Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2003 (17/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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na, por razones de indole particular, del 1 al 4 de MORDAZA de 2003. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac US$ 4,471.09 US$ 2,080.00 US$ 28.00

Articulo 1º.- Precisar, en el MORDAZA del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 406-2002-PCM, que la participacion del senor MORDAZA MORDAZA Valdeos en los hechos descritos en el Informe Especial Nº 005-2002-20581, se realizo en su calidad de Encargado de Servicios y no de Tesorero. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 07478

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 4º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSSELLO, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a partir del 23 de MORDAZA y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07585

AGRICULTURA
Aprueban planos digitalizados y memorias descriptivas de tierras eriazas de libre disponibilidad ubicadas en el departamento de Ica
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2003-AG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Oficio Nº 1070-2002-AG-PETT-DE/DTSL del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural; y, CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el incremento de la produccion y productividad agraria, entre otras, mediante el incentivo y promocion de las inversiones del Sector Privado en la ampliacion de la frontera MORDAZA, habilitando terrenos eriazos de dominio publico; Que, el Ministerio de Agricultura, a traves del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural PETT, es la entidad encargada del saneamiento fisico legal de las tierras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado para su transferencia al Sector Privado; Que, de la revision del expediente ID-3619, se puede apreciar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 518-97AG, solicito se declare de libre disponibilidad del Estado 280.00 ha., ubicadas en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, acompanando para tal efecto los respectivos planos; Que, el procedimiento se ha realizado de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 518-97AG, con la publicacion de la solicitud de libre disponibilidad efectuado en un diario de la localidad de fojas 11, la publicacion del plano en el Diario Oficial El Peruano de fojas 34, la MORDAZA de publicacion del plano en el periodico mural de la Oficina PETT de Ejecucion Regional Ica de fojas 35, el certificado de inexistencia de restos arqueologicos MORDAZA Nº 2000-0016 de fojas 18 a 19, el certificado de zonificacion de fojas 26 que acredita que el terreno de Unidad Catastral Nº 13003 se encuentra fuera del area de expansion MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, el certificado negativo de propiedad de fojas 61, expedido por la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, Oficina Registral Ica; y, el Informe Tecnico Nº 0842002-AG-PETT-DTSL del 20 de junio de 2002 con el plano respectivo de fojas 96 a 97, a traves del cual se determino que el area final es de 222.72 ha.; Que, por otro lado, en merito a la Resolucion Ministerial Nº 518-97-AG don MORDAZA Lacuta MORDAZA, solicita se declare de libre disponibilidad 1,200.00 ha. ubicadas en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, acompanando tambien los respectivos planos, formandose para tal efecto el expediente ID-3621; Que, revisado el expediente se ha podido verificar la publicacion de la solicitud de libre disponibilidad en un diario de la localidad obrante a fojas 16, la publicacion del plano en

Precisan que participacion de funcionario en los hechos descritos en el Informe Especial Nº 005-2002-2-0581, se realizo en calidad de Encargado de Servicios y no de Tesorero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 121-2003-PCM MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 Visto el Oficio Nº 246-2002/PCM-OAI.-400; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA Valdeos mediante Carta s/n de fecha 8 de octubre de 2002, comunica que nunca ejercio las funciones de Tesorero, tal como se manifiesta en el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 406-2002-PCM; Que, de la revision del Informe Especial Nº 0052002-2-0581, "Irregularidades en la Adquisicion de servicios de Publicidad (televisiva, radial, escrita) y Produccion efectuados por la Presidencia del Consejo de Ministros durante el periodo 1994 a 1996, por S/. 7'538,456, los cuales se encuentran sustentados con documentos emitidos en via de regularizacion soslayando la normatividad legal para la adquisicion y contratacion, asi como los procedimientos administrativos vigentes" se ha verificado que en la descripcion del Hecho Nº 4 se evidencia la participacion del senor MORDAZA MORDAZA Valdeos en los hechos observados, en su condicion de encargado de Servicios, encargatura que de acuerdo a la documentacion e informacion proporcionada por el Area de Personal se efectuo de conformidad con el Memorandum Nº 51-95-PCM-OGA-OAA de fecha 4 de MORDAZA de 1995, de acuerdo a lo considerado en toda la redaccion (parte descriptiva) de la Observacion, y no de Tesorero, como se consigna en la parte final de tipificacion del hecho; Que, el Informe Especial Nº 005-2002-2-0581 constituye prueba preconstituida de conformidad con lo establecido por el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27785;

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