Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2001 (27/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2001

Dicho documento debe ser visado por el Titular del Pliego, o su delegado, y el Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion o el que haga sus veces del Pliego. Responsabilidades del Titular del Pliego Articulo 18º.- Es responsabilidad del Titular del Pliego lo siguiente: (a) Determinar los Objetivos Generales para el Ano Fiscal 2002. (b) Aprobar la Escala de Prioridades para el Ano Fiscal 2002. (c) Disponer las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Directiva Responsabilidades de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces del Pliego y de las Oficinas de Presupuesto de las Unidades Ejecutoras Articulo 19º.- Es responsabilidad de las Oficinas de Planificacion y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces del Pliego y de la Oficina de Presupuesto de la Unidad Ejecutora, segun sea el caso, lo siguiente: (a) Prestar la asesoria tecnica que requiera el Titular del Pliego para una correcta determinacion de los Objetivos Generales y la Escala de Prioridades. (b) Mantener una actitud proactiva y participativa en las reuniones de coordinacion institucional que se celebren para la determinacion de los diferentes objetivos. SECCION II : PROPUESTA DE METAS PRESUPUESTARIAS Objeto de la Propuesta de Metas Presupuestarias Articulo 20º.- Las Metas Presupuestarias, son los productos cuantificables y medibles que tienen por finalidad conocer el grado de avance en el logro de los Objetivos Institucionales del Pliego. Por tanto, las Metas Presupuestarias que se propongan, durante la Fase de Formulacion, deben contribuir al logro de los Objetivos Institucionales determinados por el Pliego para el Ano Fiscal 2002. Caracteristicas de las Metas Presupuestarias Articulo 21º.- Las Metas Presupuestarias18 constituyen los resultados fisicos a lograr como consecuencia de la Gestion Presupuestaria del Pliego para el Ano Fiscal 2002. Dichos resultados deben reunir las siguientes caracteristicas: - Razonables; deben ser factibles de ser cumplidas teniendo en cuenta los recursos asignados. - Claras; deben encontrarse claramente definidas y diferenciadas a fin de evitar confusion en los productos esperados. - Controlables; deben ser susceptibles de ser medidas. SECCION III: PREVISION DE GASTOS Objeto de la Prevision de Gastos Articulo 22º.- La Prevision de Gastos tiene por objeto recabar, evaluar y consolidar la informacion relativa a la magnitud de los gastos que el Pliego debera asumir para el mantenimiento y operatividad de los servicios y funciones que desarrolla de acuerdo a su Mision y dentro del MORDAZA de los

Objetivos Institucionales establecidos para el Ano Fiscal 2002. Pautas para la Prevision de Gastos Articulo 23º.- Los Pliegos Presupuestarios en la prevision de gastos deberan considerar los lineamientos senalados en el Articulo 7º de la presente Directiva, asi como las siguientes pautas: (a) La Oficina de Administracion u Organo de Apoyo que haga sus veces de cada Unidad Ejecutora del Pliego, debe informar a la Oficina de Presupuesto u organo equivalente de la respectiva Unidad Ejecutora -bajo responsabilidad de su titular organico- el monto de los gastos de caracter operativo que la Unidad Ejecutora requiere para su funcionamiento, debiendo expresar dicha informacion a nivel de Grupo Generico de Gasto. Dicho monto debe contemplar los gastos por concepto de tarifas de servicios basicos (alquiler, luz, agua, telefono, correo, etc.), de racionamiento, combustible y carburantes asi como los relativos a utiles de oficina, servicios no personales, servicios prestados por personas juridicas, seguros y otros gastos imprescindibles que son necesarios para la operatividad del Pliego, de acuerdo a las funciones y servicios que desarrolla y presta, con excepcion de los gastos de personal e inversion (Estudios, Obras y Supervisiones). (b) Las Oficinas de Administracion u Organo de Apoyo que haga sus veces de cada Unidad Ejecutora solicitan a cada Unidad Organica de la misma, la informacion a que se refiere el literal (a) del presente articulo, a traves de un Cuadro de Necesidades, para su consolidacion y remision a la Oficina de Presupuesto u Organo equivalente de la Unidad Ejecutora. El Formato del Cuadro de Necesidades es elaborado por la Oficina de Administracion u Organo de Apoyo que haga sus veces de cada Unidad Ejecutora, y es utilizado por las unidades organicas para prever el monto aproximado de su demanda de gasto. (c) La Oficina de Personal o la que haga sus veces en cada Unidad Ejecutora del Pliego, debe informar a la Oficina de Presupuesto u organo equivalente de la

18 Glosario de Terminos del Sistema de Gestion Presupuestaria del Estado Resolucion Directoral Nº 007-99-EF-76.01 Meta Presupuestaria: Es la expresion concreta, cuantificable y medible que caracteriza el(los) producto(s) final(es) de las Actividades y Proyectos establecidos para el Ano Fiscal. Se compone de tres (3) elementos, a saber: (i) Finalidad (Precision del objeto de la meta). (ii) Unidad de Medida (magnitud a utilizar para su medicion). (iii) Cantidad (el numero de Unidades de Medida que se espera alcanzar). La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de analisis- puede mostrar las siguientes variantes: a) Meta Presupuestaria de Apertura: Es la Meta Presupuestaria considerada en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). b) Meta Presupuestaria Modificada: Es la Meta Presupuestaria cuya determinacion es considerada durante un Ano Fiscal. Se incluye -en este concepto- a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas metas que se adicionen durante el Ano Fiscal. c) Meta Presupuestaria Obtenida: Es el estado situacional de la Meta Presupuestaria a un momento dada. Como resultado de la aplicacion de los Indicadores Presupuestarios, la Meta Presupuestaria Obtenida se califica como Meta Cumplida o Meta Ejecutada, de acuerdo a las siguientes definiciones: - Meta Presupuestaria Cumplida: Es la Meta Presupuestaria cuyo numero de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar (Cantidad), se ha cumplido en su totalidad. - Meta Presupuestaria Ejecutada: Es la Meta Presupuestaria cuyo numero de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar (Cantidad), no se ha cumplido en su totalidad.

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