Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de productos para el Programa de Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 10-2003-MDT/CM
El Tambo, 27 de junio del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO VISTOS: En Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en fecha 26 de junio del ano en curso, con respecto al Programa del Vaso de Leche, Adquisicion del Producto y Declaracion en Situacion de Urgencia; CONSIDERANDO: Que, ante la situacion de haberse declarado desierta la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MDT-CE, es necesario tomar las medidas pertinentes a efectos de garantizar en forma oportuna e inmediata la distribucion de la racion alimenticia de los productos del programa de Vaso de Leche, que de realizarse la MORDAZA convocatoria esta tendria un plazo aproximadamente de 45 dias que pondria en peligro la salud y alimentacion de los beneficiarios del PVL. (ninos, madres gestantes y ancianos); Que, para la adquisicion de bienes mediante la situacion de urgencia como medida temporal, debe cenirse su tramite al MORDAZA de seleccion conforme lo establece la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, correspondiente para la adquisicion y contrataciones definitivas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con personeria juridica de derecho publico, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; concordante con el Art. 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establecen que mediante Situacion de Urgencia la Adquisicion de Bienes, Servicios u Obra, entendiendose como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, por lo que las Entidades Publicas, comprendidos los Gobiernos Locales, pueden acogerse al dispositivo en mencion cuando las necesidades se justifiquen a la MORDAZA citada;

Que, de conformidad a lo dispuesto por el Inc. c) del Art. 19º del mismo cuerpo de leyes, se encuentran exonerados de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, estando al Informe Tecnico Nº 080-2003-MDT/ DDH, de la Direccion de Desarrollo Humano e Informe Legal Nº 374-2003-MDT/OAL, de la Direccion de Asesoria Legal, sobre la procedencia de la declaracion de situacion de urgencia la adquisicion de productos del Programa de Vaso de Leche; Que, estando a lo acordado por mayoria del Pleno de los Miembros del Concejo, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de URGENCIA, en el distrito de El Tambo, la adquisicion de Productos para el Programa de Vaso de Leche, por el termino de 90 dias a partir de la fecha, debiendo autorizar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion y aprobar la adquisicion por Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), y demas Unidades Organicas e Instancias que tengan injerencia con la presente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA I. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12670

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica en el MORDAZA de la Gestion de Riesgos, Prevencion y Atencion de Desastres entre los Gobiernos de Peru y Colombia"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 122 comunica que el "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica en el MORDAZA de la Gestion de Riesgos, Prevencion y Atencion de Desastres entre los Gobiernos del Peru y de Colombia", suscrito en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia, el 26 de noviembre de 2002, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 048-2003-RE, de 19 de marzo de 2003, publicado al igual que el texto del Convenio el 5 de MORDAZA del 2003, Entro en vigencia para ambos paises el 26 de noviembre de 2002. 12758

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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