Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2001 (27/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2001

g) Verificar que las Metas Presupuestarias que presenten las Unidades Ejecutoras guarden coherencia con las Actividades y Proyectos determinados en la Fase de Formulacion, asegurandose que la informacion presentada por estas, faciliten la ejecucion y evaluacion de su respectivo Presupuesto. h) Supervisar que la propuesta de la Unidad Ejecutora se enmarque dentro de los montos distribuidos por el Titular del Pliego en base a la Asignacion Presupuestaria Total, a que se refiere el Articulo 26º de la presente Directiva. i) Una vez realizada la supervision a que se refiere el literal precedente, consolidara y remitira el Proyecto de Presupuesto Institucional del Pliego a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, previa aprobacion del Titular del Pliego. "Informe Sustentatorio de la Propuesta del Presupuesto Institucional 2002" Articulo 42º.- Los Pliegos Presupuestarios, deben remitir -en el plazo senalado en el Articulo 37º de la presente Directiva- el "Informe Sustentatorio de la Propuesta de Presupuesto Institucional 2002", estructurado de la siguiente manera: a) Resumen del Plan Estrategico Institucional 2002 2006 a nivel de Objetivos Estrategicos Institucionales (Anexo Nº 02) b) Objetivos Institucionales de Corto Plazo Ano Fiscal 2002 (Anexo Nº 03) c) Escala de Prioridades para el Ano Fiscal 2002 (Anexo Nº 04) d) Detalle por Partidas Especificas - Recursos Directamente Recaudados (Formato 1). e) Ingresos y gastos provenientes de Recursos por Operaciones Oficiales de Credito y Donaciones. (Formato 2) f) Proyectos de Inversion por Ejecucion Presupuestaria Indirecta (Contrato o Convenio), (Formato 3). g) Ficha Descriptiva de la Actividad (Anexo Nº 06). h) Ficha Descriptiva del Proyecto a nivel de Componente (Anexo Nº 07). i) Comparativo de PEAS y planillas por niveles - Personal Activo (Formato 4). j) Comparativo de PEAS y planillas por niveles - Pensionistas (Formato 5). k) Informacion de Personal de las Direcciones de Educacion, (Formato 6)28 . l) Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y Presupuesto Analitico de Personal (PAP). m) Diskettes y Reportes (Articulo 38º de la presente Directiva). La informacion referida en los puntos a) y b), deberan ser remitidas a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en diskette de 3.5 de alta densidad (1.44 MB) y en el procesador de texto WORD. Autorizacion de nuevos codigos presupuestarios Articulo 43º.- Los codigos adicionales a los contemplados en el Clasificador Funcional Programatico y Tablas de Referencia de Actividades, Proyectos, Componentes y Metas, para identificar las Categorias Presupuestarias de Actividades y Proyectos asi como los correspondientes a los Componentes, Metas Presupuestarias y los relativos a los ingresos, deben ser determinados y autorizados por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, previa solicitud de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego. Seleccion de Actividades y Proyectos por efecto de la aplicacion de Convenios Articulo 44º.- Para efectos de la seleccion de las Actividades y Proyectos, que se requieran como consecuencia de la aplicacion de Convenios de caracter Interinstitucional, se aplican las definiciones tecnicas contenidas en el Articulo 9º de la Ley Nº

27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y la presente Directiva, debiendo -por tanto- ajustarse los terminos "programas", "proyectos", "actividades", "acciones" y otras denominaciones que se establezcan, a los criterios conceptuales senalados por la normatividad presupuestaria vigente, sin perjuicio de lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 49º de la precitada Ley. Determinacion de las Unidades Ejecutoras para el Ano Fiscal 2002 Articulo 45º.- En caso se plantee la necesidad de crear una nueva Unidad Ejecutora, el Pliego propondra su creacion, a mas tardar el 15 de junio de 2001, de acuerdo a los siguientes criterios: a) Factores Geograficos. b) Nivel de Desconcentracion Administrativa de la Entidad, que incide en el grado de autonomia funcional de una determinada dependencia. c) Creacion o Fusion de Entidades. SECCION II : CONVENIO DE GESTION Articulo 46º.- Convenio de Gestion El Convenio de Gestion es un instrumento que compromete los esfuerzos del pliego presupuestario en la consecucion de sus objetivos institucionales y metas de gestion a alcanzar durante el ano fiscal 2002 en un MORDAZA de principios de eficacia, eficiencia y calidad de gestion. Los Convenios de Gestion son suscritos entre la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas y los Pliegos Presupuestarios, previa calificacion y seleccion respectiva, a fin de mejorar la cantidad y calidad de los servicios que prestan, teniendo como MORDAZA legal el Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2001. Articulo 47º.- Formulacion y ambito de aplicacion La formulacion de los Convenios de Gestion para el ano fiscal 2002, se guiara por el instructivo correspondiente que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico alcanzara en su debida oportunidad; y su ambito de aplicacion para el ano fiscal 2002 se circunscribira a las entidades que figuran en el Anexo Nº 08: "Relacion de Entidades que Formularan Convenios de Gestion para el ano 2002" de la presente directiva, suscribiendose finalmente con aquellas entidades que logren que sus propuestas MORDAZA calificadas tecnicamente como adecuadas. DISPOSICION FINAL Unica.- Las disposiciones contenidas en la presente Directiva, especialmente las que se refieran a ciertos organos estructurales o unidades equivalentes y/o personal que realice dichas funciones, de ninguna manera implica la modificacion y/o reestructuracion organica de la Entidad.

28 La informacion que se solicita, a traves del Formato 6, se orienta a conocer la poblacion de trabajadores docentes y no docentes del Sector Educacion al mes de junio de 2000.

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