Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2002 (15/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de agosto de 2002

Licencias de Conducir, se concluye que los conductores indicados en el considerando anterior, han sido sancionados anteriormente mediante la Resolucion Directoral Nº 198-2002-MTC/15.18, con suspension de sus licencias de conducir por el lapso de un (1) ano al haber infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC; Que, de lo expuesto se establece que las personas indicadas en el primer considerando se encuentran incursas en la infraccion tipificada como falta muy grave en el Articulo 317º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al obtener un duplicado de una licencia de conducir estando sus licencias de conducir suspendidas siendo pasibles a la sancion administrativa de CANCELACION de sus licencias de conducir e INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener nueva licencia de conducir, conforme lo establece el Articulo 314º concordado con el Articulo 316º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en el memorandum Nº 7362002-2002-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en el informe Nº 722-2002-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con la CANCELACION de sus licencias de conducir y con la INHABILITACION para obtener licencias de conducir por el periodo de tres (3) anos, computado a partir de la fecha de la ocurrencia, segun corresponda. Articulo Segundo.- Sin perjuicio de la publicacion de la presente resolucion la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial se encargara de notificar en forma personal a los infractores senalados en la parte considerativa de esta resolucion de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Tercero.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 14445 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 623-2002-MTC/15.18. MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0181306, 0369706, 0372506, 0318006 y 0380906, sobre infraccion al Reglamento Nacional de MORDAZA, los informes Nºs. 563, 561, 564, 560 y 562-2002-MTC/15.18.05.03.AA elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y los memorandos Nºs. 764, 767, 766, 765 y 768-2002-MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarias de la Policia Nacional del Peru, han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a las personas que se detallan lineas abajo en circunstancia en que conducian vehiculos motorizados

estando sus licencias de conducir suspendidas, cuya relacion es la siguiente:
Nº 1. 2. 3. 4. 5. APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Joe MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARCONDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fredy Erasmit LICENCIA X-029387/2B2 Q-539665/AI Q-230164/AI Z-012364/2C Q-146687/AI F. INICIO 06.03.2002 12.05.2002 19.05.2002 29.04.2002 26.04.2002

Que, de los informes tecnicos, elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir, se concluye que los conductores indicados en el considerando anterior, han sido sancionados anteriormente mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 412, 044, 090 y 405-2002-MTC/15.18, con suspension de sus licencias de conducir por el lapso de un (1) ano al haber infringido lo dispuesto en el literal C1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC; Que, de lo expuesto se establece que las personas indicadas en el primer considerando se encuentran incursas en la infraccion tipificada como falta muy grave en el literal F-4 del Articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehiculos estando sus licencias de conducir suspendidas siendo pasibles a la sancion administrativa de CANCELACION de sus licencias de conducir e INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener nueva licencia de conducir, conforme lo establece el literal F-4 del Articulo 314º concordado con el Articulo 316º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en los memorandos Nºs. 764, 767, 766, 765 y 768-2002-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en el informe Nº 718-2002-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con la CANCELACION de sus licencias de conducir y con la INHABILITACION para obtener licencias de conducir por el periodo de tres (3) anos, computado a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda. Articulo Segundo.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 14446 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 628-2002-MTC/15.18. MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 VISTOS, los informes Nºs. 551, 554, 553 y 550-2002MTC/15.18.05.03.AA sobre infraccion al Reglamento Nacional de MORDAZA elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y los memorandos Nºs. 733, 734, 735 y 732-2002MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion, Vial.

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