Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2002 (08/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 217012

NORMAS LEGALES
8. Octubre:

MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2002

del 2002, se aprobo la conformacion de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, correspondiente al presente ano judicial, habiendose designado al Jefe de la referida oficina de control, asi como a los demas integrantes de la misma; Que, conforme a ello, siendo una de las funciones del Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, velar por el desempeno funcional regular de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales, buscando alcanzar la prestacion de un eficiente servicio de justicia, encontrandose investido de facultades disciplinarias y preventivas, con sujecion a la Ley Organica del Poder Judicial, al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura y a las demas disposiciones de aplicacion supletoria; Que, el inciso b) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, establece que es atribucion del Jefe de la ODICMA, programar las Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordinarias, en las diferentes dependencias jurisdiccionales, a fin de evaluar la conducta y desempeno funcional del Magistrado y Auxiliares Jurisdiccionales, asi como las condiciones en que se presta el Servicio de Justicia, a efectos de que los justiciables accedan a la tutela jurisdiccional efectiva; por lo que resulta necesario realizar acciones de control en dichos en atencion al volumen de carga procesal y quejas formuladas en los juzgados; Que, por estas consideraciones y en uso de las facultades previstas y otorgadas por el inciso b) del Articulo 12º, concordante con el Articulo 50º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial - Resolucion Administrativa Nº 263-96-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR EL CRONOGRAMA DE VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS para el presente ano judicial, que como anexo forma parte de la presente resolucion las mismas que se realizaran en las diversas MORDAZA y Juzgados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, conforme a la programacion que se detalla, en el dia y hora que en forma inopinada disponga esta Jefatura: 1. Marzo: a. Tercer Juzgado Civil de Lima. b. Vigesimo Tercero Juzgado Penal de Lima. c. Decimo MORDAZA Juzgado Civil de Lima. 2. Abril: a. Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de Lima. b. Vigesimo MORDAZA Juzgado Penal de Lima. c. Duodecimo Juzgado Laboral Permanente de Lima. 3. Mayo: a. Vigesimo Octavo Juzgado Civil de Lima. b. Octavo Juzgado Laboral Permanente de MORDAZA c. Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho. 4. Junio: a. Tercera Sala Laboral de Lima. b. Trigesimo Setimo Juzgado Civil de Lima. c. Trigesimo Tercero Juzgado Penal de Lima. 5. Julio: a. MORDAZA Juzgado de Familia de Lima. b. MORDAZA Juzgado Civil de Lima. c. Trigesimo MORDAZA Juzgado Penal de Lima. 6. Agosto: a. MORDAZA Juzgado de Familia de Lima. b. Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de Lima. c. Vigesimo Octavo Juzgado Penal de Lima. 7. Setiembre: a. MORDAZA Juzgado de Familia de Lima. b. MORDAZA Tercero Juzgado Civil de Lima. c. Trigesimo MORDAZA Juzgado Penal de Lima.

a. Decimo MORDAZA Juzgado de Familia de Lima. b. Noveno Juzgado Civil de Lima. c. Cuarta Sala Civil de Lima. 9. Noviembre: a. Quincuagesimo Setimo Juzgado Civil de Lima. b. Juzgado Civil del Modulo Basico de San MORDAZA de Lurigancho. c. MORDAZA Sala Penal de Procesos Ordinarios con Reos en Carcel Articulo Segundo.- DISPONER que las Visitas Judiciales Extraordinarias por su propia naturaleza, seran reservadas y sorpresivas, dispuestas de acuerdo al indice de Quejas verbales y/o escritas que se reciban ante la ODICMA. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura y de la Jefatura de Administracion Distrital; para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 2693

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra personas naturales por haber incurrido en presuntos ilicitos penales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 016-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de enero de 2002 Visto el Informe Nº 640-2001-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de noviembre de 2001. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cipra, que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zanetti, respectivamente, ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo. Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente. Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cipra, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representa-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.