Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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sulta indispensable que todas sus oficinas se encuentren en un solo edificio, permitiendo de esta manera un ahorro notable de costos por mensajeria, servicio telefonico, gastos de transporte, servicio de vigilancia y seguridad, limpieza y de tiempo horas - hombre, entre otros, que como es logico facilitaran un mejor desarrollo institucional; Que, de acuerdo al Articulo 19º inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente exonerar del MORDAZA de Concurso Publico el arrendamiento del citado inmueble, debiendo realizarse para el efecto un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo establecen el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Articulos 105º y 116º de su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los Articulos 105º, 113º, 115º y 116º de su Reglamento, y el Articulo 30º, inciso v) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de la realizacion de un Concurso Publico para el arrendamiento, por el plazo de un ano, del piso 7 del edificio ubicado en la avenida MORDAZA 2199, Miraflores, el que cuenta con una extension de 551.73 m2 y dispone ademas de 10 estacionamientos para vehiculos en su sotano, autorizando que el mismo se lleve a cabo a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el monto mensual de $ 4,406.73 Dolares Americanos, incluido el IGV, con cargo a la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias USAID. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion e Informatica se encargue de realizar la presente contratacion mediante acciones inmediatas, conforme lo establece el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ERICSSON MORDAZA Presidente Ejecutivo del Directorio 12695

ESSALUD
Modifican resolucion mediante la cual se autorizo contratar programa de seguros personales y patrimoniales mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 494-PE-ESSALUD-2003
MORDAZA, 26 de junio del 2003 VISTOS: La Carta Nº 964-GCSEG-ESSALUD-2003 de la Gerencia Central de Seguros del 26 de junio del 2003, el Informe Tecnico de la Gerencia Central de Seguros del 25 de junio del 2003 que sustenta la modificacion del periodo y monto del MORDAZA exonerado; y, la Carta Nº 2945-OCAJ-ESSALUD-2003; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 452PE-ESSALUD-2003 del 18 de junio del 2003, se aprobo la exoneracion del Concurso Publico para la contratacion del Programa de Seguros Personales y Patrimoniales, autorizando que la misma se lleve a cabo a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de tres meses contados desde el 27 de junio del 2003 y por un valor referencial de US$ 449,725.78 (Cuatrocientos cuarenta y nueve mil setecientos veinticinco con 78/100 Dolares Americanos); Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada Resolucion y al MORDAZA del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, referido a que en las Adjudicaciones de Menor Cuantia que derivan de exoneraciones, entre otras, la Entidad debe hacer las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas, so-

bre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; se realizaron las acciones para obtener la correspondiente cotizacion; Que, mediante el Informe Tecnico de Vistos, la Gerencia Central de Seguros senala que la Poliza de Incendio Todo Riesgo, que forma parte del "Programa de Seguros Personales y Patrimoniales", ha sufrido un incremento con relacion al Contrato que actualmente mantiene ESSALUD, ello debido a que el MORDAZA de reaseguros internacional exige a las Companias Aseguradoras del medio la suscripcion de un Contrato de Reaseguros con tasas variables, lo cual conlleva a tener que reajustar el periodo y monto de la exoneracion aprobada con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 452-PE-ESSALUD-2003; correspondiendo actualmente los mismos a un periodo de 83 dias computados desde el 27 de junio del 2003 y a un valor referencial de US$ 445,664.88 (Cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta y cuatro con 88/100 Dolares Americanos); Que, se mantiene la necesidad y urgencia de contratar el "Programa de Seguros Personales y Patrimoniales", via exoneracion, con la finalidad de que el patrimonio y personal de ESSALUD no quede sin cobertura a partir del 27 de junio del 2003; caso contrario comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las prestaciones de salud que ESSALUD tiene a su cargo. Asimismo, el programa de seguros resulta indispensable para garantizar la intangibilidad de los bienes patrimoniales de la Institucion, por lo que, de no contarse con el mismo, dichos bienes estarian en situacion de riesgo, hecho que repercutiria en el funcionamiento de la Entidad y, por ende, en la atencion de los asegurados; Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar de la realizacion de un Concurso Publico en una situacion de urgencia; Que, habiendose aprobado la exoneracion del Concurso Publico para la contratacion del Programa de Seguros Personales y Patrimoniales mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 452-PE-ESSALUD-2003 del 18 de junio del 2003, autorizandose que la misma se lleve a cabo a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de tres meses contados desde el 27 de junio del 2003 y por un valor referencial de US $ 449,725.78 (Cuatrocientos cuarenta y nueve mil setecientos veinticinco con 78/100 Dolares Americanos), amparada en la causal prevista en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y teniendo en cuenta que la causal se mantiene, resulta procedente modificar la mencionada Resolucion en lo que se refiere a periodo y monto; Que, el periodo correspondiente es de 83 dias computados desde el 27 de junio del 2003 y el valor referencial es de US$ 445,664.88 (Cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta y cuatro con 88/100 Dolares Americanos); Que, segun el articulo 20º inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa debe ser aprobada por resolucion del Titular de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponderia aprobar la exoneracion; En uso de la atribucion conferida por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. MODIFICAR el numeral 1. de la parte resolutiva de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 452-PE-ESSALUD2003 del 18 de junio del 2003, por el texto siguiente: "1. APROBAR la exoneracion del Concurso Publico para la contratacion del Programa de Seguros Personales y Patrimoniales, autorizando que la misma se lleve a cabo a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de 83 dias contados desde el 27 de junio del 2003 y por un valor referencial de US$ 445,664.88 (Cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta y cuatro con 88/100 Dolares Americanos)." 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones se encargue de realizar la presente contratacion via Adjudicacion de Menor Cuantia.

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