Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003
Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 1 022,00 US$ 1 400,00 US$ 28,00

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 12617 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 015-2003-MINCETUR Mediante Oficio Nº 629-2003-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 015-2003-MINCETUR, publicada en nuestra edicion del 29 de junio de 2003, en la pagina 246928. Articulo 4º DICE: ...actividades contempladas en el articulo 5º de la Ley Nº... DEBE DECIR: ...actividades contempladas en el articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº... Articulo 20º incisos DICE: c) s) d) DEBE DECIR: c) d) - El inciso s) pasa a ser el inciso q) - El inciso q) pasa a ser el inciso r) Articulo 27º inciso e) DICE: ... los valores referenciales de las mercancias en la ZOFRATACNA. DEBE DECIR: ...los valores de las mercancias en la ZOFRATACNA. 12495

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el funcionario autorizado mediante el articulo 1º, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunion a la que asistira y la correspondiente rendicion de cuenta de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Encargar el Despacho del Viceministro de Comercio Exterior al Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Turismo, a partir del 6 de MORDAZA y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 12226

Modifican articulo de resolucion mediante la cual se autorizo y registro diversas memorias de solo lectura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 413-2003-MINCETUR/VMT/DNT
MORDAZA, 26 de junio de 2003 Visto, el Expediente Nº 002050-2002-MITINCI, en el que la empresa Aristocrat Inc, solicito autorizacion y registro de diversas memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0601-2002MITINCI/VMT/DNT, de fecha 31.5.2002, se autorizo y registro diversas memorias de solo lectura de la misma empresa solicitante, individualizadas con los Registros A0003680 a A0003739; Que, debido a un error material se autorizaron y registraron las memorias de solo lectura individualizadas con los Registros: A0003715, A0003721, A0003733, A0003734 y A0003735 con unos codigos que no guardan correspondencia con los Certificados de Cumplimiento de fechas 3 y 26.12.2001 expedidos por el laboratorio Gaming Laboratories International Inc (GLI) y con los soportes fisicos adjuntos a la solicitud de autorizacion y registro presentada; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 201º de la Ley Nº 27444, los errores materiales o aritmeticos de los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, en ese sentido, debe entenderse que las memorias de solo lectura autorizadas mediante los Registros: A0003715, A0003721, A0003733, A0003734 y A0003735, corresponden a los siguientes Codigos: BHG1455 (U11), BHG1456 (U11), BHG1465 (U8), BHG1465 (U9) y BHG1465 (U10), respectivamente; En aplicacion de lo establecido en las Leyes Nº 27153 y 27444 asi como en el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 300-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DEJCMT/DAR y Tecnico Nº 042-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DEJCMT/ DICF-JYM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo Unico de la Resolucion Directoral Nº 0601-2002-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 12.6.2002, debiendose entender que las memorias de solo lectura autorizadas mediante los Registros: A0003715, A0003721, A0003733, A0003734 y A0003735, corresponden a los siguientes Codigos: BHG1455 (U11), BHG1456 (U11), BHG1465 (U8), BHG1465 (U9) y BHG1465 (U10), respectivamente.

DEFENSA
Amplian nombramiento de Auxiliar del Agregado Aereo a la Embajada del Peru en EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 996-DE/FAP-CP
MORDAZA, 27 de junio de 2003 Visto el Fax Nº 006-DIOE del 9 de enero de 2002, de la Direccion de Inteligencia y el Oficio V-170-ODEMI-Nº 0034 de fecha 30 de enero de 2002, del Jefe de la Oficina de Enlace en Miami (ODEMI), referentes a la permanencia como Auxiliar de la Agregaduria Aerea a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA - Oficina de Enlace en Miami, del Tecnico de 2da. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encontro desempenando funciones en el area de Finanzas;

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