Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2001 (27/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2001

la Municipalidad Distrital de Ate, que Resuelve, aprobar la Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Vias de Regularizacion para Uso de Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 10,000.00 m2 constituido por la Parcela "A" con frente al MORDAZA interior que formo parte del Fundo "La Estrella", ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de Ate y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estara a cargo de los interesados en un plazo MORDAZA de 30 dias de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 24169

ORDENANZA MUNICIPAL "REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES SOCIALES Y/O FESTIVAS NO REGULARES" CAPITULO I: Objetivo, Finalidad y Alcance Articulo Primero.- OBJETIVO.- Garantizar el respeto a los derechos de los vecinos del Distrito de Barranco y la preservacion de la limpieza, ornato, seguridad y la tranquilidad de los vecinos y de las propiedades publicas y privadas del distrito. Articulo Segundo.- FINALIDAD.- Determinar las condiciones y requisitos para aquellas actividades sociales y/o festivas no regulares, que generan ingresos economicos para el organizador o propietario del inmueble y que requieran obtener el permiso para su realizacion. Articulo Tercero.- ALCANCE.- La presente ordenanza es de aplicacion y cumplimiento de todas las personas naturales y juridicas de la jurisdiccion de Barranco. CAPITULO II Actividades CON FINES DE LUCRO sujetas a permiso Articulo Cuarto.- Para los efectos del presente reglamento, entiendase por actividad social y/o festiva no regular sujeta a obtener el permiso para su realizacion, aquellas actividades con fines de lucro siguientes: - Kermesse, tombolas, gimkanas y similares. - Eventos, festivales y similares. - MORDAZA sociales lucrativas. - MORDAZA o reuniones sociales en inmuebles destinados a vivienda que se alquilen para tales fines. - Otros, no incluidos, que determinen una actividad lucrativa por reuniones no frecuentes. Articulo Quinto.- Todas las personas naturales o juridicas, responsables de la organizacion y realizacion de un evento, con fines de lucro, deberan solicitar el permiso correspondiente, el cual sera solidariamente responsable con el propietario y/o conductor del inmueble donde se desarrolla la actividad. Asimismo, las sanciones administrativas inherentes al incumplimiento de las normas municipales y el presente reglamento, se aplicaran solidariamente al propietario y/o inquilino donde se efectua el evento. Articulo Sexto.- Procedimiento para obtener el permiso de las actividades con fines de lucro. Los Interesados que deberan obtener el permiso para la realizacion de su evento y a que se refiere el Articulo anterior, presentaran una solicitud dirigida a la Municipalidad de Barranco, en un plazo de 72 horas MORDAZA de la realizacion de la actividad, adjuntando lo siguiente: - MORDAZA simple del documento de identidad del solicitante y/o propietario o conductor del inmueble donde se efectuara el evento. - Declaracion Jurada de cumplimiento a las condiciones y normas municipales. - Recibo de pago por derecho de tramite del permiso. Articulo Septimo.- Tramite para expeditar el permiso. La Oficina de Tramite Documentario remitira en el dia la solicitud a que se refiere el Articulo anterior, a la Division de Autorizaciones Urbanas DAU, la cual emitira opinion tecnica sobre la procedencia, en un plazo no mayor de 24 horas, remitiendo su propuesta a la Direccion de Desarrollo Urbano. La Direccion de Desarrollo MORDAZA, con la opinion favorable de la DAU, extendera el permiso solicitado en un plazo no mayor de 24 horas de recibido el documento y la entregara por intermedio de la Oficina de Tramite Documentario, MORDAZA de la realizacion del evento. En caso de que la administracion se exceda del plazo de 72 horas a que se refiere el Articulo MORDAZA, se tendra por otorgado el permiso aplicando el silencio administrativo positivo. De existir denegatoria expresa, podra interponerse los recursos impugnatorios contemplados en la Ley de Procedimientos Administrativos Las copias de los permisos otorgados seran archivados por la Direccion de Desarrollo MORDAZA y la Oficina

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Reglamento de las Actividades Sociales o Festivas no regulares
ORDENANZA Nº 060-MDB Barranco, 11 de MORDAZA del 2001 LA ALCALDESA DE BARRANCO Por cuanto: El Concejo Distrital de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus miembros, y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reconoce en sus Articulos 191º y 192º, la autonomia politica, economica y administrativa de las Municipalidades en los asuntos de su competencia y establece que corresponde al Concejo la funcion normativa; Que, el Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, senala que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, es politica de la actual gestion municipal la de hacer respetar el bienestar y los derechos de los vecinos y proteger la propiedad publica y privada del distrito, asi como, garantizar la limpieza, el ornato, la seguridad y la tranquilidad publica y combatir los ruidos molestos y nocivos, durante la realizacion de los eventos o actividades sociales en la jurisdiccion; Que, existen en el Distrito de Barranco, inmuebles cuya modalidad de realizar reuniones particulares con fines de lucro y/o inmuebles destinados a vivienda que son alquilados para la realizacion de MORDAZA o reuniones, constituyen una actividad no permanente susceptible de regulacion por parte de la administracion municipal, por cuanto, su realizacion genera una actividad no regular por parte de los propietarios o conductores y que determina un mayor costo del presupuesto municipal para mantener la limpieza, el ornato, la seguridad y la tranquilidad publica MORDAZA, durante y despues de la realizacion de las reuniones sociales o festivas no frecuentes y, a su vez, motivan reiteradas quejas de los vecinos de la circunscripcion; Que, corresponde a las municipalidades reglamentar las actividades sociales o de recreacion no lucrativas que se realizan en la jurisdiccion, asi como, el otorgar los permisos para la realizacion de las actividades sociales o festivas no regulares que tienen finalidad de lucro o en inmuebles alquilados para tal fin, aprobo la siguiente:

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