el 30 de junio del ano 2001. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Direccion de Rentas, Imagen, Unidad de Administracion Documentaria e Informatica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 23722

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2001-MDSMP San MORDAZA de Porres, 16 de MORDAZA de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el dia 22 de los corrientes se celebrara el 51° Aniversario de Creacion Politica del distrito de San MORDAZA de Porres; Que, es tradicion de los vecinos de esta comuna el respeto y la participacion en los actos civicos conmemorativos de un ano mas de MORDAZA Institucional de la Municipalidad que los represente, por ende, es necesario dar el MORDAZA de solemnidad que amerita tan magna fecha; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el EMBANDERAMIENTO general del distrito de San MORDAZA de Porres, del 18 de MORDAZA al 25 de MORDAZA del 2001, incluyendose en esta disposicion a todos los predios, MORDAZA privados o publicos de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- Disponer que los predios senalados en el articulo precedente deberan estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada de los mismos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.