Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2002 (23/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en concordancia con lo establecido por el Articulo 108º, numeral 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha cumplido con emitir el Informe Legal senalando la adecuacion de la declaracion de Situacion de Urgencia al MORDAZA normativo vigente; Que, lo expresado en los informes tecnico y legal justifica la contratacion de un programa de seguros personales y de bienes patrimoniales, mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA mencionado; Que, por consiguiente, producida una Situacion de Urgencia en los terminos del Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente autorizar en via de excepcion, la contratacion de un programa de seguros personales y de bienes patrimoniales, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 20º de la citada ley y el Articulo 14º, inciso 4), literal b) de su Reglamento; Con el visto MORDAZA del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP; de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, Ley Nº 27573, los Articulos 19º inciso c), 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Articulo 14º, numeral 4), inciso b) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y los Articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Urgencia la contratacion de un programa de seguros personales y de bienes patrimoniales, con efectividad al 1 de marzo del 2002. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas a llevar a cabo la respectiva contratacion mediante el MORDAZA de seleccion Adjudicacion de Menor Cuantia por el periodo comprendido entre el 1 de marzo del 2002 y el 30 de MORDAZA del 2002, debiendose realizar durante el mismo periodo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion definitiva del servicio. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en Funciones 5489

senor Presidente de la Republica ha convocado a Elecciones Municipales en las provincias y distritos de todo el territorio nacional para el tercer MORDAZA del mes de noviembre proximo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 24º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, el numero de Regidores a elegirse en cada Concejo Municipal es determinado por el MORDAZA Nacional de Elecciones en proporcion a su poblacion, que en ningun caso sera inferior a cinco (5) ni mayor de quince (15), exceptuandose al Concejo Provincial de MORDAZA que tendra treinta y nueve (39) Regidores; Que, con Oficio Nº 017-2002/INEI-DTD recibido el 27 de febrero ultimo, el senor Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remitio a este Organo Electoral, una relacion con la poblacion estimada al 30 de junio de 2002 por cada departamento, provincia y distrito de la Republica; Que, es necesario determinar el numero de Regidores que corresponde a cada Concejo Municipal, teniendo en cuenta lo dispuesto por la MORDAZA legal acotada, y la informacion sobre poblacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), en la siguiente forma: 1.- Concejos Municipales Provinciales y Distritales con poblacion estimada en 500,001 o mas habitantes: 15 Regidores. 2.- Concejos Municipales Provinciales y Distritales con poblacion estimada en 300,001 y hasta 500,000 habitantes: 13 Regidores. 3.- Concejos Municipales Provinciales y Distritales con poblacion estimada en 100,001 y hasta 300,000 habitantes: 11 Regidores. 4.- Concejos Municipales Provinciales y Distritales con poblacion estimada en 50,001 y hasta 100,000 habitantes: 9 Regidores. 5.- Concejos Municipales Provinciales y Distritales con poblacion estimada en 25,001 y hasta 50,000 habitantes: 7 Regidores. 6.- Concejos Municipales Provinciales y Distritales con poblacion estimada en 25,000 o menos habitantes: 5 Regidores. El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- El Concejo Provincial de MORDAZA Metropolitana estara constituido por un MORDAZA y 39 Regidores. Articulo Segundo.- Estaran constituidos por un MORDAZA y 15 (quince) Regidores los Concejos Municipales: a).- Provinciales de MORDAZA, Callao, Chiclayo, Maynas, MORDAZA y Trujillo; y, b).- Distrital de la provincia de Lima: San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Tercero.- Estaran constituidos por un MORDAZA y 13 (trece) Regidores los Concejos Municipales: a).- Provinciales de MORDAZA Portillo, MORDAZA, Huancayo, Ica y Santa; y, b).- Distritales de la provincia de Lima: Ate, Comas, Los MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores, San MORDAZA de Porres, MORDAZA El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Cuarto.- Estaran constituidos por un MORDAZA y 11 (once) Regidores los Concejos Municipales: a).- Provinciales de Abancay, Alto Amazonas, Andahuaylas, Ascope, Ayabaca, Azangaro, Barranca, MORDAZA, Canchis, Canete, Cutervo, Chanchamayo, Chincha, Chota, Chucuito, Huamanga, Huancabamba, Huancavelica, MORDAZA, Huaral, MORDAZA, Huaura, MORDAZA, Jauja, La Convencion, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Morropon, Moyobamba, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Satipo, Sullana, Tacna, Talara, Tarma, Tayacaja, Tumbes y Utcubamba; y, b).- Distritales de Paucarpata, en la provincia de Arequipa; de Ventanilla, en la Provincia Constitucional del Callao; de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la provincia de Chiclayo;

JNE
Determinan numero de regidores correspondiente a los Concejos Municipales Provinciales y Distritales del MORDAZA
RESOLUCION Nº 089-2002-JNE MORDAZA, 19 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM de fecha 18 de marzo de 2002, el

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