Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2002 (28/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 28 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- El cumplimiento de la presente resolucion no originara mayores gastos al Pliego del Poder Judicial y entrara en vigencia a partir del decimo MORDAZA dia de su publicacion. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, a disponer las acciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion, en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Oficina de Control de la Magistratura, Corte Superior de Justicia del MORDAZA y Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 15296

gado, del dieciseis al treinta de junio, el MORDAZA Juzgado; del primero al quince de MORDAZA, el Setimo Juzgado; del dieciseis al treintiuno de MORDAZA, el Primer Juzgado; del primero al quince de agosto, el MORDAZA Juzgado y del dieciseis al treintiuno de agosto el Tercer Juzgado; entonces resulta necesario establecer que los cuatro Juzgados de Paz Letrados ubicados en la avenida MORDAZA MORDAZA, deben realizar el turno correspondiente a Los MORDAZA en igual y estricto orden, via regularizacion desde el dieciseis de junio del ano en curso. Por cuyos fundamentos y en uso de las facultades conferidas al suscrito por la Resolucion Administrativa de vista y el articulo noventa, inciso tercero y noveno de la Ley Organica del Poder Judicial; la Presidencia: RESUELVE: Primero.- DISPONER en via de regularizacion al dieciseis de junio del ano en curso, que el Primero, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de San MORDAZA de Porres y Los MORDAZA realicen el turno judicial correspondiente a la parte de la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA, que no es de competencia del Modulo Basico del citado distrito, de la siguiente manera: - La primera quincena correspondera el turno el 1º J.P.L. de SMP y LO. - La MORDAZA quincena correspondera el turno el 2º J.P.L. de SMP y LO. - La tercera quincena correspondera el turno el 4º J.P.L. de SMP y LO. - La cuarta quincena correspondera el turno el 5º J.P.L. de SMP y LO. Segundo.- DISPONER en via regularizacion desde el dieciseis de junio del ano en curso que los Juzgados citados en el parrafo precedente realicen el turno indicado, sin perjuicio de continuar con el turno normal que vienen realizando. Tercero.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la Republica, OCMA, Gerencia General, Supervision de Personal, Fiscal de la Nacion, Fiscal Decano del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, Presidentes de Sala, Jueces de Paz Letrados de San MORDAZA de Porres y Los MORDAZA, ODICMA, Jefes de Mesas de Partes y de la Oficina de Administracion Distrital. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 15307

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen que juzgados de paz letrados de San MORDAZA de Porres y Los MORDAZA realicen el turno judicial correspondiente a la parte de la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA que no es de competencia del Modulo Basico
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 251-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, dieciseis de agosto del dos mil dos VISTA: La Resolucion Administrativa numero cero sesentisiete-dos mil dos-CE-PJ, publicado el doce de junio del ano en curso en el Diario Oficial El Peruano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha resuelto modificar (reducir) la competencia territorial de los organos jurisdiccionales que funcionan en el Modulo Basico de Justicia de Los Olivos. En el articulo MORDAZA de la citada resolucion, se ha dispuesto que la poblacion que no este comprendida dentro de la nueva competencia territorial del indicado organo jurisdiccional, este bajo la jurisdiccion de los cuatro Juzgados de Paz Letrados ubicados en la avenida MORDAZA MORDAZA numero novecientos ochentitres, esto es, el Primero, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de San MORDAZA de Porres y Los Olivos. Del contenido de la referida resolucion, se advierte que no se ha regulado la realizacion de los turnos de los Juzgados de Paz Letrados ubicados en la avenida MORDAZA MORDAZA, teniendo en cuenta que ahora estos seran competentes en parte de la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA, que no es de competencia del Modulo Basico citado. Sobre el particular, esta Presidencia, como MORDAZA autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con la finalidad de no afectar el normal desarrollo de la administracion de justicia, cree necesario establecer el turno que realizaran los citados Juzgados. Asimismo, teniendo en cuenta que el turno de los siete Juzgados de Paz Letrados de San MORDAZA de Porres y Los MORDAZA esta programado de la siguiente forma: del primero al quince de junio, estaba de turno el MORDAZA Juz-

Modifican turno especial para el conocimiento de acciones de Habeas MORDAZA en MORDAZA penales de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 252-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, veintiseis de agosto del dos mil dos VISTA: La Resolucion Administrativa numero cero ochenticinco-dos mil dos-P-CSJCN/PJ de fecha tres de MORDAZA del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la resolucion de vista, esta Presidencia, resolvio establecer un turno especial, para el conocimiento de las acciones de garantia de Habeas MORDAZA, a partir del tres de MORDAZA, por lo que MORDAZA Penales, tanto los

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