Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 247542
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
Fuente de Financiamiento

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003
2 822 798,00

Unidad Ejecutora 002 : Proyecto Especial Olmos Tinajones

Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, y la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por el articulo 7º de la Ley Nº 27902, establece que en el ano 2003 se inicia el MORDAZA de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada gobierno regional y local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM se aprueba el cronograma de transferencias para el Ano 2003 a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional, entre los cuales se encuentra el Proyecto Especial Olmos Tinajones, a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo; Que, en virtud de lo MORDAZA senalado y a efectos concretar la mencionada transferencia y de que el Gobierno Regional MORDAZA continue con la ejecucion de acciones y obras previstas en el presupuesto del presente ano fiscal, es necesario efectuar una Transferencia de Partidas del Instituto Nacional de Desarrollo (Unidad Ejecutora Olmos-Tinajones) al citado Gobierno Regional; Que, en el actual contexto y por acuerdo entre el Gobierno Regional MORDAZA y del Gobierno Nacional, a traves del Instituto Nacional de Desarrollo, resulta conveniente modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial Olmos Tinajones, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 165-2001-INADE-1100, con el objeto de constituir un organo de direccion en el que participen representantes del Gobierno Regional, Gobierno Nacional y de la Sociedad Civil a traves de la Junta de Usuarios de Riego; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º de la Ley Nº 27209 ­ Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 27879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Concretar la Transferencia del Proyecto Especial Olmos Tinajones al Gobierno Regional MORDAZA Considerese efectuada la transferencia del Proyecto Especial Olmos Tinajones al Gobierno Regional MORDAZA, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM desde la fecha de suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion al que se refiere el numeral 6.3.6 de la Directiva Nº 002-CND-P-2003, aprobada mediante Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003. Articulo 2º.- Autorizacion de Transferencias de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, hasta por DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS NOVENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 822 798,00), por toda fuente de financiamiento, de acuerdo al siguiente detalle:
DE (En nuevos soles)

09 : Rec. Directamente Recaudados 460 689,00 14 : Rec. por Privatizacion y Concesiones 2 362 109,00

Articulo 3º.- Obligacion de desagregar las Transferencias de Partidas El Pliego Habilitador y el Pliego Habilitado comprendido en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el articulo precedente, a nivel de Categoria del Ingreso, Generica del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del ingreso. Los citados anexos son presentados a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de la aprobacion del presente dispositivo. Articulo 4º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, asi como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 5º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 6º.- Creacion de Consejo Directivo en el Proyecto Especial Olmos Tinajones Constituyase un Consejo Directivo en el Proyecto Especial Olmos Tinajones, como MORDAZA organo de la entidad, encargado de establecer las politicas, planes, actividades, metas y estrategias de la Institucion. Asimismo, supervisa la administracion general y marcha institucional. El Consejo Directivo estara conformado por: - Tres (03) representantes del Gobierno Regional, entre los cuales estara el Presidente del Gobierno Regional o su representante, quien lo presidira; - Dos (02) representantes del Instituto Nacional de Desarrollo como parte del Gobierno Nacional, entre los cuales el Gobierno Regional designara al Director Ejecutivo; - Un (01) representante del Ministerio de Agricultura; - Un (01) representante de la(s) Junta(s) de Usuarios de Riego. El cargo de miembro del Consejo Directivo es personal e indelegable y su designacion es por el plazo de 2 anos, pudiendo ser renovado por una vez. Mediante Resolucion de Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, se emitiran las disposiciones complementarias y necesarias para adecuar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial Olmos Tinajones a los alcances de la presente MORDAZA, asi como para modificar en adelante dicho instrumento de gestion. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres.

SECCION MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 313 : Instituto Nacional de Desarrollo Unidad Ejecutora 004 : Olmos Tinajones Fuente de Financiamiento 2 822 798,00 2 822 798,00

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

09 : Rec. Directamente Recaudados 460 689,00 14 : Rec. por Privatizacion y Concesiones 2 362 109,00

A SECCION MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS 452 : Gobierno Regional MORDAZA 2 822 798,00

MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

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