Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2003 (17/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

indispensable para paliar la urgencia sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente y que las adquisiciones de bienes por situacion de urgencia se realizan mediante el MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa de menor cuantia; Que, en los numerales 6), 7) y 8) del INFORME TECNICO Nº 001-2003-OA-MDLA y numerales 5), 6) y 7) del INFORME LEGAL Nº 001-2003-ALE-MDLA, establecen que los insumos alimenticios a adquirir para el abastecimiento del Programa del Vaso de Leche para el periodo fiscal 2003, se encuentra comprendida dentro del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa publica, el cual constituye un MORDAZA que duraria un promedio minimo de 30 dias para su conclusion de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante DD.SS. Nºs. 012 y 013-2001-PCM; tiempo en que el Programa del Vaso de Leche no puede quedar desabastecida de sus insumos alimenticios, ya que se estaria poniendo en grave riesgo la salud y alimentacion diaria de los beneficiarios que integran el Programa, los mismos que son considerados de extrema pobreza, contraviniendo con la Ley Nº 24059 y las Leyes Nºs. 27470 y 27712, por lo que recomiendan la necesidad de disponer se declare en situacion de urgencia la adquisicion de los insumos alimenticios del Programa del Vaso de Leche por un periodo minimo de 30 dias; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y de conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del articulo 19º y articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, que modifica entre otros el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores; SE ACUERDA:

cias observadas por la Subgerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante los Oficios Nºs. A-240 y A-508-2003-(GTN/ MON) de fechas 6 febrero 2003 y 6 marzo 2003, que fueron recepcionados en forma oficial el 2 MORDAZA 2003, comunica entre otros al Comite Especial, que no se ha tenido en consideracion que los avisos de convocatoria deben publicarse obligatoriamente en el Diario Oficial El Peruano y, en otro medio de circulacion nacional o local, conforme lo establece el articulo 86º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Sin embargo, de la revision de nuestra base de datos hemos notado que su representada no ha cumplido con la referida publicacion, por lo que se ha incurrido en causal de nulidad que afecta el MORDAZA de seleccion previsto; Que, el primer parrafo del articulo 85º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, establecen que es obligatoria la publicacion de la convocatoria para un MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica; Que, el articulo 86º del D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que las publicaciones de la convocatoria, la prorroga, la postergacion del MORDAZA y la declaratoria de desierto en las adjudicaciones directas publicas se realiza: obligatoriamente, por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, opcionalmente, en otro medio de circulacion nacional o local; En consecuencia, estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a lo establecido por el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y articulo 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM y numeral 6º del articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Disponer se declare en situacion de urgencia la adquisicion de los insumos alimenticios para la atencion del Programa del Vaso de Leche de esta Entidad por un periodo minimo de 30 dias, correspondiente al mes de enero del presente ano. Articulo Segundo.- Autorizar a la Unidad de Abastecimientos para que proceda a la adquisicion de los insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche correspondiente al mes de enero 2003, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- Disponer a la Secretaria General remitir MORDAZA del presente Acuerdo y los Informes Tecnico y Legal a los organismos de control correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PAINO MORDAZA MORDAZA 07429

Articulo Primero.- Declarar la Nulidad del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003CE-MDLA, relacionado a la adquisicion de Insumos alimenticios para la atencion del Programa del Vaso de Leche de esta Entidad. Articulo Segundo.- El Comite Especial debera notificar la Nulidad del presente MORDAZA de seleccion a la Empresa Ganadora de la Buena Pro y a las Empresas postores que participaron en el Proceso. Articulo Tercero.- Se dispone a la Oficina de Secretaria General de esta Entidad, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PAINO MORDAZA MORDAZA 07426

Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa publica sobre adquisicion de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 038-2003-A-MDLA MORDAZA de MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 VISTO: El INFORME Nº 001-2003-CE-MDLA de fecha 3 MORDAZA 2003, mediante el cual, el Comite Especial encargado del MORDAZA de Seleccion para la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003-CE-MDLA relacionado a la adquisicion de insumos para la atencion del Programa del Vaso de Leche, comunica al Despacho de Alcaldia las deficien-

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de convenio basico sobre cooperacion tecnica y cientifica suscrito con el Gobierno de la Republica Arabe de Egipto
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE.(GAB) Nº 0-3-A/068, comunica que el referido convenio suscrito el 16 de setiembre de 1985, aprobado por R. Leg. Nº 24808 de fecha 12 de MORDAZA de 1985 y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano el 24 de MORDAZA de 1988, entro en vigencia para ambos paises el 2 de MORDAZA de 2003. 07526

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