Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2002 (15/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de agosto de 2002

Los informes Nº 109-2002-GAF-CNM, y Nº 015- 2002SGLOG-GAF-CNM, del 26 y 24 de MORDAZA de 2002 respectivamente, remitidos por la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Subgerencia de Logistica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion Nº 008 -2002-P-CNM, de fecha 21 de enero de 2002, el Titular de Pliego aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Nacional de la Magistratura, para el ejercicio fiscal 2002; Que, conforme a los documentos de visto, ha surgido un MORDAZA requerimiento que debe ser incluido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Nacional de la Magistratura, para el periodo fiscal 2002, por tratarse de un MORDAZA de seleccion cuyo monto amerita convocarse a traves de un concurso publico; Que, el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, deberan ser aprobados por el Titular de Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, para su inclusion en el mismo; senalando ademas que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa ­ PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, a dicha aprobacion;

De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias y con lo dispuesto en el Articulo 37º de la Ley Nº 26397, "Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura" y del Reglamento de Organizacion y Funciones del CNM, aprobado con Resolucion Nº 007-2000-P-CNM, del 19 de enero de 2000; Con las visaciones del Gerente de Administracion y Finanzas, Gerente de Planificacion y Presupuesto y del Gerente de Asuntos Legales; SE RESUELVE Articulo 1º.- Aprobar la inclusion del MORDAZA de seleccion que se detalla en el anexo adjunto, como parte integrante de la presente resolucion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de la Magistratura, correspondiente al ejercicio fiscal 2002. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y a la Comision de Promocion de Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a su aprobacion Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LA HOZ MORDAZA Presidente

ANEXO Nº 01
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
NOMBRE DE LA ENTIDAD SIGLAS
N. REF MORDAZA DE MORDAZA 12 5 Servicio 8500 OBJETO CIIU

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA CNM
SINTESIS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS Programa de seguro de Asistencia Medico Familiar, para los trabajadores del Consejo Nacional de la Magistratura y sus dependientes FECHA MONEDA PROB CONV. Agosto Soles 300,000.00 Personas 69 VALOR ESTIMADO UNIDAD CANTIDAD MEDIDA

ANO : RUC :
FUENTE DE FINANC.

2002 20194484365
NIVEL DE DESCENTRALIZACION Y DESCONCENTRACION 15 01 31 Los trabajadores del CNM, son 69 y se debe incluir a sus dependientes (Conyuge e hijos) Ubigeo Depart. Prov. Dist OBSERVACIONES

Rec. Directam.

14470

JNE
Declaran infundada impugnacion contra resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Huaura que denego inscripcion del "Movimiento Independiente de Produccion Autogestionaria del Norte Chico (MIPAN)"
RESOLUCION Nº 273-2002-JNE MORDAZA, 7 de agosto de 2002 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA promotor de la organizacion politica local denominada "Movimiento Independiente de Produccion Autogestionaria del Norte Chico (MIPAN)" para el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, contra lo resuelto por el MORDAZA Electoral Especial de Huaura, presentado ante este organo electoral el 2 de agosto del ano 2002; y, oido el informe oral;

CONSIDERANDO: Que, por resolucion de fecha 22 de MORDAZA del ano 2002, el MORDAZA Electoral Especial de Huaura dispuso tener por no presentada la solicitud de inscripcion del "Movimiento Independiente de Produccion Autogestionaria del Norte Chico (MIPAN)" en el Expediente Nº 048-2002JEE-H-B, al no haberla presentado MORDAZA del vencimiento del plazo, ni pagado la tasa respectiva conforme a ley; Que, conforme lo dispone el articulo 9º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 modificada por la Ley Nº 27734, las Organizaciones Politicas y Alianzas electorales que deseen participar en el MORDAZA electoral municipal, pueden inscribirse hasta 120 dias naturales MORDAZA de la eleccion, por consiguiente, el derecho de peticion ejercido por el promotor o representante implica la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de la organizacion politica ante el organo competente esto es, el MORDAZA Electoral Especial respectivo, y dentro del plazo legal que vencio el 20 de MORDAZA del 2002, presupuesto que en autos no se ha cumplido; Que, segun lo dispone el item 1.1 del MORDAZA del MORDAZA Nacional de Elecciones, incorporado por Resolucion Nº 205-2002-JNE, los documentos para la inscripcion y regis-

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