Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2002 (23/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion Permanente de Agregados, hormigon (concreto), Hormigon armado y hormigon pretensado, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 18 de diciembre del 2000, el Comite Tecnico presento a la Secretaria Tecnica de la Comision 01 Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, el cual fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion, y sometido a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario, contados a partir del 10 de MORDAZA del 2001; Que, habiendose recibido observaciones al Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, estas fueron revisadas, evaluadas y aprobadas por el Comite Tecnico sometiendolo a consideracion de la Comision, con fecha 25 de febrero de 2002; Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion del Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 7 de marzo del 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como MORDAZA Tecnica Peruana, la siguiente: NTP 339.027:2002 HORMIGON (CONCRETO). Postes de hormigon (concreto) armado para lineas aereas. 2a Edicion. Reemplaza a la NTP 339.027:1981. Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana: NTP 339.027:1981 POSTES DE CONCRETO ARMADO PARA LINEAS AEREAS. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 5477

SUNAT
Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones de Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Juliaca
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 032-2002/SUNAT MORDAZA, 22 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que por Resolucion de Superintendencia Nº 097-98/ SUNAT se aprobo el Directorio de Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Juliaca; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1402001/SUNAT se realizaron algunas modificaciones en los directorios de Principales Contribuyentes de las diferentes dependencias de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; y se establecio el lugar donde deben cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; Que resulta necesario modificar el lugar donde una parte de los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Juliaca deberan cumplir con las obligaciones, iniciar los procedimientos, y realizar todo MORDAZA de tramites a los que se refiere el parrafo anterior; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 29º y 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias; el Articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/ SUNAT; el inciso k) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Juliaca, que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion de Superintendencia, deberan cumplir sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en el MORDAZA MORDAZA Nº 126, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA y departamento de Puno. Articulo 2º.- La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en el anexo. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la obligacion establecida en el Articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 097-98/SUNAT respecto de los principales contribuyentes detallados en el Anexo Nº 3 de dicha Resolucion; asi como, respecto de los principales contribuyentes incorporados al directorio de Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Juliaca, mediante el anexo Nº 8 de la Resolucion de Superintendencia Nº 140-2001/SUNAT. Articulo 4º.- La presente Resolucion de Superintendencia entrara en vigencia a partir del dia 25 de marzo de 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 5552

Declaran nulidad de adjudicacion de menor cuantia sobre adquisicion de panel luminoso para el Centro de Servicios al Contribuyente de la Oficina Remota MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 066-2002/SUNAT MORDAZA, 18 de marzo del 2002

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