Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2001 (19/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Aprueban la "Guia para el Usuario: Elaboracion del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0433-2001-AG MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Oficio Nº 486-2001-INRENA-J-DGMAROAJ-OP, del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26744, Ley de Promocion del Manejo Integrado para el Control de Plagas, en su Articulo 5º, prohibe el uso, fabricacion e importacion de todos los productos agroquimicos elaborados en base a los ingredientes activos que contengan Lindano, Parathion Etilico y Parathion Metilico y, los demas registrados, que para el inicio del ano 2000 no cuenten con un Estudio de Impacto Ambiental, aprobado por la autoridad competente; Que, el Articulo 11º del Reglamento de la Ley de Promocion del Manejo Integrado para el Control de Plagas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-AG, dispone que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, en coordinacion con el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Autoridad Ambiental del Sector Agrario, establecera los procedimientos necesarios y, complementariamente, aquellos que aseguren la evaluacion del riesgo ambiental y el plan de manejo ambiental, ambos componentes del Estudio de Impacto Ambiental; Que, el Articulo 76º del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, establece que la responsabilidad de la evaluacion inherente al Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA recae en el Ministerio de Agricultura a traves del SENASA en los aspectos agronomicos, de verificacion de especificaciones tecnicas, residuos en productos agropecuarios, e INRENA en los aspectos ambientales; Que, el Articulo 77º del precitado Reglamento, dispone que SENASA basara su decision, de otorgar o no el Registro Nacional de un Plaguicida Quimico de Uso MORDAZA, en los Informes Tecnicos: Agronomico, Toxicologico y Ambiental, emitidos por los entes responsables de la evaluacion y en la opinion sustentada de especialistas que MORDAZA convocados para asesorar en la materia, segun el caso lo requiera y cuando SENASA lo estime necesario; Que, el Anexo 11 del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, establece los lineamientos generales del Plan de Manejo Ambiental, requisito establecido en el Anexo 2 inciso 11.3.2.4. Informe de Evaluacion del Riesgo y Plan de Manejo Ambiental del Producto, de dicho Reglamento; Que, el Articulo 8º de la Resolucion Ministerial Nº 0476-2000-AG, establece agregar al Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA el Anexo 12 Evaluacion del Riesgo Ambiental; Que, en aplicacion de las normas mencionadas, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a traves de la Direccion General de Medio Ambiente Rural, ha elaborado, revisado y concluido la "Guia para el Usuario: Elaboracion del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola", documento que tiene como objetivo dar lineamientos conceptuales, tecnicos y procedimientos administrativos que debe seguir el titular del registro para la MORDAZA del Estudio del Riesgo Ambiental (evaluacion del riesgo ambiental y plan de manejo ambiental) parte integrante del expediente tecnico del producto a registrarse, a ser evaluado por la autoridad ambiental del Sector Agrario; Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2000AG, faculta al Ministerio de Agricultura para que mediante Resolucion Ministerial, dicte las disposiciones complementarias y/o modificatorias que fueren necesarias para la aplicacion del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola; y, De conformidad con la Ley Nº 26744, los Decretos Supremos Nºs. 008-2000-AG y 016-2000-AG, asi como el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;

Articulo Unico.- Aprobar la "Guia para el Usuario: Elaboracion del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola", la misma que en anexo forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 23736 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 026-2001-AG Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 026-2001-AG, publicado en nuestra edicion del dia 18 de MORDAZA de 2001, en la pagina 202891. DICE: Decreto Supremo Nº 026-2001-AG DEBE DECIR: Decreto Supremo Nº 027-2001-AG 23720

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 158-2001-EF/15 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 093-2001-EF, se aprobo la reestructuracion organizativa institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, mediante el cual se modifica la Estructura Organica del Viceministerio de Economia; Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 071-2001EF dispone que mediante Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas se aprobara la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03, en lo concerniente a los organos dependientes del Viceministro de Economia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/ 13.03, en lo concerniente a los organos dependientes del Viceministro de Economia, segun se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Dejar sin efecto los Articulos 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º y 15º, asi como los correspondientes a los organos de linea que dependen del Viceministro de Economia del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 y sus modificatorias. Articulo 3º.- La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico desarrollara las funciones de la Oficina de Inversiones, creado por el Decreto Legislativo Nº 790, las que se le hayan asignado en el MORDAZA de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica -Ley Nº 27293-, su Reglamento y demas normas complementa-

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