Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2002 (15/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 15 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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tro de organizaciones politicas locales podian ser presentados ante las oficinas registrales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, debiendo comunicarse inmediatamente al MORDAZA Electoral Especial, tramite que no se ha cumplido dentro del termino de ley; Estando a lo dispuesto en el articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones N 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

Elecciones, el promotor impugnante no cumplio con formalizar la solicitud de inscripcion ante el MORDAZA Electoral Especial de Ascope, de acuerdo a lo previsto en la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 y el Item 1.1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones - MORDAZA, aprobado por Resolucion Nº 044-2002-JNE y modificado por Resolucion Nº 205-2002-JNE; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE:

Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rios; por consiguiente, confirmar la Resolucion de fecha 22 de MORDAZA del 2002 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huaura. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Unico.- Confirmar la Resolucion numero uno de fecha 23 de MORDAZA de 2002 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Ascope, que declaro improcedente la inscripcion de la organizacion politica local "Casa Grande y Anexos Juntos". Registrese, comuniquese y publiquese.

SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14465

SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14466

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Ascope que declaro improcedente inscripcion de la organizacion politica local "Casa Grande y Anexos Juntos"
RESOLUCION Nº 274-2002-JNE MORDAZA, 7 de agosto de 2002 Visto el recurso de apelacion contra la Resolucion numero uno de fecha 23 de MORDAZA de 2002 del MORDAZA Electoral Especial de Ascope, interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, promotor de la organizacion politica local denominada "Casa Grande y Anexos Juntos" del distrito de MORDAZA Grande, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, elevado a esta instancia por el mencionado MORDAZA Electoral Especial mediante Oficio Nº 064-2002-JEE/ASCOPE; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion numero uno de fecha 23 de MORDAZA de 2002, el MORDAZA Electoral Especial de Ascope declaro improcedente la inscripcion de la organizacion politica local denominada "Casa Grande y Anexos Juntos", por no haber formulado la respectiva solicitud de inscripcion ante dicho Jurado; Que, conforme lo dispone el articulo 9º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 modificada por Ley Nº 27734, la organizaciones politicas y alianzas electorales que deseen participar en el MORDAZA electoral municipal, pueden inscribirse hasta 120 dias naturales MORDAZA de la eleccion, plazo que vencio el 20 de MORDAZA del ano 2002; Que, segun se advierte de los autos, con fecha 20 de MORDAZA de 2002, el promotor de la organizacion politica "Casa Grande y Anexos Juntos" se limito a remitir por fax al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, el cargo de la solicitud a RENIEC sobre comprobacion de firmas de adherentes de su representada y la MORDAZA de recepcion respectiva emitida por dicha entidad, documentos que por corresponder a circunscripcion electoral distinta, fueron entregados al Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Ascope, conforme se consigna en el documento de fecha 22 de MORDAZA de 2002 que obra en autos; Que no obstante haber abonado, con fecha 20 de MORDAZA de 2002, la tasa correspondiente a la inscripcion de la citada organizacion politica en el MORDAZA Nacional de

Convocan a candidatos proclamado y no proclamada para que asuman cargos de MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de Yautan
RESOLUCION Nº 275-2002-JNE MORDAZA, 7 de agosto de 2002 VISTO, el Expediente Nº 654-2002 iniciado con el Oficio Nº 224-2002-MDY-A presentado el 16 de MORDAZA del 2002, por don MORDAZA Nilton MORDAZA MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de Yautan, provincia de Casma, departamento de MORDAZA, por el que comunica el fallecimiento del MORDAZA don Melicio MORDAZA Celmi; y, solicita se convoque al candidato correspondiente para cubrir dicha vacancia; CONSIDERANDO: Que, con la MORDAZA certificada del Acta de Defuncion expedida por el Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, corriente a fojas 7, se acredita que el ciudadano Melicio MORDAZA Celmi fallecio el 7 de MORDAZA del ano 2002; Que, en sesion extraordinaria de fecha 8 de MORDAZA del 2002, el Concejo Distrital de Yautan acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de don Melicio MORDAZA Celmi por fallecimiento, segun consta en el acta cuya MORDAZA obra de fojas 3 a 6; Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo establece el articulo 61º del Codigo Civil; y, de conformidad con el numeral 1) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia del cargo del MORDAZA reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que lo es el Regidor habil que le sigue en su propia lista electoral; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo se debe convocar al candidato no proclamado del "Movimiento Independiente Somos Peru", segun la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Casma; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA Nilton MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de MORDAZA del

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