Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2003 (05/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

Autorizan viaje de representante del ministerio a EE.UU. para participar en reunion relativa al Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru - Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 301-2003-EF/10
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, se requiere designar como representante del Ministerio de Economia y Finanzas al senor MORDAZA Giesecke Sara-Lafosse, Director General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, con la finalidad de que participe en la Tercera Reunion del Comite Asesor Internacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru - Ecuador, a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, el dia 8 de MORDAZA de 2003; Que, en la citada reunion se trataran temas relacionados con las inversiones publicas del pais; Que, en tal sentido y siendo de interes para la institucion, es necesario autorizar el viaje del citado representante, debiendo este Ministerio asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, el literal a) y c) del articulo 18º de la Ley Nº 27879 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA Giesecke SaraLafosse, Director General de Programacion Multianual del Sector Publico, representante del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como autorizar su viaje a la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, del 6 al 9 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Pliego del Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : US$ - Viaticos : US$ - Tarifa CORPAC : US$ 1 214,26 440,00 28,00

Que, por medio de la Resolucion Legislativa Nº 10709, promulgada el 5 de noviembre de 1946, el Peru aprobo la Convencion que creo la Organizacion Educacional Cientifica y Cultural de las Naciones Unidas - UNESCO; Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2002-ED, de fecha 13 de noviembre de 2002, se establecio la conformacion de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO, adscrita al Ministerio de Educacion, otorgando a dicha Comision, la facultad para elaborar su Reglamento, crear su Comite Ejecutivo y los Comites Tecnicos que considere pertinentes; Que, para el adecuado funcionamiento de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO es necesario aprobar su Reglamento; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED, 002-96ED y 037-2002-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO, el que consta de II Titulos, 27 articulos y 1 Disposicion Final. Articulo 2º.- El Reglamento de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion

REGLAMENTO DE LA COMISION NACIONAL PERUANA DE COOPERACION CON LA UNESCO TITULO I GENERALIDADES
Articulo 1º.- El presente reglamento MORDAZA las actividades de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 037-2002-ED. Articulo 2º.- La Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO, en adelante "LA COMISION NACIONAL", asocia entidades del sector publico y privado a nivel nacional, asi como a instituciones y organizaciones de la sociedad civil que se interesen por los temas de la educacion, ciencias, cultura, comunicaciones e informacion, con las actividades y programas de cooperacion de la UNESCO, en concordancia con el primer inciso del articulo 7º de la carta de Constitucion de la UNESCO.

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los representantes cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 12777

TITULO II ORGANIZACION Y FUNCIONES Capitulo I Comision Nacional
Articulo 3º.- Son funciones de la "Comision Nacional", en merito a lo establecido en el MORDAZA inciso del articulo 7º de la Carta de Constitucion de la UNESCO: a) Asesorar al Estado y a todo MORDAZA de personas naturales y juridicas sobre las areas de competencia de la UNESCO, actuando como organo de enlace nacional, a fin de: 1. Difundir informacion relativa a la funcion de la UNESCO, programas y acciones. 2. Fomentar la participacion activa del MORDAZA en los programas y actividades de la UNESCO. 3. Participar en acciones vinculadas a los temas de la UNESCO, particularmente en la elaboracion y ejecucion de sus programas. b) Hacer efectiva la contribucion intelectual del Peru a la UNESCO en los diferentes dominios que ejerce competencia. c) Proponer y supervisar la ejecucion de proyectos en el MORDAZA del Programa y Presupuesto de la UNESCO, asi como otras actividades dentro de las esferas de competencia de la organizacion. d) Asesorar a las delegaciones peruanas que participen en las reuniones de la Conferencia General de la UNES-

EDUCACION
Aprueban Reglamento de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0782-2003-ED
MORDAZA, 27 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, es una Organizacion Internacional Intergubernamental, fundada mediante Acta de creacion adoptada por la Conferencia de Londres el 16 de noviembre de 1945 y que entro en vigencia el 4 de noviembre de 1946;

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