Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2002 (28/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 28 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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ciones Armadas podran ser transferidos a titulo oneroso al Fondo de Vivienda respectivo, con el valor vigente que figura en el Margesi de Bienes de cada Institucion Militar, siendo requisito indispensable la opinion favorable de la Institucion y la aceptacion del Ministerio de Defensa, con la Resolucion Ministerial que se expida se perfeccionara la traslacion de dominio respectivo; Estando a lo recomendado por el Director de Economia de la MORDAZA y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferir a titulo oneroso al Fondo de Vivienda de la MORDAZA (FOVIMAR) el area de terreno de 64,648.00 m2, ubicado en la MORDAZA de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, que fuera afectado en uso a favor del Ministerio de MORDAZA actualmente Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, a merito de la Resolucion Suprema Nº 078-75-VC-5700 de fecha 17.abril.1975, la cual se encuentra inscrita en la foja 434 del tomo 40, asiento 09 en la Oficina Regional de los Registros Publicos de la Region MORDAZA, cuyos linderos y colindantes se describen en el plano de ubicacion y perimetrico con coordenadas U.T.M. y en la Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Para efectos de la transferencia del inmueble indicado en el articulo precedente que se perfecciona con la presente Resolucion, se establece que la valorizacion por metro MORDAZA, es de CATORCE Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 14.00), de acuerdo con el Margesi de Bienes de la Institucion afectada. Articulo 3º.- Autorizar al Director de Economia de la MORDAZA para que en representacion del Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, suscriba el Contrato de Transferencia y la Escritura Publica con el Director Ejecutivo del Fondo de Vivienda de la MORDAZA (FOVIMAR), asi como los demas documentos relacionados a dicho acto juridico. Articulo 4º.- Con la presente Resolucion queda perfeccionada la traslacion de dominio del inmueble senalado en el articulo 1º de la misma, por consiguiente constituye titulo suficiente para su inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de Loreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 15267

ro.2001, dispone que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, establece que las contrataciones a que se refiere la MORDAZA del considerando precedente se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; asimismo, su inciso (a) dispone que las exoneraciones seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo; Que, el inciso (2) del articulo 108º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12.febrero.2001, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM de fecha 02.julio.2001, define que la situacion de urgencia es una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, en el Informe Tecnico Nº 001-2002 de fecha 18.junio.2002, el Director de Hidrografia y Navegacion recomienda que es necesario efectuar los tramites administrativos, en el MORDAZA de la normatividad legal vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, para regularizar los trabajos de arrastre y remolque del BAP "CARRASCO", por haberse presentado la situacion de urgencia, cuyo presupuesto asciende a CINCUENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 59,000.00); Que, en el Informe Legal de fecha 20.junio.2002, el Jefe de Asesoria Legal de la Comandancia General de la MORDAZA opina que la exoneracion del MORDAZA de seleccion de contratacion de embarcaciones para labores de arrastre y remolque del BAP "CARRASCO", se enmarca en los alcances del inciso (c) del articulo 19º, articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en el inciso (2) del articulo 108º de su Reglamento, al haberse presentado una situacion de urgencia, y resulta legalmente viable la tramitacion de la Resolucion Ministerial respectiva que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para dicha contratacion; Estando a lo recomendado por el Director de Hidrografia y Navegacion y a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar, en via de regularizacion, a la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por Situacion de Urgencia, del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para la contratacion de los trabajos de arrastre y remolque del BAP "CARRASCO". Articulo 2º.- Disponer que la contratacion de los servicios para labores de arrastre y remolque del BAP "CARRASCO", dispuesto en el articulo precedente, se realice mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- El gasto de la referida contratacion ascendente a CINCUENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 59,000.00), sera con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la MORDAZA de MORDAZA del Peru - Direccion de Hidrografia y Navegacion. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como la remision de MORDAZA de la misma y los Informes Tecnico-Legal que la sustentan a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 15268

Disponen la contratacion de servicios para labores de arrastre y remolque del BAP "Carrasco" mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1365-DE/MGP MORDAZA, 20 de agosto de 2002 Visto el Oficio M.1000-1565 del Director de Hidrografia y Navegacion de fecha 27.junio.2002; CONSIDERANDO: Que, el dia MORDAZA 19.mayo.2002, en circunstancias que el BAP "CARRASCO" realizaba trabajos batimetricos, encallo cerca a la costa entre las ciudades de Camana y Ocona, hecho imprevisible, fortuito y de fuerza mayor, situacion que conllevo a que se realicen labores de arrastre y remolque de la mencionada Unidad MORDAZA hasta el Puerto del Callao; Que, el inciso (c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12.febre-

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