Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2002 (23/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de productos destinados al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2002-MDCH Chorrillos, 19 de marzo del 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTO: En sesion Ordinaria de la fecha el Informe Nº 009-2002-OA/MDCH, remitido por la Direccion de Administracion, mediante la cual sustenta y solicita se declare en situacion de urgencia el suministro temporal de los productos alimenticios que conformaran la racion alimenticia del Programa Distrital del Vaso de Leche de Chorrillos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 5052-2002MDCH de fecha 24.11.2001 se designa el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Que, a traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 53212002-MDCH se designa el Comite Especial encargado de llevar a cabo los procesos de seleccion de la Municipalidad de Chorrillos; Que, mediante el Informe del exordio el Director de Administracion detalla circunstancias que hacen necesario declarar en situacion de urgencia la adquisicion de los productos que conformaran la racion alimenticia diaria, senalando que actualmente los miembros del Comite de Administracion se vienen reuniendo para definir los productos que conformaran la racion alimenticia diaria, dentro del MORDAZA normativo fijado en el Art. 4º de la Ley Nº 27470, Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche; Que, razones de orden publico ocasionadas por las continuas anulaciones de licitaciones para adquirir los productos del vaso de leche, como se desprende de la gran cobertura noticiosa propalada por los medios de comunicacion nacionales, no permiten en la actualidad, fijar con precision al Comite de Administracion los productos que conformaran la racion alimenticia diaria para atender en el ejercicio 2002 a los beneficiarios del distrito de Chorrillos, ante una expectativa politica que permita la modificacion de la Ley Nº 27470 o el incremento de los presupuestos asignados para atender el Programa del Vaso de Leche; Que, como se desprende del Informe de Administracion la Municipalidad de Chorrillos cuenta con una asignacion presupuestaria de solo S/. 0.16 nuevos soles por racion, monto inferior inclusive al de las demas municipalidades del MORDAZA, imponderable economico, que actualmente no permite ponerse de acuerdo a los componentes del Comite de Administracion, por cuanto las formulas propuestas ya sea de leche fresca o enriquecido lacteo con leche evaporada u otra combinacion exceden los montos previstos para ese fin; sin embargo las deliberaciones se encuentran en una etapa de consolidacion y determinacion final de los productos que conformaran la racion alimenticia diaria del Programa del Vaso de Leche, teniendo en cuenta lo prescrito en el numeral 4.1. del Art. 4º de la Ley Nº 27470, a traves de una formula adecuada a los requerimientos de dicha MORDAZA y al financiamiento que se recibe via transferencia del gobierno central; Que, conforme al Art. 2º de la Ley Nº 27470 a traves del Comite de Administracion multisectorial la Municipalidad y la organizacion del vaso de leche deben elegir los productos que conformaran la racion alimenticia diaria; Que, a traves de una adquisicion complementaria se ha asegurado el abastecimiento parcial de los productos por un periodo previsto hasta el 18.3.2002;

Que, es necesario adoptar los mecanismos legales que permitan seguir atendiendo a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de Chorrillos, aplicando el MORDAZA normativo excepcional que fijan las normas de contrataciones; Que, conforme lo establecen los Articulos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, estan exonerados de los procesos de licitacion publica aquellas adquisiciones que se realicen en situacion de Urgencia, cuando la ausencia imprevisible de determinado bien, comprometa en forma directa e inminente la continuidad de una actividad, debiendo de entenderse como tales a un hecho de excepcion que promueve una accion rapida como medida temporal, sin perjuicio que se lleve a cabo el correspondiente MORDAZA de seleccion; Que, mediante Informe Nº 522-2002-OAJ-MDCH de la Oficina de Asesoria Legal de la Municipalidad de Chorrillos opina por la procedencia de la Situacion de Urgencia cuando se cumpla con lo dispuesto en el Art. 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM concordante con el Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM; Por tanto y estando a lo expuesto, en uso de las facultades que nos confiere la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades del Concejo Municipal; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de los productos destinados para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, por un periodo de 60 dias calendario, tiempo que permita llevar a cabo el MORDAZA licitario correspondiente. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion de Administracion para que a traves de la Unidad de Abastecimientos y Servicios Generales, adquiera los productos necesarios mientras dure la situacion de Urgencia. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Administracion para que remita MORDAZA del presente Acuerdo y del Informe Legal a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos previstos en la Ley. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General, la responsabilidad de publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 5590

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Otorgan beneficio de condonacion de multas administrativas
ORDENANZA Nº 076-CDLO Los MORDAZA, 13 de marzo del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En la Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 076-CDLO QUE OTORGA EL BENEFICIO DE CONDONACION DEL 90% DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo Primero.- DISPONER, la CONDONACION del 90% del valor insoluto de las multas administrativas cuyo monto exceda de S/. 1,000.00 nuevos soles a mas, siempre que cancelen al contado, todo tributo pendiente de pago, a partir del 15 de marzo hasta el 30 de MORDAZA de 2002. Articulo Segundo.- PRECISAR, que los contribuyentes que se acojan al referido beneficio, deberan desistirse previamente de cualquier recurso que hayan presentado.

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