Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2002 (08/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2002

Que, la normatividad aplicable al caso, esta dada por el Decreto Legislativo Nº 847 en concordancia con la Resolucion Directoral Nº 044-98-EF-76.01, vigente a la fecha de inicio del Procedimiento Administrativo, que a su vez modifica el Art. 4º del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM; Que, el Decreto Legislativo Nº 847 en su Art. 1º dispone: "que las escalas remunerativas y reajustes de remuneraciones, bonificaciones, beneficios y pensiones y en general toda o cualquier otra retribucion por cualquier concepto de los trabajadores y pensionistas de los organismos y entidades del Sector Publico, excepto Gobiernos Locales y sus empresas, asi como los de la actividad empresarial del Estado, continuaran percibiendose en los mismos montos en dinero recibidos actualmente". Mientras que en su Art. 2º el mismo dispositivo legal dispone la derogatoria de todas las disposiciones legales que se le opongan; Que, en concordancia con lo previsto en la MORDAZA citada en el considerando precedente, resulta de aplicacion la Resolucion Directoral Nº 044-98-EF.76.01 que en su Art. 38º establece que: "de conformidad con lo prescrito en el Decreto Legislativo Nº 847, el monto a que asciende el beneficio dispuesto en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, es de S/. 3 780.00. En los casos de invalidez permanente y temporal, el valor de la indemnizacion excepcional se otorga con sujecion a la escala que fija el Consejo Nacional de Calificacion"; Que, la Resolucion Presidencial Nº 0013-2001 del Consejo Nacional de Calificacion de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico, venida en grado, ha sido emitida con arreglo a ley, en lo referido al monto por concepto indemnizatorio, suma ascendente a S/. 3 780.00 (tres mil setecientos ochenta nuevos soles), conforme lo previsto en la normatividad vigente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM y en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 847; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO, el Recurso de Apelacion interpuesto contra la Resolucion Presidencial Nº 0013-2001 del Consejo Nacional de Calificacion de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico, por la senora MORDAZA Estilita MORDAZA de Ticona. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la interesada, al Consejo Nacional de Calificacion de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico, al Banco de la Nacion y al Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAPURRO Ministro del Interior Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 2610

Economia y Finanzas, un prestamo programatico del Banco Mundial para la reforma del sector social; Que, el Banco Mundial ha solicitado la participacion de funcionarios del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros para una reunion a realizarse el dia 8 de febrero del presente ano, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, es pertinente autorizar el viaje del Secretario Tecnico Ad Hoc de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 048-2001PCM, el Decreto Supremo Nº 053-2001, y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA FRANCKE BALLVE, Secretario Tecnico Ad Hoc Comision Interministerial de Asuntos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 8 al 9 de febrero de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, del Pliego 01 de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA Francke Ballve - Viaticos : US$ 660.00 - Pasajes : US$ 696.36 - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAPURRO Ministro del Interior Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 2669

Autorizan viaje de funcionarios de la Comision de la Verdad y Reconciliacion a diversos paises de Europa para exponer ante sus representantes el Proyecto Institucional 2002-2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 044-2002-PCM MORDAZA, 6 de febrero de 2002 Visto, el Oficio Nº 069-2002-CVR-SE, del Secretario Ejecutivo de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM se creo la Comision de la Verdad y Reconciliacion en el cargo de esclarecer el MORDAZA, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violacion de los derechos humanos producidos desde MORDAZA de 1980 hasta noviembre de 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas como a los agentes del Estado, asi como proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos; Que, en virtud a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Final del mencionado Decreto Supremo, constituyen recursos de la Comision, entre otros, aquellos que se obtengan de la cooperacion internacional;

Autorizan viaje de funcionario para participar en reunion conjunta con el Banco Mundial en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 043-2002-PCM MORDAZA, 6 de febrero de 2002 Visto, el Oficio Nº 021-2002-PCM/ST-CIAS, del Secretario Tecnico Ad Hoc de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que durante los ultimos meses se ha venido gestionando conjuntamente con funcionarios del Ministerio de

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