Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

denominado, CENTRO DE CONCILIACION JURIS CONCILIARE, con sede en la MORDAZA de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 752-2003JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º, de la Ley de Conciliacion, Ley Nº 26872, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 0392001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a la asociacion civil, CENTRO DE CONCILIACION PRO PAZ, el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado, CENTRO DE CONCILIACION JURIS CONCILIARE, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 12648

forma teniendo la sustentacion del caso se excluyen algunos de los procesos de seleccion, basicamente por restricciones presupuestarias seguidas por medidas de austeridad y la racionalizacion del gasto publico que nos obligan a reducir en lo minimo indispensable los requerimientos; Que, de acuerdo al Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 276-2003-MIMDES se delega en el Director General de Planeamiento, la facultad de aprobar y modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio; Con las visaciones de la Direccion General de Asesoria Juridica, de la Direccion General de Administracion, de la Oficina de Logistica y de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2003; Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del MIMDES, Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; En uso de las facultades conferidas por Resolucion Ministerial Nº 276-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2003, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 004-2003MIMDES/DGA, de acuerdo al detalle de los dos (2) Anexos que se adjuntan como parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion conteniendo las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion a fin de comunicar a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, de conformidad con lo establecido en el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM dentro de diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA LERCARI Director General de Planeamiento 12782

MIMDES
Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2003
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2003-MIMDES-DGP
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 VISTOS: El Informe Nº 073-2003-MIMDES/DGA de fecha 23 de junio del 2003 y el Informe Nº 007-2003-MIMDES/DGP-OPP de fecha 2 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 004-2003-MIMDESDGA, de fecha 17 de enero del 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de enero del 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras Nºs. 001 y 002 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, correspondiente al ejercicio presupuestal de 2003, el mismo que fue modificado mediante Resolucion de Secretaria General Nº 019-2003-MIMDES/SG de fecha 24 de MORDAZA del 2003; que posteriormente fue modificado por Resolucion Directoral Nº 002-2003-MIMDES-DGP de fecha 19 de MORDAZA del 2003; Que, de acuerdo al documento de Vistos se requiere la modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, a efectos de aprobar la inclusion y exclusion de varios procesos de seleccion correspondientes a la Unidad Ejecutora Nº 001 que requieren de dicha formalizacion; Que, conforme lo dispone el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo; de igual

Designan a funcionarios responsables de brindar informacion del PAR solicitada al MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 073-2003-MIMDES-PAR/J
MORDAZA, 30 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR, es un Organismo Publico Descentralizado, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, que tiene como mision establecer las condiciones basicas para el desarrollo humano sostenible de las poblaciones afectadas por la violencia terrorista y de las zonas declaradas en emergencia politica, economica y social, a fin de contribuir a la consolidacion de la paz; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 3º y 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Trasparencia y Acceso a la informacion Publica, el Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia, debera designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion solicitada, y de la elaboracion y actualizacion de la informacion que se difunda a traves del MORDAZA institucional de Internet; en salvaguarda de la trasparencia de los actos administrativos y funcionales del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR;

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